Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


DEBATE SOBRE LA ESCASA PRESENCIA FEMENINA EN LOS TRIBUNALES
Una Justicia con voz de mujer

La ley de cupos está lejos de los estrados: las juezas aquí no alcanzan el 30 por ciento de la magistratura. Un Congreso Internacional de Mujeres Jueces discute en Buenos Aires sus dificultades para acceder a la Justicia. Página/12 indagó si hay una forma femenina de impartir justicia.


Por Mariana Carbajal
t.gif (862 bytes) Parece una ironía: en un mundo en el que la Justicia es administrada mayoritariamente por hombres, la figura que la representa es una mujer. Las juezas, en la Argentina, todavía no llegan a ser el 30 por ciento de la magistratura del país, según datos revelados durante el Congreso Internacional de Mujeres Jueces que finaliza mañana en Buenos Aires. Además, a medida que se asciende en los niveles de mayor jerarquía, su presencia disminuye notablemente: en el fuero federal �considerado el de más prestigio y poder� son apenas el 7 por ciento, y mientras encabezan alrededor del 35 por ciento de los juzgados de primera instancia porteños y bonaerenses, no son más que el 15 por ciento en los de segunda instancia. Y sólo una vez �hace ya 27 años�, una mujer integró la Corte Suprema de Justicia (ver aparte). ¿Qué obstáculos enfrentan las mujeres en el Poder Judicial? ¿Tienen, ellas, una forma distinta de impartir justicia? ¿Cuál ha sido su aporte en los tribunales? Consultadas por Página/12, cuatro juezas extranjeras y una argentina opinaron sobre el fenómeno. �La mujer no ha feminizado sino humanizado las cortes�, consideró Margaret Larlee, de Canadá, sintetizando el pensamiento de sus colegas.
La desigual proporción entre varones y mujeres en el Poder Judicial no es una característica exclusivamente local. Pero en otros países la presencia femenina en el máximo tribunal no resulta excepcional. Actualmente hay tres en Canadá, dos en los Estados Unidos y una en Puerto Rico, por ejemplo.
�Teniendo en cuenta los diversos fueros, las mujeres están sólo al frente del 28 por ciento de los juzgados argentinos. Además, siempre han sido relegadas a los fueros considerados menos importantes como el correccional, de familia y laboral. Pero, de todas formas, en esos ámbitos tampoco superan la cantidad de hombres. Y la Justicia penal es un territorio mayoritariamente masculino, del mismo modo que el fuero federal y los lugares de decisión�, describió a este diario Lidia Soto, presidenta de la Asociación Argentina de Mujeres Jueces y miembro del Tribunal Oral Nº 3 de San Martín. La primera jueza argentina, María Luisa Anastassi de Walger, fue designada en 1957. 
Según Soto, en el Poder Judicial, las mujeres han sufrido la misma discriminación que en otras profesiones a la hora de ser elegidas frente a un postulante masculino, a pesar de estar igual o más capacitadas para ocupar un cargo. �A esto se suma lo que yo llamo doble escolaridad: las mujeres corren con la desventaja de que todavía se encargan en mayor medida de las ocupaciones familiares, lo cual les resta tiempo para dedicarse a la especialización profesional�, agregó la magistrada. Además de la Corte Suprema, que parece territorio vedado para las damas, el Consejo de la Magistratura refleja la escasez de mujeres en los lugares de decisión: el organismo encargado del nombramiento y remoción de jueces tiene sólo una representante femenina, entre 20 miembros. Resulta paradójico que, paralelamente, las mujeres sean amplia mayoría en la Facultad de Derecho: de los 38.840 estudiantes que cursan la carrera, ellas representan el 69 por ciento, según el último censo universitario.
¿Hay una forma femenina de impartir justicia? La pregunta fue planteada por Página/12 a Soto, la camarista de San Martín, y a cuatro juezas extranjeras que participan del V Congreso Internacional de Mujeres Jueces que se desarrolla hasta mañana en el Centro Cultural San Martín y analiza la problemática de las �Mujeres Marginadas� en distintos ámbitos. �Las mujeres tenemos un acercamiento más humano a los casos, una mirada más global de cada situación. Y pensamos más en la prevención y en la reinserción social de la persona. En cambio, los hombres hacen una lectura fría de la letra negra de la ley, fijándose menos en el contexto en el que se comete el delito�, consideró Margaret Larlee, integrante de la Corte de Apelación de la provincia canadiense de New Brunswick, en la costa este del país, donde las mujeres ocupan menos del 25 por ciento de losjuzgados. �Cuando aplica la ley, la mujer trata cada caso en forma particular, valorando la historia de vida del acusado antes de cometer el hecho delictivo�, coincidió Soto. 
�Tomamos más en cuenta el contexto social. Por ejemplo, si cometió el delito porque no sabía leer o porque no tenía trabajo�, señaló Gina Hale, presidenta de la Asociación de Mujeres Jueces del estado de Washington (EE.UU.). �Tenemos más sensibilidad. En los casos de familia, por ejemplo, el hecho de ser madres nos da más elementos para decidir�, indicó Lirio Bernal Sánchez, jueza de familia de Puerto Rico y administradora de una de las 13 regiones judiciales en las que se divide el país, posición que sólo ocupan dos mujeres. Allí, las juezas son el 35 por ciento de los magistrados. �Las mujeres tenemos mayor empeño en acercarnos a los justiciables, de facilitarles la comprensión del proceso. Los hombres son mucho más crípticos�, opinó Ana Cienfuegos Barros, jueza civil de Chile, donde la participación femenina (entre juezas, secretarias y fiscales) llega al 45 por ciento. �La mujer no ha feminizado sino humanizado las cortes�, sintetizó Larlee.
La primera en la Corte

Por M.C.
Aunque pocos lo recuerden, una vez la Corte Suprema tuvo entre sus integrantes a una mujer. Fue Margarita Argúas, una abogada con una carrera brillante. Se graduó con diploma de honor en la UBA en 1926 y juró como ministra en 1970, a los 65 años. Ocupó el cargo hasta mayo de 1973, cuando presentó la renuncia. Argúas fue pionera por distintos motivos. Fue la primera profesora universitaria de la Argentina y también la primera mujer en integrar la Academia Nacional de Derecho. Su desempeño trascendió las fronteras del país. Fue asesora de la delegación argentina en el II Congreso de Derecho Internacional de Montevideo (1939-1940), delegada del Gobierno a la XI Conferencia Panamericana de Mujer (Santo Domingo, 1956) e invitada por Israel al Congreso de Jurisconsultos de Jerusalén (1958). Ese año fue designada jueza en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital, y en 1968 nombrada presidenta de la International Law Association, con sede en Inglaterra. Murió en 1986, a los 81 años.

 

Un Colegio de varones

La escasez de mujeres en los lugares de decisión del ámbito del Derecho quedó reflejada semanas atrás en las recientes elecciones de autoridades en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. A pesar de que las abogadas representan el 52 por ciento de la matrícula, no hubo ninguna mujer en las cinco listas que se presentaron a los comicios del 25 de abril.
El hecho llevó a la abogada Marta Paz (integrante del Consejo Directivo de la institución durante la gestión del presidente saliente, Jorge Bacqué) a presentar un escrito ante la junta electoral del cuerpo colegiado impugnando las cinco listas, porque �alegó� ninguna respetaba la Ley de Cupos. Pero su reclamo fue rechazado. Cuatro abogadas, entonces, presentaron una acción declarativa ante el juzgado federal en lo Contencioso Administrativo Nº 1, para solicitar que éste se expida sobre la violación de esa norma. �Todavía no hemos tenido respuesta�, informó ayer a Página/12 Carmen González, presidenta de la Comisión de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires y una las letradas que firmó el recurso. 
En realidad, la Ley de Cupos se circunscribe a las elecciones de autoridades de partidos políticos y legisladores, y establece que en las listas debe haber un 30 por ciento de mujeres. Sin embargo, la norma puede ser tomada como antecedente de dos leyes constitucionales que sí hablan de la igualdad de hombres y mujeres, sin acotar su ejecución a un ámbito específico: la 23.179/79, que ratifica la Convención Contra la Discriminación de la Mujer de la ONU, que Argentina incorporó a la reforma constitucional de 1994, y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que en su artículo 36 �garantiza en el ámbito público y promueve en el privado la igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres�.

 

 

PRINCIPAL