Por medio de una resolución
que hace reflotar la polémica, la Sala III de la Cámara
de Apelaciones de San Isidro dejó habilitada la posibilidad de
que el ex rugbier Alejandro Puccio, condenado a reclusión perpetua
por integrar una banda de secuestradores, pueda gozar nuevamente de salidas
laborales. Los camaristas declararon nulo por cuestiones de forma,
ya que no se le dio vista a la defensa dentro de los términos que
marca la ley un fallo de la jueza San Isidro Andrea Pagliani que
había revocado el beneficio otorgado a Puccio por la misma sala
tercera, que por esa decisión recibió duras críticas
y hasta un pedido de juicio político. En su nuevo fallo, del 23
de este mes, los camaristas no se expiden sobre la rehabilitación
de las salidas, pero el rugbier podría gozar nuevamente de
las mismas, mientras la jueza Pagliani reelabora su resolución,
admitió una fuente judicial. Los familiares de las víctimas
del llamado Clan Puccio consideraron que el fallo judicial es una
vergüenza.
El abogado Miguel Buigo, defensor de Puccio, confirmó que ya presentó
un pedido tendiente a lograr que su representado retome las salidas lo
antes posible. El 15 de setiembre pasado, el detenido había salido
por primera vez de la cárcel para cumplir tareas en una clínica
psiquiátrica. Al enterarse de la nueva resolución judicial,
Guillermo Manoukian, hermano del empresario Ricardo Manoukian, uno de
los tres secuestrados que fueron asesinados por el Clan Puccio, sostuvo
que con esta clase de fallos se le toma el pelo a la gente
porque, según interpreta, los camaristas buscan mecanismos
y chicanas para dejar en libertad a un delincuente.
Rogelia Pozzi, esposa de Eduardo Aulet, otro de los empresarios que murieron
en manos del clan, opinó que esta resolución es una
vergüenza y se nota que la Sala III de San Isidro actúa con
total impunidad. Precisó sobre este punto que no sólo
actúan con total impunidad respecto de lo que reclama la sociedad,
sino de lo que reclaman otros poderes. Recordó en ese sentido
que el gobernador Carlos Ruckauf y el ministro de Justicia bonaerense,
Jorge Casanovas, no están de acuerdo con este tipo de salidas
transitorias, pero se ve que esta Sala III es garantista y cree que el
delincuente debe purgar la condena en libertad.
El 5 de octubre pasado la jueza Pagliani había revocado el beneficio
de salidas transitorias otorgado a Puccio porque no había cumplido
con las condiciones estipuladas por la ley. La decisión fue apelada
por la defensa de Puccio y ahora dejada sin efecto por la Sala III, integrada
por los doctores Celia Margarita Vázquez y Raúl Borrino.
Uno de los requisitos establecidos a Puccio era que no saliera del lugar
donde debe trabajar, y se comprobó que hizo trámites en
la calle y hasta viajó en subte. Para la jueza, Puccio hizo una
interpretación personal del régimen de salidas.
El ex rugbier había accedido al beneficio por otro fallo de la
Sala III que generó una fuerte polémica y un nuevo fallo,
ante los incumplimientos achacados a Puccio. Ahora se estima que la jueza
hará una reelaboración del mismo fallo y ratificará
la inhibición para Puccio. Recién entonces se sabrá
cuál es, en definitiva, la decisión de la Sala III y no
se descarta que el caso llegue a la Suprema Corte.
A los 41 años, Alejandro Puccio está a punto de recibirse
de psicólogo. Fue integrante del clan, liderado por su padre Arquímedes,
que secuestró a Eduardo Aulet, Emilio Naum y Ricardo Manoukian
los tres fueron asesinados y a Nélida Bollini de Prado,
rescatada con vida.
DOS
ARGENTINOS DETENIDOS POR PORNOGRAFIA INFANTIL
Golpe al horror en Internet
Por Carlos Rodríguez
La Policía Federal detuvo
a dos hombres, uno de ellos profesor de música en una escuela privada
del barrio porteño de Recoleta, quienes serían miembros
de una organización dedicada a difundir imágenes pornográficas
de menores a través de Internet. El docente Marcelo Rocca Clement,
de 26 años, está acusado de haber abusado de un chico de
11, que era alumno suyo y que fue obligado a participar en secuencias
filmadas que aparecieron en una casa de Lomas de Zamora cuyo propietario
es Leandro Damián Russo, de 24, experto en informática.
En poder de Russo se encontraron unas mil imágenes pornográficas
de menores, destinadas a ser incorporadas a una página web gratuita
y anónima de los Estados Unidos. Se sospecha que hubo abuso sexual
contra otros cinco niños, de entre 10 y 14 años, captados
chateando por Internet en una página, de apariencia ingenua, que
tenía Rocca Clement y que le servía de anzuelo para llegar
a los menores.
Rocca Clement solía invitar a su alumno a participar de excursiones,
campamentos y paseos, con el conocimiento de los padres del chico, que
ignoraban lo que en realidad estaba sucediendo. Russo, que es un desocupado,
tenía gran experiencia en informática y junto con el docente
estaban vinculados a un hombre que vive en España y que está
preso por formar parte de una red de pornografía infantil. La investigación
comenzó a partir de un alerta de la policía española
y estableció la existencia del tráfico de fotografías
pornográficas.
En la investigación participaron, durante varios meses, las divisiones
Inteligencia e Inteligencia Informática de la Federal y el Departamento
Análisis Delictivo, bajo las órdenes del juez Mariano Bergés,
quien dispuso las detenciones luego de tener la certeza sobre el abuso
sexual al que era sometido uno de los niños, hecho en el que presuntamente
está involucrado el docente Clement. La mayoría de las víctimas
son varones. La página que el profesor tenía en Internet
contenía canciones y material didáctico para niños,
pero la verdadera intención era la de tomar contacto con ellos.
Una vez ganada su confianza, eran invitados a reuniones con adultos en
las que los niños eran sometidos a prácticas sadomasoquistas.
El juez dispuso allanamientos en la casa de Clement, en Pacheco de Melo
al 1800, de Recoleta, y en Pereyra Lucena al 2100 de Lomas de Zamora,
donde Russo tenía su domicilio. Los detenidos podrían recibir
penas que van de los seis meses a los cuatro años de prisión,
según lo establecido en el artículo 128 del Código
Penal, que castiga a quienes produzcan, publiquen o distribuyan imágenes
pornográficas. El docente también podría ser acusado
por corrupción de menores.
En conferencia de prensa, el titular de la división Inteligencia
Informática de la Federal, Rubén Bareiro, explicó
que hubo tráfico de imágenes, escenas pornográficas
de lo más horrendo que uno se puede imaginar, que se distribuían
en forma gratuita. Se cree que las fotos eran tomadas por Clement,
cuya situación es muy comprometida. Una fuente cercana a la investigación
confió a Página/12 que lo mejor hubiera sido seguir
la investigación en secreto un tiempo más, pero la situación
del menor abusado obligó a realizar las detenciones de inmediato.
Fallo
contra la mano dura
La Justicia declaró
inconstitucional un artículo de la ley que profundizó la
mano dura en la provincia por impulso del gobernador Carlos Ruckauf. Se
trata de la norma que limitó las excarcelaciones para los presos
por delitos graves, sancionada dos meses atrás por la Legislatura
bonaerense. Pero ayer, la Cámara de San Isidro consideró
que la ley restringe la facultad de los jueces para conceder esos beneficios,
por lo cual la consideró inconstitucional.
La causa que derivó en la nueva escalada de los jueces provinciales
contra el gobierno de Ruckauf involucra a un hombre acusado de lesiones
reiteradas contra su ex pareja, que ahora recuperó su libertad
bajo fianza de mil pesos. Mario Carotenuto, el acusado, pasó preso
un año y cinco meses y no tenía antecedentes penales ni
condenas previas.
El beneficio había sido negado por el Juzgado de Transición
Nº 3 de ese partido en base al artículo 171 de la ley 12.405
de reforma al Código Procesal Penal bonaerense. Pero ayer la Sala
I de San Isidro declaró inconstitucional ese artículo por
entender que su actual redacción restringe, limita e impide
en definitiva a los jueces conceder la excarcelación de imputados,
en determinadas circunstancias que enumera en forma taxativa. Estas
restricciones, entendieron los camaristas, contrastan con las facultades
que la Constitución Provincial (artículo 21) le otorga a
los jueces en materia excarcelatoria.
El quebranto de la norma constitucional se advierte de la simple
lectura de la ley en cuestión, por lo que procede la declaración
de inconstitucionalidad, haciendo saber que la norma tachada no podrá
ser aplicada por los jueces, advirtió el tribunal.
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