Por Pedro Lipcovich
�¡Venga a bailar!� El llamado que tantas veces pronunció Sergio Velazco Ferrero desde las pantallas de televisión le llega hoy a él, pronunciado por un juez en lo penal. Tendrá que bailar con la más fea, ya que la orden de captura internacional, para que Interpol lo traiga desde Miami, es por el delito de insolvencia fraudulenta, penado con hasta seis años de cárcel. El animador habría traspasado bienes a nombre de terceros a fin de eludir el pago de alimentos a su hija menor de edad. También está procesada la segunda esposa de Velazco Ferrero, quien habría aceptado colaborar en la maniobra. El que habría cometido el animador �es un delito de muy difícil comprobación�, según el magistrado que lo juzga. Este es uno de los primeros casos en los que, gracias a una modificación legal reciente, el autor y sus cómplices pueden ir a parar a la cárcel.
El juez de instrucción Pablo Bruno pidió la captura internacional de Emilio Aldo Desiderio Velazco, de 60 años, conocido artísticamente como Sergio Velazco Ferrero, para indagarlo en una causa por �insolvencia fraudulenta� iniciada por su ex esposa, María Eugenia Zorzenón. La medida obedece a que Velazco, quien reside en Miami desde 1996, incumplió reiteradamente las citaciones del magistrado, que ya envió oficios a la Cancillería argentina e Interpol.
Velazco se separó de su mujer en abril de 1990, luego de cuatro años y medio de convivencia. Tenían una nena de dos años. Inicialmente, los ex cónyuges acordaron un convenio por el cual María Eugenia y su hijita permanecerían en la casa de la calle Mendoza 1423 y Velazco abonaría, para alimentos de la nena, una cuota mensual �equivalente a 1100 pesos actuales�, según Zorzenón. Como el ex esposo no cumplió, ella inició un juicio civil y, dos años después, uno en lo criminal, en el juzgado a cargo de Omar Fasciutto, por �faltar a los deberes de asistencia a la familia�.
En el marco de este juicio, como el ex marido no pagaba, se dispuso el remate de la casa de la calle Mendoza para cumplimentar cuotas atrasadas de alimentos. Pero, antes de que María Eugenia pudiese cobrar, apareció un embargo sobre el producto de esa venta, aduciéndose una deuda de Velazco originada en 1978. �Pero yo sabía que esa deuda ya estaba paga�, dice María Eugenia Zorzenón, quien, entonces, inició juicio por �insolvencia fraudulenta�, ya que �se trataba de una maniobra para ocultarle bienes a su hija�. Esta causa se sustancia en el juzgado del doctor Bruno.
El ex animador televisivo habría incurrido en la conducta penada en el artículo 2 bis (recientemente modificado) de la Ley 13.944, por el cual �será reprimido con la pena de uno a seis años de prisión el que, con la finalidad de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, maliciosamente destruyere, inutilizare, ocultare o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor�.
También está procesada Mariela Silvana Moreno, que fue secretaria y, bajo el nombre �Victoria�, cantante en el recordado �Venga a bailar�. Ella se casó en España con Velazco y, según las investigaciones del juez Bruno �ratificadas por la Cámara del Crimen, en fallo firmado por Mario Filozof y Guillermo Navarro�, fue partícipe en la maniobra fraudulenta, por lo cual puede corresponderle una pena similar a la de su ya también ex esposo. Así lo explica María Eugenia Zorzenón (quien suma en sí misma la ecuación más temible para un ex marido: ex esposa y abogada): �Mariela Moreno le compró a Velazco la deuda fraguada, que a su vez vendió a un tercero, Raúl Figueroa (también procesado por el juez Bruno, y prófugo). La maniobra la hicieron en Córdoba, por lo cual el rastreo de las operaciones demandó varios años�.
Mariela Moreno �compareció a las audiencias cuando fue citada y ya tiene auto de procesamiento firme �precisó una fuente del juzgado�. Velazco, en cambio, no se presentó, y se solicita su captura para indagarlo�. Existe un convenio bilateral con Estados Unidos que debiera facilitar la extradición, pero los trámites, en los que deben intervenir la Cancillería argentina y el Departamento de Estado norteamericano, demandarían �por lo menos cuatro o cinco meses�, según la fuente judicial. Completada la instrucción, la causa pasará a juicio oral y público.
María Eugenia Zorzenón confesó a este diario que �mientras estuvimos juntos, él fue una persona impecable, intachable; yo le tuve mucho amor, y lo mejor que pudo suceder es que mi hija haya nacido de alguien al que quise tanto. Después, nunca quiso ver a su hija ni comunicarse con ella: esto es lamentable en lo personal, aunque me facilitó las cosas en lo jurídico. Como abogada, debo decir que los delitos tienen que ser juzgados y castigados�.
El primer caso
Por P.L.
Hace tres años, se amplió a seis de prisión la pena para los padres que se insolventan fraudulentamente en desmedro de sus hijos. Esto hizo que este delito, antes juzgado por los magistrados en lo correccional, pasara a los juicios orales y públicos de la Justicia en lo penal. El juez de instrucción Pablo Bruno recuerda haber conducido �el caso Van der Rusten, que fue el primero al que se le aplicó la actual norma legal�.
�En este delito, suele ser difícil lograr una condena. En el caso Van der Rusten, la investigación mostró que, mientras decía que no tenía un peso para sus hijos, jugaba grandes sumas en el casino y andaba en un Mercedes-Benz�, comentó el juez Bruno.
�Por supuesto �precisó el magistrado�, la ley contempla la posibilidad de que alguien sea realmente insolvente por carecer de trabajo o de bienes. Lo que se castiga es el fraude, de manera similar a lo que sucede en las quiebras fraudulentas: la legislación distingue entre el comerciante que no puede pagar sus deudas y el que vende sus bienes en desmedro de los acreedores.�
En cuanto a los partícipes, �en toda insolvencia fraudulenta participa un tercero, en este caso en desmedro de los hijos menores: se lo juzga y castiga con la misma pena, según su grado de participación�, explicó el juez. |
EL REGISTRO DE PADRES DEUDORES TIENE 300 NOMBRES
La lista negra de los morosos
La cantidad de nombres incorporados hasta hoy en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios (RDAM), según su directora general, Beatriz Rattenbach, oscila los 300 y todos ellos corresponden a hombres. La cifra es irrisoria si se tiene en cuenta que se calcula que hay unos 20 mil juicios por alimentos en los juzgados de familia. Pero la funcionaria es optimista: �En marzo de este año, primer mes de funcionamiento del registro, hubo solamente dos denuncias y actualmente estamos en el orden de 3 diarias. La medida ha tomado vuelo porque se fue haciendo más conocida. Estamos recibiendo muchos llamados que demandan información�, manifestó Rattenbach a Página/12.
El RDAM se creó partir de una ley aprobada a fines del año pasado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Establece que los padres o madres que adeuden a sus hijos tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas dentro del ámbito de la Capital Federal pueden ser registrados como deudores. Las sanciones para ellos son: no pueden ejercer cargos públicos ni sacar o renovar la licencia de conducir, se les impide habilitar un comercio, no se les permite ser proveedores del Gobierno de la Ciudad ni tampoco presentarse a licitaciones públicas y no pueden abrir cuentas corrientes, obtener tarjetas de crédito o un préstamo en el Banco Ciudad. Esta decisión debe ser tomada por un juez, quien es el que determina si la persona denunciada debe integrar esa lista. Puede actuar de oficio o haciendo lugar a una denuncia de la ex pareja del deudor. En caso de regularizar su deuda y ponerse al día, el moroso es borrado del registro. Sin embargo esto es muy poco frecuente, ya que desde que se puso en funcionamiento, �hubo un solo caso que se dio de alta�, contó Rattenbach a este diario.
La abogada Carmen González considera que la existencia de este registro �es un buen artilugio de la Justicia para alertar sobre este problema, sobre todo a las mujeres que han quedado como cabeza de familia después de la separación. Al verse perjudicados para realizar ciertos trámites, los deudores terminan poniéndose al día con el pago de las cuotas alimentarias para sus hijos�, sostuvo la letrada.
El terror de los padres morosos trabaja en Córdoba. Es el juez de menores Alberto Crucella, quien ya envió a prisión a 10 padres incumplidores. En esa provincia la Ley 13.944, que establece las penas por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, se cumple a rajatabla, al contrario de lo que sucede en el resto del país donde son muy raros los casos de padres que terminan tras las rejas.
La ley en otros países
La existencia de un registro de deudores que abarque todo el país aún está en veremos. Existe una iniciativa que propone la creación del Centro Nacional de Anotaciones Personales, a la que la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados le incorporó un artículo referido a los deudores alimentarios; sin embargo nunca fue tratada en el recinto y el dictamen perdió vigencia.
La mayoría de los países europeos inflinge algún tipo de castigo a los padres morosos. En Francia el Estado castiga penalmente a los deudores: los obliga a cumplir con un servicio social y les retira la licencia de conducir. En Suiza, Alemania, Suecia, Finlandia, Noruega y Dinamarca, el Estado se hace cargo de la deuda pagando la cuota alimentaria y luego se la reclama judicialmente al incumplidor.
En Rusia y en muchos estados norteamericanos existen organismos públicos que, tras pedido de un juez, se ocupan de localizar a los deudores alimentarios fugitivos para quienes la huida no es un trámite sencillo: en la pesquisa participan algunos servicios especiales y la policía. |
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