Por Julio Nudler
El régimen establecido por la Ley de Emergencia Agropecuaria podría ser reemplazado, o como mínimo complementado, por un sistema de seguros, provistos en parte por el Estado y en parte por aseguradoras privadas. Bajo determinados supuestos, cubrir frente a riesgos climáticos y biológicos los costos directos (de implantación y mantenimiento de los cultivos) de la producción de cereales y oleaginosas en todo el país exigiría unos 150 millones de pesos anuales, considerando una prima promedio. En algún momento ya próximo comenzará a discutirse de dónde obtener esos fondos. En principio, en la Secretaría de Agricultura están pensando en un esquema compartido entre Nación, provincias y productores.
El área que maneja Antonio Berhongaray maneja cifras según las cuales hoy existe una difusión muy pobre de los seguros agropecuarios. Al momento no habría más de 3 millones de hectáreas aseguradas, sobre unos 25 millones bajo explotación. Esos seguros están garantizando niveles de rendimiento muy bajos, de modo que resulte muy escasa la probabilidad de que no sean alcanzados, a menos que ocurran eventos bastante catastróficos. El caso más común es que el colono asegure sus cultivos contra el granizo, pero es mucho más raro que tome un seguro multirriesgo. De todas formas, la difusión de las pólizas agropecuarias no puede medirse sólo en términos de hectáreas, ya que está volviéndose cada vez más común que los proveedores de insumos contraten seguros para garantizar sus cobranzas, cubriéndose así contra fuertes caídas de producción de sus clientes. El Banco Nación protege de la misma manera sus créditos.
Tomando como modelo la práctica habitual en otros países, el sector público argentino podría decidir la promoción del seguro, subsidiando o bonificando las primas para la contratación de pólizas con las compañías privadas. Complementariamente, el Estado podría hacerse cargo de cubrir el riesgo catastrófico, dejándole al mercado la cobertura de riesgos menores. Operando de esta manera, completamente distinta del mecanismo de la ley de emergencia, el sector público podría tomar a su vez reaseguros, necesarios para cubrirse contra la posibilidad de que en cierto período los siniestros o pérdidas a indemnizar superen al fondeo previsto. Sólo de esta manera podría garantizarse el pago de toda situación catastrófica.
El mecanismo actual prevé que, una vez que un área es declarada en emergencia por el gobierno provincial, los productores afectados presenten declaraciones juradas de pérdidas. Si una declaración consigna que ese agricultor obtuvo menos del 50 por ciento de su producción potencial, las autoridades le convalidan la emergencia y él accede a los beneficios, tanto provinciales como nacionales. Por lo general, nadie se toma el trabajo de comprobar la exactitud de las declaraciones, salvo en Mendoza, donde se efectúan peritajes. Por otra parte, las pérdidas son calculadas sobre la capacidad productiva del campo en cuestión, de modo que si un colono sólo cultivó tres de sus cinco lotes en una campaña, probablemente tome como referencia la capacidad productiva de las cinco, con lo que es más fácil que, en el papel, caiga por debajo del límite del 50 por ciento.
La oficina de Riesgo Agrícola, conducida por Juana Tocci, está relevando en todo el país los costos de producción por zonas y calculando la variabilidad de los rendimientos físicos causada por diferentes fenómenos climáticos. Mediante un análisis micro infieren los resultados que se obtienen en cada sistema, incluyendo los eventos probabilísticos de precios y de rendimientos. De esta manera llega a determinarse con cuánta frecuencia y con qué intensidad es probable que un productor de determinada zona caiga por debajo de cierto nivel crítico y quede descapitalizado. Se pretende definir, para cada zona, a partir de qué intensidad de caída productiva puede hablarse de una emergencia agropecuaria. Sufrir una merma del 50 por ciento en olivo no es lo mismo que sufrir una pérdida similar en soja, dado que en este caso el mismo productor puede estar haciendo al mismo tiempo girasol y otros cultivos. Cuanto más diversificada esté la producción, menor será el impacto económico de una caída en uno de los cultivos.
El área que dirige Tocci está cuantificando el riesgo en términos de frecuencias, acontecimientos e intensidades, para lograr así un costo de prima para la cobertura, y saber cuánto puede asegurarse con determinada suma de dinero.
La opción de una nueva ley
Por J.N.
La corriente de El Niño obligó en 1998 a que se dictara una ley especial, la 24.959, para poder acudir con una ayuda especial a las regiones asoladas. El mecanismo normal para atender las emergencias agropecuarias había quedado una vez más desbordado. La norma correspondiente, dictada en 1983, está notoriamente desactualizada. Prevé, por ejemplo, que el BCRA otorgue redescuentos a la banca oficial para acudir en auxilio, pero la Convertibilidad y la quiebra o privatización de los bancos provinciales mojaron su letra. Por otro lado, los beneficios impositivos y financieros que prevé la ley les significan poco y nada a los pequeños productores, que no suelen pisar un banco ni las oficinas de la AFIP. Para subsanar éste y otros defectos, hay una comisión en el Consejo Federal Agropecuario que trabaja en la preparación de una nueva ley. La idea es crear un fondo, para dejar de depender de cuánto se le antoje a Economía incluir con ese fin en el Presupuesto de cada año, y luego cuánto desembolsa Hacienda para asistir en tiempo y forma a los productores. Además, la nueva legislación apuntaría a la prevención (por ejemplo, protegiendo las plantaciones con mallas antigranizo). En cualquier caso, esta iniciativa marcha en una dirección manifiestamente diferente de la impulsada por quienes están pensando, no tanto en adecuar la ley de emergencia agropecuaria, como en crear un nuevo mecanismo centrado en los seguros. |
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