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Por Pedro Lipcovich ![]() José Alfredo Ponce tiene 37 años, nació en el paraje de Loma Bola, a 25 kilómetros de Villa Dolores, Córdoba. A los 20 fue a probar suerte en Buenos Aires, trabajó como empleado de maestranza y, cuando perdió el empleo, volvió a su lugar de origen. Allí consiguió trabajo en un tambo y empezó a convivir con una mujer dos años menor que él y con una hija de ella que entonces tenía 7 años. Tuvieron dos hijos, pero cuando la tercera, una niña, falleció, en el hospital les hicieron a los padres la prueba del VIH, que dio positiva para ambos; desde entonces recibieron tratamiento e indicaciones para evitar la trasmisión del virus. La hija de la mujer tenía 12 años cuando Ponce empezó a tener relaciones con ella. Aprovechó el hecho de que la madre había empezado a trabajar en el tambo los fines de semana, y él quedaba solo con los chicos. El no tomó precauciones y, según se estableció, la chica está infectada con el VIH. A su vez ella quedó embarazada; el bebé nació hace un año y la prueba dio positiva para él también, pero a esa edad todavía tiene chances de negativizarse. Cuando la menor se embarazó, su abuela materna le preguntó de quién había sido y ella le contó la verdad. La abuela hizo la denuncia en el juzgado de menores de Villa Dolores, y la jueza Elba Allende de Anglada le quitó la guarda de la menor a la madre. La chica fue a vivir a casa de la abuela, donde nació su bebé. La jueza había dado intervención a la Justicia en lo Criminal que, cuando nació el bebé, en marzo del año pasado, estableció la paternidad por análisis de ADN y le fijó a Ponce prisión preventiva por �estupro calificado�. �Estupro�, por haber tenido sexo con mujer mayor de 12 y menor de 15; �calificado�, es decir, agravado por el vínculo de hecho con la menor. La pena va de 6 a 15 años, no excarcelable. Ponce también está procesado como �responsable de contagio de enfermedad venérea�, con pena de 3 a 15 años; aunque el sida no se considera exactamente una venérea, su trasmisión a sabiendas recibe la misma sanción. El caso pasó a juicio oral. Según explicó a este diario Eduardo Cúneo, abogado defensor de Ponce, �cuando me di cuenta de que lo iban a condenar a ocho o nueve años, le planteé la alternativa del casamiento, como estrategia procesal, y él por su parte me dijo que estaba enamorado de la chica�. El abogado habló entonces con la madre de la niña: �Me dijo que, si quieren casarse, que se casen�. También la abuela acuerda ahora con el matrimonio. �En lugares como éste, donde los hogares se estructuran a partir del trabajo del varón, la prisión del hombre es una condena económica�, afirmó Cúneo. La eximición de prisión mediante el matrimonio con la víctima en casos de violación, estupro o abuso deshonesto se incluye en el antiguo texto del artículo 132 del Código Penal, que fue modificado el año pasado, pero rige para delitos cometidos previamente. Sin embargo, según señaló a este diario una fuente de la Justicia de Menores cordobesa, �aplicar ese artículo en este caso es condenar y victimizar todavía más a la víctima; es una disposición machista que permitía a los hombres no pagar por delitos efectivamente cometidos�. En todo caso, por tener menos de 16 años, la chica sólo podría casarse con autorización de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores, integrada por Mario Morán, Teresa Recalde de Carranza y (en reemplazo de un miembro con licencia), la misma jueza Allende de Anglada. El fiscal de la cámara, Miguel Angel Ferreyra, todavía no fijó su opinión: �He pedido una pericia psicológica para establecer si la menor tiene verdadera comprensión de lo que sucede�, explicó a este diario. �Lo curioso es que la menor se muestra totalmente enamorada del hombre; en su testimonio siempre trata de favorecerlo y dice que no puede vivir sin él�. Según el funcionario, �en estas zonas rurales es lamentablemente muy común que las chicas sean iniciadas sexualmente por un familiar o allegado�. La pericia estará dentro de diez días, y el tribunal dictaminaría antes de fin de mes.
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