Por Cristian Alarcón
La carrera por la eliminación
del régimen del dos por uno lanzada hace meses por el gobernador
Carlos Ruckauf está llegando a su fin en la Cámara de Diputados.
La semana próxima serán discutidos en el recinto dos proyectos
de ley, que ayer recibieron dictamen en la Comisión de Legislación
Penal, a los que tuvo acceso Página/12. Finalmente los aliancistas
llegan a la sala de sesiones con el proyecto avalado por el Ejecutivo,
en el que se limita la aplicación del dos por uno: sólo
se computará como doble el tiempo transcurrido después de
los dos años de prisión preventiva hasta que el acusado
sea condenado en un juicio de primera instancia. Con la ley tal cual rige
hoy se computa como doble todo el tiempo que el preso pasa en la cárcel
sin una condena definitiva. Los justicialistas, con el suyo, van por más.
Directamente eliminan la ley 24.390 y con ello la posibilidad de una excarcelación
para alguien que pasa más de tres años sin que un juez resuelva
su situación.
La ley del dos por uno se incorporó a la legislación argentina
en 1994 cuando el país adhirió al Pacto de San José
de Costa Rica. Está fundamentada en lo que indica ese tratado internacional:
ningún proceso criminal puede durar un tiempo excesivo y de esa
manera mantener injustamente encerrada a una persona. El Pacto habla de
un tiempo razonable. Y en la ley argentina se estipula que
no deberían pasar más de dos años hasta que el acusado
recibe una sentencia definitiva en su proceso. También indica que
si el acusado pasa más de dos años o tres en causas
complejas sin que un juez o un tribunal lo sentencie, puede acceder
automáticamente a la excarcelación.
Hasta la semana pasada los asesores de los integrantes de la Comisión
de Legislación penal se acercaban a un acuerdo para votar un solo
dictamen en el que el agua quedaba más cerca del proyecto del ex
diputado radical Melchor Cruchaga, actual secretario de Justicia. Pero
llegaron divididos. Más allá de la modificación propuesta
por Cruchaga, la Alianza analiza introducir un nuevo cambio durante el
tratamiento en la Cámara. Se trata de fijar tres condiciones para
que los jueces evalúen si le otorgan o no la excarcelación
a un preso que pasó más de dos o tres años sin que
lo juzguen en un juicio oral. El oficialismo especula con la oportunidad
que tendrá Ruckauf para atacarlos por no frenar la salida de los
presos que en causas complejas no llegan a ser sentenciados en dos años.
El proyecto del gobierno implica que, si bien se mantendría la
ley 24.390 en la que se ratifica el Pacto de San José de Costa
Rica previendo la morosidad de la Justicia, se incluiría un artículo
para facultar a los jueces, con previa vista al fiscal del caso, para
que evalúen si otorgan o no la excarcelación. Los criterios
que tendrían que tener en cuenta los jueces, según explicó
a Página/12 Cruchaga, son la complejidad de la causa y el tema
investigado, la actitud que tuvo el procesado durante la instrucción
a la hora de colaborar o no con la rapidez del proceso y la actividad
que tenga el propio tribunal, que puede estar excedido de causas y por
ello retrasar una condena.
El dictamen del justicialismo, en base a un proyecto del diputado Dámaso
Larraburu, fusionado con las ideas más duras de Mabel Müller,
y las no tan duras de María del Carmen Falbo, apunta a derogar
absolutamente la ley 24.390 y sancionar una modificación al Código
Procesal Penal de la Nación. Para contemplar lo establecido por
el Pacto de San José, que impide no tener en cuenta la situación
de un detenido cuyo proceso se alarga y lo mantiene encerrado sin condena,
incorporan al artículo 317 del Código un inciso. En él
se dispone que un preso puede ser excarcelado cuando la Justicia tarda
más de tres años y cuatro en causas complejas
en elevar a juicio su caso, una instancia que en general llega sin excesivas
demoras y tras la cual, hasta la realización del juicio puede pasar
más de un año.
LA
PELEA POR ESTUDIANTES QUE TERMINO EN CRIMEN
Ocho años para el promotor de viajes
El juicio contra el promotor
de turismo Río estudiantil terminó antes de lo previsto.
Ayer el tribunal oral número diez apresuró su fallo: Mariano
Calla Rivera fue condenado a ocho años de prisión por homicidio
simple. Mariano fue responsable para la Justicia de la muerte de Julio
César Cancino, colega de otra empresa que disputaba la venta de
una partida de viajes de egresados en un colegio de Villa Devoto. En el
juicio no sólo se evaluaron las consecuencias de una disputa violenta
que incluyó cuchillazos entre los promotores, sino que se puso
al descubierto la trama de tipo mafioso con la que son cooptados los estudiantes.
Ante todo pido perdón por el dolor que le causé a
Ramiro. No tuve intención de hacerlo, les pido por favor que me
den otra oportunidad, así Mariano llegaba al final de su
propio juicio. Hasta allí habían pasado dos días
de audiencia oral y los trece relatos de testigos con detalles sobre esa
mañana del 1º de junio frente al Colegio Nacional 19 de Devoto.
Allí, después de una discusión y golpes, Rivera sacó
el cuchillo de su mochila con el que mató a Cancino, promotor de
Snow Time de Lapa Estudiantil. Sobre el crimen, Mariano le dijo al tribunal
que recordaba todo lo que había pasado menos cuando mató
a Julio, ese colega al que apenas reconocía por repetir circuitos.
El crimen tuvo un agravante: Rivera integró fugarse del país
a través de un contacto en Bariloche. Fue hallado en esa ciudad
por la policía y desde ese momento está detenido.
A lo largo del proceso quedó al desnudo la dinámica mafiosa
bajo la que operan muchas de las compañías organizadoras
de esos viajes. Alejandro Paredes, uno de los promotores de Lapa Estudiantil
y compañero de Julio, reconoció que siempre hubo actitudes
pendencieras, roces con la competencia, muchos de los cuales son
promovidos desde las mismas compañías. Si vendés
mucho te pego mucho y si vendés poco te pego poco, le advirtió
un día un jefe de Río estudiantil a Alejandro, según
el testimonio dado por el chico en el juicio. Pero sobre esa trama de
presiones, los relatos dieron cuenta de la existencia hasta de comisiones
a estudiantes para convertirlos en virtuales operadores de los viajes.
Este hecho puso de manifiesto la disparatada, delictiva y vergonzosa
organización de las empresas para quienes los jóvenes son
coto de caza, dijo durante su alegato Sergio Schoklender, defensor
de Rivera. Entre sus reclamos, la defensa pidió al tribunal que
considerara la pena por reacción violenta o excesos en legítima
defensa, en lugar del cargo de homicidio simple de 15 años de prisión
exigido por el fiscal Carlos Giménez Bauer.
Su pedido incluyó una crítica durísima a las autopsias
y los informes psiquiátricos del Cuerpo Médico Forense.
En esos informes, los peritos habían resuelto que Mariano no actuó
en estado de emoción violenta cuando mató a Julio: Descarto
el automatismo y la emoción violenta dijo Roberto Mega, perito
oficial convocado para el juicio, Calla Rivera pudo elegir lo que
hizo .
Esa línea fue la sostenida por la familia de Julio. Daniel Pafundi,
abogado querellante, pidió veinte años de prisión
porque hubo intención, voluntad y discernimiento. Además
pidió que se considere la codicia del acusado al sostener
que tenía una apetencia por ocupar un mejor lugar y una mejor
remuneración en su agencia de viajes.
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