El Gobierno presentó en sociedad el nuevo Programa Médico Obligatorio (PMO) que establece un conjunto de servicios de �carácter obligatorio� que constituye un �piso prestacional� al que deberán ajustarse las prepagas y las obras sociales en la atención de sus 12 millones de beneficiarios. En el modelo se le adjudica un rol fundamental al médico de familia o médico referente, como puerta de ingreso al sistema. Sobre esa base, los equipos básicos de atención primaria deberán garantizar la obtención de turnos para el médico clínico �dentro de los tres días hábiles de la solicitud� y para los especialistas dentro de los cinco días. Las operaciones deberán efectuarse dentro de los 30 días de solicitadas, con excepción de los casos de urgencia que deban ser satisfechos de inmediato. El nuevo sistema entrará en vigencia el 1º de enero próximo y los agentes del seguro de salud deberán incorporar al sistema, como mínimo, al 20 por ciento anual de su población beneficiaria en los primeros cuatro años. Al hacer el anuncio, el ministro de Salud, Héctor Lombardo, aclaró que se trata de �una política de Estado a largo plazo� que �en el arranque involucra a los beneficiarios del sistema de medicina prepaga y de las obras sociales, pero que apunta a llegar a los 35 millones de argentinos�. Según Lombardo, el nuevo programa apunta a �cuidar la salud en forma preventiva y no a atender la enfermedad�. Sostuvo que en el futuro �este programa va a ser más económico que el actual porque actúa sobre la prevención, aunque ahora es posible que duplique la inversión�. En el extenso listado de normas, que llenan un libro de 241 páginas, se deja sentado que �no existen patologías excluidas� de la cobertura planteada en el Programa Médico Obligatorio (PMO), con lo que se apunta a ponerle fin a las continuas negativas de los prestadores a satisfacer las demandas de sus beneficiarios cuando se trata de enfermedades terminales como el sida o el cáncer. Incluso deberán atenderse hasta las enfermedades que puedan ser desconocidas hasta ahora por la ciencia. Los prestadores disponen de un plazo de 60 días, hasta el 1º de enero, para �incorporar en sus contratos e implementar las modificaciones prestacionales dispuestas en la presente resolución�. Al mismo tiempo se ordenó a la Superintendencia de Servicios de Salud, a cargo de Rubén Cano, la creación de la Comisión Asesora para la Evaluación y Actualización del PMO. El ente será conformado con funcionarios del Ministerio de Salud y representantes de los prestadores. La Superintendencia será también la encargada de fiscalizar el cumplimiento de las normas establecidas. El PMO determina que los prestadores deberán garantizar a sus beneficiarios �mediante servicios propios o contratados, el acceso oportuno, libre e igualitario a las acciones de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud�. El superintendente Cano recalcó que el PMO es �un instrumento que pretende modificar el modelo asistencial� planteando �un modelo innovador, ambicioso, que irá modificándose de acuerdo con los requerimientos de la tecnología y que estará abierto a las incorporaciones de otros ítems�. La entrada en vigencia del sistema será coincidente con la desregulación de las obras sociales. El ministro Lombardo admitió que el Gobierno estudia la posibilidad de modificar el decreto 446, de desregulación, para ampliar el plazo en el cual los trabajadores pueden cambiar de obra social. Según Lombardo, lo que se busca es �evitar las cautividades y todo aquello que genere dudas respecto de la transparencia� del sistema. La presentación del PMO se hizo en la sede de la Academia Nacional de Medicina, con la presencia de centenares de profesionales de la salud. Sobre el plazo de cuatro años que se les otorga a los prestadores para ir incorporando beneficiarios al sistema, Lombardo lo justificó diciendo que �ningún sistema de salud se puede cambiar bruscamente�.
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