Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


entrevista AL MINISTRO DE JUSTICIA
�Lo único que importa es la extradición�

Por primera vez, Ricardo Gil Lavedra admitió que el decreto de Menem que prohibía colaborar con Garzón �perdió toda vigencia� y explicó por qué el Gobierno decidió no detener a los 48 represores buscados por el juez español. También reconoció que Cancillería retuvo documentación mandada por Garzón. Los tres elementos muestran que la estrategia es evitar las detenciones y pasar directamente a las extradiciones.

Novedad: �El decreto número 111 firmado por Menem, que negaba asistencia judicial para un caso concreto y que ha perdido toda vigencia�.


El País de Madrid
Por Carlos Ares

t.gif (862 bytes) Para el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Ricardo Gil Lavedra, el aparente enfrentamiento entre el gobierno argentino y el juez español Baltasar Garzón por el arresto y extradición de 48 represores es �una comedia de enredos�. El ministro, que fue miembro del tribunal que juzgó y condenó en 1985 a las juntas de comandantes de la dictadura militar, trató de explicar lo que él mismo llamó �una montaña de papeleos� y dio a entender que la verdadera posición de su cartera �y del Gobierno� se sabrá cuando Garzón mande realmente el pedido de extradición. 
�¿Cómo se explica este aparente conflicto de poderes en el que el Gobierno devuelve al juez Baltasar Garzón la documentación que retuvo la Cancillería y que reclamaba el juez argentino Gustavo Literas antes de ordenar la detención de los 48 acusados de delitos de secuestro, tortura y desaparición de personas? �Es una comedia de enredos. Pareciera ser que son todas dilaciones que postergan la única cuestión de fondo, que es la solicitud, o no, formal de extradición. La detención provisoria que pedía el juez Garzón es un arresto preventivo con miras a la extradición. Así está concebido en el tratado entre la Argentina y España. Se trata de una medida cautelar por la cual el juez o el Estado requiriente dice: arréstemelo que ya le voy a mandar un pedido de extradición. Y lo pide porque hay un peligro de fuga. Esto tiene que ver con la urgencia. Por eso, entre la solicitud de arresto y el pedido de extradición hay un tiempo establecido y por eso, tras el pedido de detención, tiene que venir el pedido de extradición. Esto es así de sencillo, no tiene muchas vueltas. Para el gobierno argentino el trámite del arresto preventivo quedó concluido a fines de marzo, cuando le comunicó al gobierno español que habían transcurrido tres meses desde que llegó la solicitud a fines de diciembre. Entonces, bueno, no podía haber ninguna urgencia. Los sujetos están en el país, tienen domicilio conocido, son hechos ocurridos hace 20 años y hay, creo, catorce de ellos que están detenidos por los procesos de robos de bebés. Pareciera entonces que no hay ningún motivo que justificara una medida excepcional mientras llega el pedido de extradición. Lo que ocurrió fue que la comunicación del gobierno argentino a fines de marzo se cruzó con la documentación ampliatoria que estaba viniendo de España y que se había pedido en enero. Cuando llegó, el Gobierno le comunicó al juez Literas que la documentación había llegado y reiteró a España que quedaba a la espera de la extradición. 
�¿Por qué Cancillería retiene la documentación y no la entrega al juez? �En un primer momento la Cancillería decidió retenerla a ver si llegaba el pedido de extradición. Entonces, llegó a España la nota de marzo y, luego viene el pedido de Garzón para que se la devuelvan. 
�Resulta incomprensible que Garzón pida que le regresen lo que acaba de enviar. ¿Por qué cree usted que lo hace?
�Eso habría que preguntárselo al juez español. A mí todo me parece raro porque se trata de un proceso que se sigue en el extranjero, por un juez que quiere aplicar la ley de ese país a hechos ocurridos en la Argentina. Esto necesariamente tiene que terminar en un pedido de extradición. 
�Hechos que afectaron también a ciudadanos españoles residentes en la Argentina. 
�No, eso es un equívoco, el de creer que la competencia española es porque los hechos afectaron a ciudadanos españoles. La justicia española interviene por el alcance que le asigna el juez Garzón a normas sobre los delitos de genocidio y de terrorismo que tiene el derecho español y que son de aplicación universal. Entonces España quiere aplicar su derecho en la Argentina y que la Argentina decline su jurisdicción. Esta solicitud debe hacerse de país a país. �El trámite burocrático parece haber servido para demorar el arresto preventivo, no la solicitud de extradición, para que el Estado argentino responda al reclamo y pueda exponer el argumento de que estos hechos ya fueron juzgados aquí. 
�Porque la extradición es lo relevante. La detención, el arresto, es una medida previa, precautoria, con miras a la extradición. Todo lo demás parece juegos de artificio. 
�¿Su gobierno teme consecuencias políticas si decidiera el arresto preventivo de los 48 imputados? Podría ser el comienzo de un proceso de consecuencias imprevisibles, como el de Pinochet, en un momento en el que además los militares hacen saber de su preocupación por los llamados Juicios de la Verdad. 
�No es el mismo caso de Pinochet, son situaciones diametralmente opuestas. Este proceso, desde que se inició hasta ahora ha estado bajo control jurídico y bajo procedimientos judiciales. Todo lo que ha hecho el gobierno argentino ha sido en base a una comunicación permanente con el juez argentino. 
�El presidente Fernando de la Rúa dijo desde el comienzo de su gestión que su gobierno se diferenciaría del anterior, que negó la colaboración por decreto, trasladando todo los pedidos a la Justicia. Sin embargo, la Cancillería tomó decisiones por su cuenta, interpretó al juez argentino y también intervino el ministerio a su cargo. 
�Esto sucedió porque el trámite inicial, que fue judicial, se transformó en un trámite por vía diplomática cuando el juez argentino recurrió, como intermediarios, a las cancillerías de los dos países. Es decir que las comunicaciones entre los jueces se hicieron a través de los gobiernos. Y esto, obviamente, les da cierta participación. 
�Eso explica lo de la Cancillería, ¿por qué interviene el Ministerio de Justicia?
�Yo no intervine formalmente en el trámite. La ley de ministerios tiene una norma que dice que el Ministerio de Justicia debe intervenir en los pedidos de extradición. Como aquí se pedían arrestos con miras a extraditar, lo que hizo la Cancillería fue consultarme. Esto parece como toda una montaña de papeles, con un enredo que después va adquiriendo su propia autonomía y yo creo que eso es lo que fundó la consulta de la Cancillería. Pero en el fondo la cuestión es mucho más sencilla. Lo que el juez español tiene que hacer es solicitar la extradición. 
�¿Cuál sería la respuesta del gobierno argentino en el caso de que Garzón pida formalmente la extradición? Usted ya adelantó su opinión, en el sentido de que no tendría una respuesta favorable. 
�Bueno, yo no quiero adelantar nada porque puede tergiversarse mi declaración por las connotaciones que tiene este caso. Yo creo que está bien que los delitos de lesa humanidad puedan ser perseguibles para que no haya impunidad, hacia eso tiene la comunidad internacional. Pero en estos procesos un poco desordenados los choques entre las legislaciones de distintos países son habituales. Por eso el gran debate de estos días es cómo se ordena todo esto a través de convenciones internacionales por las que cada Estado se obliga a que esos delitos no queden impunes, donde quiera que se hayan cometido. Caso típico es la Convención contra la Tortura. Yo he sido miembro del Comité de esa Convención, sobre la que se fundó el reclamo de extradición de Pinochet. 
�¿Qué hará entonces el gobierno argentino cuando le llegue el reclamo de extradición? 
�El Gobierno se va a sujetar al Tratado y a la ley. Vamos a aplicar estrictamente los términos del Tratado. Hay que ver si la solicitud se encuadra en esos términos o, como los hechos están fuera del Tratado, lo hace también exigiendo reciprocidad. 
�¿Qué quiere decir �reciprocidad�? �Es una solicitud que se hace en base a relaciones de reciprocidad: yo te pido esto y te ofrezco esto. La circunstancia es anómala, porque no está encuadrada claramente dentro del Tratado. Repito: se trata de la aplicación del derecho extranjero en la Argentina. 
�En la Cámara de Diputados un grupo de legisladores presentó un proyecto de resolución para que se exija al Ejecutivo dar curso a la orden de búsqueda y captura de Garzón, que se limite a honrar la Constitución nacional y los tratados internacionales y que se aparte del criterio expuesto en el decreto firmado por Menem. ¿Esto podría también traerle como consecuencia una interpelación parlamentaria? 
�Ellos se refieren al decreto número 111 firmado por Menem, que negaba asistencia judicial para un caso concreto y que ha perdido toda vigencia. Ese decreto no podría aplicarse a esta situación. Yo estoy absolutamente en desacuerdo con los diputados. Nosotros vamos a honrar la Constitución y los tratados internacionales. Le repito: somos autoridades del Gobierno de la República Argentina y nuestra primera misión es defender la ley y los tratados que ha firmado la Argentina. Y lo vamos a hacer. 
�¿Tuvo una reunión con Garzón en Austria hace menos de un mes? 
�Fue nada más que un encuentro ocasional. Tuvimos una reunión privada, muy cordial. Me parece muy importante todo lo que ha realizado Garzón, sus buenos propósitos y sus buenas intenciones. El modo como se decidió el caso en Inglaterra me parece que ha sido muy satisfactorio para el derecho internacional. Fue una conversación privada y no tengo ningún otro comentario que hacer. Quiero decirle que tengo el mejor de los conceptos del doctor Garzón. 
�¿No habló de estos asuntos, la orden de detención, el reclamo de extradición? 
�Fue una conversación privada.

 

PRINCIPAL