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Diego Schurman Los decretos de necesidad y urgencia generan reacciones en contra y a favor. Hay quienes consideran que el Presidente "abusa" cuando hace gala de esa atribución. Y otros que avalan el mecanismo, aún cuando se trate de medidas extremas como lo es una reducción salarial. Lo curioso, o ya no tanto, es cuando una misma persona asume las dos posturas. Una siendo oposición y la otra ya en el Gobierno. Es lo que sucedió con Ricardo Gil Lavedra, quien históricamente rechazó la vía de los decretos pero ahora los avaló como ministro de Justicia. En un artículo de opinión, publicado en el diario Clarín el 24 de febrero de 1995, Gil Lavedra se presentó como un duro crítico de los decretos de necesidad y urgencia. Y aseguró que después de la enmienda constitucional de 1994, ningún presidente puede dictarlos "libremente". El ministro de Justicia, basado en el artículo 99 --inciso 3-- de la Carta Magna, argumentó entonces: Que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta, emitir disposiciones de carácter legislativo. Que aún en los casos excepcionales debe haber un control del Congreso, a través de una Comisión Bicameral Permanente. Al disponer la reducción salarial en la administración pública, el presidente Fernando de la Rúa no cumplió con ninguno de los dos requisitos. El último, en rigor, hubiese sido imposible respetar ya que aún no se dictó una ley especial que dé vida a la Comisión Bicameral Permanente. El artículo de Gil Lavedra se publicó en el marco de una polémica sobre un decreto de necesidad de urgencia con el que Carlos Menem buscó suspender la actualización de haberes jubilatorios. "El presidente en ejercicio ha hecho un uso escandaloso de las ya discutibles atribuciones que tenía el Ejecutivo de invadir el ámbito legislativo en circunstancias extraordinarias", señaló entonces. El planteo del ex camarista está resumido en el título de su nota: "El Ejecutivo no legisla". Sin embargo, la última semana, el propio Gil Lavedra estampó su firma en el decreto de necesidad y urgencia que permitió una reducción de los sueldos estatales del 12 por ciento para quienes ganan entre 1000 y 6500 pesos y del 15 para quienes excedan los 6500. Y se regocijó con el fallo de la Corte Suprema, que el viernes convalidó un recorte salarial decretado durante la administración menemista. De esta manera el máximo tribunal clausuró la posibilidad de que prosperen los juicios contra el Estado de los trabajadores afectados con la nueva poda. "Es un fallo muy importante y categórico, que convalida claramente las facultades del Gobierno para alterar los salarios de los empleados públicos en situaciones de emergencia", festejó el ministro |