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Pagan pocos y los que pagan son malqueridos

Especialistas sostienen que Impositiva está llena de absurdos y arbitrariedades que maldispone a los contribuyentes, que 
en muchas ocasiones se les plantea la duda si vale la pena estar en regla.

Carlos Silvani, cuestionado director de la AFIP, organismo que reúne a la DGI 
y a la Aduana.


Por Julio Nudler

t.gif (862 bytes) Aunque la recaudación no funcione como necesita Economía, los contribuyentes no siempre se sienten felices. Su relación con la AFIP está llena de reproches mutuos, incomprensión, hipocresía y absurdos. La figura del recaudador de impuestos nunca fue querida. Pero, aun teniendo en cuenta la natural inquina del que está forzado a pagar (o a evadir), vale la pena escuchar lo que dicen los contribuyentes y sus asesores sobre el funcionamiento actual de la DGI. A continuación, algunas experiencias recogidas en el ambiente:
  La AFIP tiene la caja estrangulada. Hace meses que no puede publicar ni un aviso en los diarios. Debe muchos alquileres de agencias alojadas en locales ajenos. Hace rato que no paga el teléfono, pero a Impositiva no le cortan las líneas como a otro usuario cualquiera. Hace poco tuvieron un cruce con el Ciudad, porque la DGI tiene instalada una agencia en una sucursal de ese banco en Almagro y no le paga lo acordado, pero igual le intervino una cuenta porque el banco no había ingresado en término un impuesto. 
  Los contribuyentes han sido divididos en tres niveles. La crema son los grandes contribuyentes nacionales (concentrados en el inseguro ex edificio del Hipotecario y ahora divididos en empresas y personas físicas). Una napa intermedia corresponde a los grandes contribuyentes de cada agencia, y abajo de todo está el resto. La sensación es que a este resto no lo controla nadie. Si un contribuyente de esta categoría presenta una declaración jurada y no paga el saldo, posiblemente no reciba nunca un reclamo, o tal vez le llegue uno o dos años después. 
  Eso sí: cada vez que alguien pide un plan de facilidades, aunque sea un simple autónomo, lo pasan a la categoría de gran contribuyente de agencia, con lo que queda sujeto a un sistema informático de atención directa. Ante el menor incumplimiento, las computadoras le imprimen automáticamente una intimación, lista para serle despachada. Paralelamente, el sistema de atención masiva es un gran colador.
  Casi todas las declaraciones juradas se presentan hoy por aplicativos informáticos que, pese a que son renovados con frecuencia, siempre vienen con problemas y defectos. Lo evidente es que la AFIP lanza esos programas sin haberlos probado suficientemente. Cuando el contribuyente intenta imprimir la presentación, le salta un cartel de error. Debe entonces llamar a la mesa de ayuda instalada por la DGI, donde suelen responderle que existe una versión nueva, el 4.1, porque efectivamente el 4.0 que está usando tiene problemas. Es decir: en lugar de facilitar las cosas, la DGI parece desear que cada contribuyente contrate a un analista de sistemas.
  Los contribuyentes se sienten atosigados por la AFIP con pedidos perentorios de información. Suelen darles 48 horas para contestar complejas cuestiones. Si el intimado va y muestra su presentación sellada en término, le piden disculpas: �Se ve que no cargamos los datos en su momento�, le explican. �Sí, bueno �responde el emplazado�, pero a mí me han hecho dejar todo y venir corriendo.� Silencio. Siempre pasa igual: cuando a Impositiva se le pierde información, intima a todos los involucrados.
  Los saldos a favor en un impuesto pueden ser aplicados por el contribuyente al pago de otro impuesto. Eso, en la jerga, se llama compensar. Pero está prohibido hacerlo para abonar cargas sociales, aunque este impedimento carezca de lógica, ya que el acreedor es el mismo (la AFIP) y el contribuyente también. Es, obviamente, una cuestión de caja: las cargas sociales sólo pueden pagarse con plata.
  La AFIP les tiene dicho a todos sus inspectores que de cada inspección deben volver con algún ajuste y, además, que no deben gastar muchas horas con ningún contribuyente. Está prohibido, de hecho, que un inspector informe haber comprobado que un contribuyente está absolutamente en regla. Inspector que se atreva a calificar de impecable a un contribuyente essometido a una auditoría, como presumiendo que es un coimero, o en el mejor de los casos un inepto. Por tanto, el inspector opta por plantearle a ese contribuyente irreprochable: �Mire, si usted me hace algún ajuste, rectifica su declaración y paga, yo lo descargo. Si no lo tendré que revisar hasta bajo las uñas�. Sabiendo esto, los asesores impositivos recomiendan a sus clientes más formales no cumplir tan bien, porque de lo contrario no tendrán ningún hueso para tirarle al sabueso cuando toque el timbre. ¿Para qué matarse para cumplir todo al pelo si después no habrá forma de quitarse de encima al inspector? 
  Todo el sistema apunta a que el contribuyente cumpla en fecha con sus presentaciones, y que pague lo que declare deber. Lo esencial es cumplir con las formalidades, y presentar cuentas relativamente razonables. Pero si alguien declaró un cero menos, ello sólo saltaría eventualmente en una inspección, siendo poco probable que ésta se efectúe alguna vez. 
  Las agencias tienen instrucciones de la AFIP para intimar antes de denunciar. Pero, en la práctica, al detectar un incumplimiento el Departamento de Recaudación le pasa al Jurídico la llamada boleta de deuda, donde por ejemplo le indica que determinado contribuyente debía pagar los anticipos y no lo hizo. Tradicionalmente, el contribuyente era notificado en ese caso, dándosele un plazo para cumplir. Pero ahora los abogados de Impositiva, para asegurarse sus honorarios, inician juicio directamente, sin previo aviso, y con la autorización del juez embargan la cuenta bancaria. Así, el contribuyente se entera de que la AFIP le está reclamando algo cuando el banco no le permite girar contra su depósito. 
  Esos juicios se basan muchas veces en errores de los cajeros del banco determinado por la DGI, que acreditan el pago de un anticipo a un impuesto errado. Por ejemplo, Ganancias en lugar de Bienes Personales. En ese caso, el contribuyente no tendrá salvación, ya que la AFIP le responderá sencillamente: �El cajero no es nuestro. Es un problema suyo con el banco. Reclámele a ellos, pero a nosotros nos debe el anticipo y los honorarios�. En la encrucijada, mejor allanarse, porque si se llega a la sentencia, los honorarios dolerán el doble. 

 

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