Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira
ESPACIO PUBLICITARIO


EL GOBIERNO ENVIO LA REFORMA PREVISIONAL AL CONGRESO
Divididos por los jubilados

Con el proyecto en el Congreso, comienza la pulseada entre el Ejecutivo y sectores de la Alianza que se oponen. En Economía aseguran que, si se traba, podría salir por decreto.

t.gif (862 bytes)  La primera de las discusiones entre el Poder Ejecutivo y los legisladores de la Alianza por la reforma previsional quedó ayer finalmente saldada. El Gobierno terminó por enviar el proyecto al Congreso, desistiendo de la vía del decreto de necesidad y urgencia. Sin embargo, el Frepaso se opone a votar la ley y los diputados radicales pretenden introducirle cambios. La discusión sobre el tema está provocando un recalentamiento del conflicto político en la Alianza. Y su final es imprevisible. En el Ministerio de Economía aseguran que, si la ley se traba en el Congreso, Fernando de la Rúa recurrirá al decreto para su implementación.
El proyecto que ayer ingresó en la Cámara baja tiene algunos cambios respecto al que De la Rúa anunció originalmente. Fueron realizados para facilitar la aprobación de la iniciativa, aunque aun así el trámite se presenta complicado. Los aspectos centrales de la iniciativa son los siguientes:
uEliminación del régimen de reparto. Alcanzará sólo a los trabajadores que se incorporen al mercado laboral tras la sanción de la norma. Los actuales afiliados al sistema estatal no serán transferidos a una AFJP.
uEdad jubilatoria de las mujeres. Se mantiene la opción de los 60 años, pero con menos beneficios que si se retiraran a los 65. En primer lugar, no tendrán derecho al haber mínimo de 300 pesos, por lo que si alguien hubiera capitalizado o aportado al régimen público para obtener –por ejemplo– una jubilación de 180 pesos, eso será lo que cobre hasta cumplir los 65 años. Alcanzada esa edad, tendrá la garantía del haber de 300 pesos. Del mismo modo, las mujeres que se jubilen antes de los 65 no tendrán derecho a la Prestación Suplementaria, que regirá en sustitución de la PBU (Prestación Básica Universal) para los haberes de entre 300 y 800 pesos.
uEliminación de la PBU para las jubilaciones mayores a 800 pesos. Por ejemplo, una persona que haya aportado para cobrar 800 pesos, pasará a ganar 600, por la supresión de los 200 pesos de la PBU. Ocurrirá desde el 1º de marzo de 2001.
uCreación de la Prestación Suplementaria. Es en reemplazo de la PBU, y la cobrarán quienes se jubilen con haberes de entre 300 y 800 pesos. El monto variará entre esos topes (ver cuadro aparte).
uHaber mínimo de 300 pesos. El beneficio alcanzará, en los hechos, a un grupo reducido, dado que actualmente el salario mínimo de los nuevos jubilados es de 260 pesos.
uCreación del Beneficio Universal. Será una asignación de 100 pesos por mes a las personas que no hayan completado los 30 años de aportes para jubilarse ni sean pensionados. Desde el 2001, el Estado pagará el subsidio a los mayores de 75 años. A partir de 2004, el beneficio alcanzará a los mayores de 72 años. Y desde 2007, se pagará a los mayores de 70.
uSe unifican las tablas actuariales para el hombre y la mujer. Es para la compra del seguro de retiro, con lo que se haya capitalizado en la AFJP. El proyecto sostiene que las tablas unisex provocarán los siguientes cambios en el monto a cobrar por los futuros jubilados: la prestación de los hombres con cónyuges (56 por ciento de los potenciales beneficiarios) casi no se modificaría. Los haberes de las mujeres con cónyuges (15 por ciento de los potenciales beneficiarios) aumentarían 6 por ciento. La jubilación de las mujeres sin cónyuges (15 por ciento) aumentaría el 13 por ciento. Y la prestación de los hombres sin cónyuges (14 por ciento) ser reduciría el 6 por ciento.
uSe restablece la movilidad de las jubilaciones, eliminada en 1995 con la ley de Solidaridad Previsional. Es para las prestaciones del régimen estatal. El Mopre (Módulo Previsional) que hoy es de 80 pesos podrá aumentar si suben los salarios de los activos. El valor del Mopre se determinará de acuerdo a la evolución de un índice de salarios promedio, que elaborará el Indec. Sin embargo, se mantiene la restricción de que los aumentos estarán condicionados a las limitaciones presupuestarias. En Economía sostienen que la aprobación de la ley es una condición para obtener el crédito de blindaje del FMI. Sin embargo, los diputados del Frepaso anticiparon que votarán en contra de la iniciativa. Rechazan los puntos sustanciales del proyecto, como la eliminación del régimen de reparto y de la PBU, y los cambios en la edad jubilatoria de las mujeres. En cambio, la bancada radical está dispuesta a discutir la norma, aunque también pretende introducirle cambios sustanciales. En primer lugar, los diputados radicales quieren mantener vigente el régimen de reparto. Y en lugar de que las mujeres no tengan derecho al haber mínimo de 300 pesos ni a la Prestación Suplementaria, en caso de jubilarse a los 60, proponen un descuento de 10 pesos por cada año anterior al retiro a los 65. Asimismo, quieren llevar la Prestación Suplementaria a las jubilaciones de entre 300 y 1000 pesos, en lugar del tope de 800 que fijó el Gobierno. Finalmente, se busca que el subsidio de 100 pesos a quienes no hayan aportado para jubilarse rija desde 2001 para los mayores de 70 años, en lugar de los 75 propuestos por Economía.

Los cambios en las AFJP
El nuevo régimen previsional propuesto por el Ejecutivo incorpora normas que afectarán a las Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensión (AFJP), con el objetivo declarado de generar competencia y aumentar la capitalización de los aportantes de menores ingresos. Los puntos principales son los siguientes:
Eliminación de la comisión fija. A los aportantes se les cobra una comisión de valor fijo (por ejemplo, 2,50 pesos mensuales) además de la porcentual sobre sus ingresos. De este modo, el sistema se torna regresivo porque la incidencia porcentual de la comisión fija es más alta para los ingresos más bajos (para un sueldo de 250 pesos, en el ejemplo citado es un punto adicional, para otro sueldo de 2500, es una décima de punto).
Cambio en el criterio de distribución de “Indecisos”. La mayoría de los ingresantes al mercado laboral formal no hacen opción y, por lo tanto, son asignados a las AFJP en forma equitativa. El nuevo criterio es que irán a las que cobren menor comisión. Así aumenta su aporte a la capitalización y, en forma indirecta, se fomenta la competencia por bajar las comisiones. La mayoría de los “indecisos” se ubica en las franjas de menores ingresos salariales.
Límite a la concentración del sistema. Ninguna AFJP podrá tener una participación superior al 27,5 por ciento del mercado.
Gestión del beneficio previsional a cargo de la AFJP. La certificación final corre por cuenta de la Anses. Se busca, así, agilizar el otorgamiento del beneficio.

 

 

KIOSCO12

PRINCIPAL