Por Adriana Meyer
�Me parece que estamos dando un mensaje esquizofrénico que es harto peligroso. No se puede sobreactuar en esto de defender la capacidad jurisdiccional de un órgano como el Consejo porque esa capacidad está en el Poder Judicial.� El juez federal Adolfo Bagnasco, a cargo de la investigación de la Justicia sobre el plan sistemático de apropiación de los hijos de los desaparecidos, criticó en estos términos tanto la decisión del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas de declararse competente para intervenir en este caso como la inacción del ministerio de Defensa.
�El ministro de Defensa le dijo a este diario que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas es un tribunal jurisdiccional.
�Bueno, es evidente que no conoce de Derecho. Tiene una función jurisdiccional específica para la función militar, no para la vida civil ni para las cuestiones que tengan raigambre de relación militar y civil.
�López Murphy sostiene que el Consejo sólo depende de él administrativamente y no para sus fallos.
�Evidentemente no ha querido intervenir en la idiosincrasia de los jueces pero acá hay una cuestión clara. El Estado en un sistema democrático tiene tres manifestaciones: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Pero el Estado es uno. Estamos sometiendo nuevamente a decisión, en una actividad harto dispendiosa, una cuestión que ya había sido resuelta, con el pretexto de decir �yo no me quiero meter en esta cuestión�. Pero evidentemente, y por lo mismo que dice el ministro, él podía haber dado instrucciones claras a las personas que están subordinadas a él para evitar esta actitud dispendiosa que arrojó, en el derecho nacional y en la repercusión internacional, un cono de sombra.
�El ministro argumentó que no es su función garantizar que sea el fuero civil el que actúe en esta causa.
�Su función es representar al Estado y él tiene que actuar en consonancia. El Estado ya había decidido judicialmente quién tenía que intervenir en este caso.
�¿La resolución del Consejo es un retroceso?
�Es un obstáculo, no un retroceso, porque no volvemos para atrás. Por suerte, otro sector del Gobierno, y me refiero a un hombre de Derecho con sólidos antecedentes como el ministro de Justicia, ha sido claro y contundente en este tema. El dictamen del fiscal militar y la resolución del Consejo desconocen lo que ha sucedido en los últimos diez años. Esto es muy sintomático. En este momento hay un magistrado que está siendo sometido a enjuiciamiento porque se presume que violó una norma de la Constitución.
�¿Se refiere al juez Ricardo Bustos Fierro?
�Sí. Y mientras tanto los nueve jueces del Consejo violaron la Constitución. ¿Qué va a pasar con ellos?
�¿Deberían ser removidos?
�No soy su superior, pero deben ser conscientes de lo que pasó. Tenemos antecedentes de que otros sectores de las Fuerzas Armadas siempre violan la Constitución.
�¿El ministerio de Defensa debería haber evitado este pronunciamiento del Consejo?
�Creo que si esto no se hizo con conocimiento del ministerio de Defensa es serio. Es muy sintomático que hayan cambiado las autoridades de las Fuerzas Armadas y de Defensa y ahora salga esta resolución. Esta causa tiene más de tres años y recién sale esto en los primeros tres meses de la nueva gestión. ¿Por qué no lo presentaron antes? ¿No se animaban o no tenían margen para hacerlo? O hubo un tremendo descuido o algún grado de complacencia para hacer este planteo. O quizás se comparte el criterio.
�¿Usted habla de las autoridades de Defensa?
�No soy quien para juzgarlo pero por lo menos tiene que actuar en consecuencia a posteriori. Tienen que dar un mensaje muy claro, sobre todoun partido político como el que está gobernando que en su plataforma para las elecciones puso precisamente la independencia del poder judicial y la defensa de los derechos humanos en este tipo de investigaciones, y ha nombrado gente en su gabinete que está comprometida en tal sentido. Me parece que estamos dando un mensaje esquizofrénico que es harto peligroso. No se puede sobreactuar en esto de defender la capacidad jurisdiccional de un órgano, porque esa capacidad está en el Poder Judicial.
�López Murphy dijo que la causa debe quedar en la justicia civil pero defendió su actitud de no haber dado instrucciones al fiscal del Consejo ni remover a sus miembros. ¿Usted lo critica?
�No puedo calificar al ministro porque parto esencialmente de su buena fe y de su idoneidad para la función. Pero acá cabe la frase �mejor que decir es hacer�. Hay que actuar en consecuencia con lo que uno cree correcto. Esto no quiere decir que haya que intimidar al órgano jurisdiccional. Dar instrucciones al fiscal no vulnera las funciones del Consejo.
�¿Debió haber dado instrucciones al fiscal?
�Sí, si tiene un fuerte compromiso. Si no, debió hacerlo después. Se dio un mensaje equivocado. Algunos dijeron que se removió parte del Consejo cuando no fue así. Solo hubo un recambio normal ajeno a este episodio. Repito: el Estado debe ser claro frente a su ciudadanía y frente al mundo en este tema.
�Alberto Pedroncini, apoderado de cinco de los querellantes en la causa sostuvo que el Consejo avasalló su investidura como juez. ¿Usted lo sintió así?
�En lo personal, no. Pero tenemos que respetar al Poder Judicial, y más si lo proclamamos. No tenemos que confundirnos y dar explicaciones que no corresponden.
�Esta causa está a punto de ser elevada a juicio oral y se encuentra en el capítulo referido a las responsabilidades del Ejército. ¿Usted piensa que por eso el Consejo emitió su resolución justo hace una semana?
�No lo sé. Es cierto que estamos cerrando la etapa fundamental de investigación. Quizás existe algún interés de que esto no sea tratado en un plenario y poner un cono de sombra en la investigación. Ojalá no suceda.
�Florencio Varela, el abogado del general Santiago Riveros, lo acusa de �identificación ideológica con los subversivos de ayer� y alega que eso �le quitó imparcialidad�.
�El límite de esto es el agravio. Queda claro que no soy un subversivo ni he actuado como tal. Me parece una tontería agraviar. Hay que diferenciar: cualquier cosa que se haga en el ejercicio del derecho de defensa es aceptable en tanto se ejerza con categoría constitucional. No se puede cuestionar el libre ejercicio del derecho de defensa. El pronunciamiento del Consejo Supremo se produce ahora porque es la primera vez que recibe un planteo en este sentido. Pero llama la atención la resolución. Y es más preocupante la actitud de los terceros que tienen responsabilidad de Estado.
�¿Usted quiere seguir instruyendo la causa?
�Sí, pero no tengo ningún interés personal. Quiero que quede claro. Mi trabajo indica que tengo que seguir. Si la Casación o la Corte Suprema determinan que no soy el juez competente seré respetuoso de las decisiones de mis superiores y las acataré. Hoy por hoy a mí me corresponde defender la independencia del Poder Judicial ante una peligrosa situación de aparente desconocimiento por parte de un sector del Ejecutivo.
�Si el expediente termina en manos del Consejo, ¿serán capaces los militares de juzgarse a sí mismos?
�Hasta hoy fueron capaces de reconocer la responsabilidad que tuvieron dentro del Proceso de Reorganización Nacional y de asumir las culpas que les corresponden. Institucionalmente, tanto la Armada y el Ejércitocolaboraron plenamente con esta investigación. Esperemos que sigan en esta línea. Pero solo la Justicia civil puede juzgar la sustracción de menores.
�¿Por qué?
�Ya lo explicamos cuando el imputado (Jorge) Acosta planteó nuestra incompetencia, y después cuando hizo lo mismo (Jorge) Videla ante la Cámara Federal. Y quedó establecido que la cuestión pertenece a la justicia civil. El artículo 10 de la ley 23.049 fue reinterpretado. Esa ley y ese artículo toman un hecho histórico muy puntual que es la aplicación de la competencia de la Cámara civil como órgano de apelación de las decisiones del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas con efecto retroactivo. Una vez producido ese hecho histórico la norma fue reinterpretada en cuanto a su aplicabilidad.
�¿El Consejo Supremo no tiene ninguna competencia?
�Sí: los hechos militares. Pero aquí las víctimas directas o indirectas son civiles. Y luego hubo una reforma constitucional del �94 que incorporó la Convención Interamericana de Desaparición Forzada de Personas.
�¿Qué dice?
�El artículo 9 reivindica la competencia de la justicia civil y excluye expresamente a los fueros especiales, entre ellos los militares. También hay jurisprudencia de la Corte que explica quién es el juez natural y la redefinición de la estructura jurisdiccional no implica perder el juez natural. Pero siendo la estructura jurisdiccional permanente el Poder Judicial. La incorporación de la nueva legislación y la interpretación del artículo 10 en cuanto a la competencia civil determinan que nosotros somos los jueces naturales, en concordancia con la doctrina de la Corte. Así lo entendimos nosotros y lo entendieron dos Cámaras, la de San Martín y la de la Capital Federal. Es un tema que ya fue sometido al control jurisdiccional que ya decidió con aplicación de la ley vigente.
�Si bien el delito de desaparición forzada de personas no figura en el Código Penal se entiende que la aplicación de la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas es operativa...
�Claro, pero además está dado por el rango de la normativa. Cuando estudiamos derecho vemos una figura geométrica que se llama �la pirámide de Kelsen�. La Constitución y las leyes complementarias están primero, después vienen las leyes del Estado y luego todo el cuerpo normativo. Estamos hablando de un tratado que fue incorporado y equiparado a la Constitución. Antes de la reforma la pirámide nos daba que los tratados estaban al final. Pero diez tratados internacionales fueron elevados a la categoría constitucional, son leyes. Ninguna ley puede ser contradictoria con esto, lo cual explica la supremacía y la aplicabilidad de la norma constitucional por sobre el código penal. Su aplicabilidad operativa ya ha sido interpretada judicialmente. El Estado señala que es el Poder Judicial el que tiene que interpretar la Constitución.
�¿Considera zanjada esa interpretación?
�El Poder Judicial ya lo hizo. Entonces, el punto no debía ser objeto de reinterpretación, y menos por un órgano administrativo. El Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas solo tiene una función jurisdiccional específica para el ámbito castrense. Pero no integra el Poder Judicial. Tiene el nivel judicial que puede tener el tribunal de disciplina de la AFA. Y en la AFA hay hombres de derecho, mientras que en el otro tengo entendido que no.
Pedido de gestión a Batlle
El encuentro de la nieta del poeta Juan Gelman en Uruguay podría abrir el camino para la resolución de otros casos de hijos de desaparecidos. La uruguaya Sara Méndez pidió ayuda al presidente uruguayo, Jorge Batlle, para convencer a un joven que acceda a someterse a un examen genético que determine su identidad. En 1976 Méndez fue secuestrada en Buenos Aires junto con Simón Riquelo, su hijo de veinte días. En octubre de ese año fue trasladada, sin su bebé, desde el centro clandestino Automotores Orletti -el mismo en el que estuvo la nuera de Gelman� a Montevideo. En democracia, Méndez logró reconstruir parte de la historia de su hijo y las pesquisas propias y de organismos de derechos humanos la llevaron con quien puede ser Simón. Los trámites judiciales realizados por la mujer para que el joven se realizara las pruebas de ADN fracasaron. Méndez decidió ahora pedirle al presidente de su país, quien a anunció la identificación de la nieta de Gelman, que colabore para �convencer a Simón�. |
CONSEJO FEDERAL DE DERECHOS
Rastreo a nivel nacional
Los funcionarios del área de derechos humanos de todas las provincias se reunirán hoy y mañana en Bariloche, en el Consejo Federal de Derechos Humanos. Allí, las autoridades nacionales impulsarán el rastreo y digitalización de archivos provinciales que puedan aportar datos sobre los crímenes de la última dictadura militar.
También tratarán de coordinar con las provincias el intercambio de información sobre el posible destino de menores desaparecidos.
Hoy, los representantes de todo el país suscribirán un acta de compromiso en materia de derechos humanos. El encuentro estará presidido por la subsecretaria Diana Conti y el ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra. El Consejo fue creado en 1992 pero la actual gestión promovió su �relanzamiento�. El objetivo, según informó el Ministerio de Justicia, es fijar estándares mínimos que aseguren la vigencia de los derechos humanos en todo el país.
Además de los temas vinculados con las violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura, se hablará sobre discriminación, libertad de prensa, prevención comunitaria para la seguridad y protección de la infancia. También preocupa a las autoridades nacionales las denuncias existentes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que involucran a los gobiernos provinciales.
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