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CLAUSURARON UNA COMISARIA DE MENORES
Detenidos en condiciones inhumanas


Por Horacio Verbitsky
t.gif (862 bytes) La Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro clausuró ayer los calabozos de la comisaría de San Isidro 4ta Barrancas donde se alojan menores, por las condiciones inhumanas que presentaban. Los jueces Fernando Maroto y Juan Carlos Fugaretta inspeccionaron la comisaría junto con el perito médico Adolfo Méndez y el asesor de menores Carlos Bigalli. Hasta once chicos fueron alojados en el sector que, según los magistrados, sólo admite dos por calabozo.  Se trata de calabozos de 1,30 por 1,30 metros, iluminados en forma artificial y sin sistema de aireación, sólo poseen un camastro de cemento, sin colchones ni sábanas. El baño, de 1,30 por un metro no tiene inodoro ni agua caliente. El estado de las instalaciones es tan malo que tampoco resultan adecuadas para alojar a dos menores.

  Los jueces también constataron en los libros de visitas que el Consejo Provincial del Menor efectuó reiteradas visitas a esas instalaciones "sin señalar las deficiencias que el tribunal, el asesor de menores y el médico legista pudimos comprobar".

  El Consejo "es el organismo que debe velar por la adecuada contención del menor", añade la resolución judicial. Los camaristas Maroto y Fugaretta también verificaron en los libros de visitas que los jueces de menores de San Isidro habían visitado los calabozos. La 4ta de San Isidro es una de las comisarías donde el Asesor de Menores denunció que se aplicaban torturas a los chicos detenidos. Luego de recordar esas denuncias y la intervención de la Suprema Corte de Buenos Aires, que consideró "ilegal" la permanencia de menores en las comisarías, donde corren "riesgo psíquico y moral", la Cámara dispuso la clausura de los calabozos y encomendó al jefe del Departamento Policial que asignara otra dependencia "que cubra las necesidades básicas de alojamiento temporario de menores hasta tanto se cumpla con la instalación del necesario establecimiento que adecuadamente contenga a los menores privados de libertad y en el que se deben dar cumplimiento a la Convención de los Derechos del Niño, artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional".

  La clausura deberá ser notificada a los jueces de menores, al Consejo Provincial del menor, al ministro de Seguridad y a la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires.

 

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