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La modificación del dos por uno
ya es un hecho para los diputados

Dos proyectos recibieron dictamen: el de la Alianza limita el dos por uno y el del justicialismo directamente lo elimina.

La ley del dos por uno pretendía evitar la lentitud de la Justicia.
Los diputados discutirían la modificación la semana próxima.

Por Cristian Alarcón

La carrera por la eliminación del régimen del dos por uno lanzada hace meses por el gobernador Carlos Ruckauf está llegando a su fin en la Cámara de Diputados. La semana próxima serán discutidos en el recinto dos proyectos de ley, que ayer recibieron dictamen en la Comisión de Legislación Penal, a los que tuvo acceso Página/12. Finalmente los aliancistas llegan a la sala de sesiones con el proyecto avalado por el Ejecutivo, en el que se limita la aplicación del dos por uno: sólo se computará como doble el tiempo transcurrido después de los dos años de prisión preventiva hasta que el acusado sea condenado en un juicio de primera instancia. Con la ley tal cual rige hoy se computa como doble todo el tiempo que el preso pasa en la cárcel sin una condena definitiva. Los justicialistas, con el suyo, van por más. Directamente eliminan la ley 24.390 y con ello la posibilidad de una excarcelación para alguien que pasa más de tres años sin que un juez resuelva su situación.
La ley del dos por uno se incorporó a la legislación argentina en 1994 cuando el país adhirió al Pacto de San José de Costa Rica. Está fundamentada en lo que indica ese tratado internacional: ningún proceso criminal puede durar un tiempo excesivo y de esa manera mantener injustamente encerrada a una persona. El Pacto habla de un “tiempo razonable”. Y en la ley argentina se estipula que no deberían pasar más de dos años hasta que el acusado recibe una sentencia definitiva en su proceso. También indica que si el acusado pasa más de dos años –o tres en causas complejas– sin que un juez o un tribunal lo sentencie, puede acceder automáticamente a la excarcelación.
Hasta la semana pasada los asesores de los integrantes de la Comisión de Legislación penal se acercaban a un acuerdo para votar un solo dictamen en el que el agua quedaba más cerca del proyecto del ex diputado radical Melchor Cruchaga, actual secretario de Justicia. Pero llegaron divididos. Más allá de la modificación propuesta por Cruchaga, la Alianza analiza introducir un nuevo cambio durante el tratamiento en la Cámara. Se trata de fijar tres condiciones para que los jueces evalúen si le otorgan o no la excarcelación a un preso que pasó más de dos o tres años sin que lo juzguen en un juicio oral. El oficialismo especula con la oportunidad que tendrá Ruckauf para atacarlos por no frenar la salida de los presos que en causas complejas no llegan a ser sentenciados en dos años.
El proyecto del gobierno implica que, si bien se mantendría la ley 24.390 en la que se ratifica el Pacto de San José de Costa Rica previendo la morosidad de la Justicia, se incluiría un artículo para facultar a los jueces, con previa vista al fiscal del caso, para que evalúen si otorgan o no la excarcelación. Los criterios que tendrían que tener en cuenta los jueces, según explicó a Página/12 Cruchaga, son la complejidad de la causa y el tema investigado, la actitud que tuvo el procesado durante la instrucción a la hora de colaborar o no con la rapidez del proceso y la actividad que tenga el propio tribunal, que puede estar excedido de causas y por ello retrasar una condena.
El dictamen del justicialismo, en base a un proyecto del diputado Dámaso Larraburu, fusionado con las ideas más duras de Mabel Müller, y las no tan duras de María del Carmen Falbo, apunta a derogar absolutamente la ley 24.390 y sancionar una modificación al Código Procesal Penal de la Nación. Para contemplar lo establecido por el Pacto de San José, que impide no tener en cuenta la situación de un detenido cuyo proceso se alarga y lo mantiene encerrado sin condena, incorporan al artículo 317 del Código un inciso. En él se dispone que un preso puede ser excarcelado cuando la Justicia tarda más de tres años –y cuatro en causas complejas– en elevar a juicio su caso, una instancia que en general llega sin excesivas demoras y tras la cual, hasta la realización del juicio puede pasar más de un año.

 


 

LA PELEA POR ESTUDIANTES QUE TERMINO EN CRIMEN
Ocho años para el promotor de viajes

El juicio contra el promotor de turismo Río estudiantil terminó antes de lo previsto. Ayer el tribunal oral número diez apresuró su fallo: Mariano Calla Rivera fue condenado a ocho años de prisión por homicidio simple. Mariano fue responsable para la Justicia de la muerte de Julio César Cancino, colega de otra empresa que disputaba la venta de una partida de viajes de egresados en un colegio de Villa Devoto. En el juicio no sólo se evaluaron las consecuencias de una disputa violenta que incluyó cuchillazos entre los promotores, sino que se puso al descubierto la trama de tipo mafioso con la que son cooptados los estudiantes.
“Ante todo pido perdón por el dolor que le causé a Ramiro. No tuve intención de hacerlo, les pido por favor que me den otra oportunidad”, así Mariano llegaba al final de su propio juicio. Hasta allí habían pasado dos días de audiencia oral y los trece relatos de testigos con detalles sobre esa mañana del 1º de junio frente al Colegio Nacional 19 de Devoto. Allí, después de una discusión y golpes, Rivera sacó el cuchillo de su mochila con el que mató a Cancino, promotor de Snow Time de Lapa Estudiantil. Sobre el crimen, Mariano le dijo al tribunal que recordaba todo lo que había pasado menos cuando mató a Julio, ese colega al que apenas reconocía por repetir circuitos. El crimen tuvo un agravante: Rivera integró fugarse del país a través de un contacto en Bariloche. Fue hallado en esa ciudad por la policía y desde ese momento está detenido.
A lo largo del proceso quedó al desnudo la dinámica mafiosa bajo la que operan muchas de las compañías organizadoras de esos viajes. Alejandro Paredes, uno de los promotores de Lapa Estudiantil y compañero de Julio, reconoció que “siempre hubo actitudes pendencieras, roces con la competencia”, muchos de los cuales son promovidos desde las mismas compañías. “Si vendés mucho te pego mucho y si vendés poco te pego poco”, le advirtió un día un jefe de Río estudiantil a Alejandro, según el testimonio dado por el chico en el juicio. Pero sobre esa trama de presiones, los relatos dieron cuenta de la existencia hasta de comisiones a estudiantes para convertirlos en virtuales operadores de los viajes.
“Este hecho puso de manifiesto la disparatada, delictiva y vergonzosa organización de las empresas para quienes los jóvenes son coto de caza”, dijo durante su alegato Sergio Schoklender, defensor de Rivera. Entre sus reclamos, la defensa pidió al tribunal que considerara la pena por reacción violenta o excesos en legítima defensa, en lugar del cargo de homicidio simple de 15 años de prisión exigido por el fiscal Carlos Giménez Bauer.
Su pedido incluyó una crítica durísima a las autopsias y los informes psiquiátricos del Cuerpo Médico Forense. En esos informes, los peritos habían resuelto que Mariano no actuó en estado de emoción violenta cuando mató a Julio: “Descarto el automatismo y la emoción violenta –dijo Roberto Mega, perito oficial convocado para el juicio–, Calla Rivera pudo elegir lo que hizo” .
Esa línea fue la sostenida por la familia de Julio. Daniel Pafundi, abogado querellante, pidió veinte años de prisión porque hubo “intención, voluntad y discernimiento”. Además pidió que se considere la “codicia” del acusado al sostener que tenía “una apetencia por ocupar un mejor lugar y una mejor remuneración” en su agencia de viajes.

 

 

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