Está en juego en
este caso el valor justicia, en el que cabe considerar comprendido la
plena vigencia de la Constitución Nacional y de los tratados internacionales
incorporados a ella. Pero también y fundamentalmente el cumplimiento
de los compromisos internacionales contraídos por el país,
particularmente en materia de derechos humanos, advirtió
el procurador del Tesoro, Ernesto Marcer, en el recurso de queja presentado
ante la Corte Suprema por el caso Tablada. Con importantes críticas
a la Cámara de Casación y con insistencia en la obligación
de respetar la Convención Americana de Derechos Humanos, el Gobierno
solicitó que el máximo tribunal de la Nación otorgue
el recurso de revisión de las condenas de los detenidos por el
ataque al cuartel de La Tablada. El ministro de Justicia, Jorge de la
Rúa, reclamó que el tema fuera resuelto antes de fin de
año. La Corte se expediría el martes próximo y todo
indica que, por mayoría, ordenaría que Casación revise
las condenas de los miembros del MTP, en huelga de hambre desde hace 103
días.
El 23 de noviembre, la Sala II de la Cámara de Casación
rechazó un recurso presentado por los abogados de los presos de
La Tablada para que las condenas de los miembros del MTP fueran revisadas.
El Poder Ejecutivo a través del procurador del Tesoro
pidió que Casación dejara intervenir a la Corte, pero el
jueves el tribunal declaró inadmisible el recurso.
Ayer, el procurador destacó ante la Corte la gravedad institucional
del tema debido a la posibilidad de que se genere responsabilidad
internacional del Estado por incumplimiento de las obligaciones asumidas
en una convención internacional que fue incorporada a la Constitución
Nacional. Y mencionó que de no otorgarse el recurso extraordinario
solicitado la lesión causada afectaría al bien común.
Marcer defendió su legitimación como representante del Ejecutivo
para intervenir en el caso Tablada en el descrédito internacional
y la imposición de sanciones al Estado argentino (de
naturaleza institucional o incluso patrimonial) que pueden derivarse del
incumplimiento de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
conocida como el Pacto de San José de Costa Rica.
El reclamo judicial del Gobierno se basa en las recomendaciones que hizo
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA
al Estado argentino en el caso de La Tablada. Ese organismo reclamó
una segunda instancia judicial para los presos, cosa que les había
sido negada por haber sido juzgados por la Ley de Defensa de la Democracia.
El procurador expresó en el escrito la necesidad insoslayable
de declarar la inconstitucionalidad de esa ley. Y destacó
que el Pacto de San José de Costa Rica, que establece el
derecho a recurrir un fallo ante el juez o tribunal superior tiene
una validez superior a la Ley de Defensa de la Democracia. No sólo
por tratarse de una norma de rango constitucional, sino porque la Convención
de Viena ratificada por Argentina establece que no puede invocarse
una ley interna para justificar el incumplimiento de un tratado internacional.
Finalmente, Marcer destacó que la sentencia de la Cámara
de Casación del 23 de noviembre pasado puso en tela de juicio
el rol del Poder Judicial como custodio del sistema político programado
por la Constitución.
El martes, en el último acuerdo del año, la Corte se expediría
favorablemente sobre este tema, que entonces deberá volver a Casación.
Pero por si la situación se estanca, el Gobierno tiene preparado
un decreto de necesidad y urgencia que otorgue a los presos una segunda
instancia judicial.
En estado delicado
Todos los presos han perdido un promedio de 20 kilos. Están
en reposo permanente, hablan lo necesario y han restringido las
visitas por el grado de debilidad, informó Adrián
Witemberg, vocero de los presos de La Tablada. Según expresó
el MTP en un comunicado, Carlos Motto y Miguel Aguirre se encuentran
en un estado de desnutrición avanzado y los otros huelguistas
están ingresando en una etapa delicada en la que, ya habiendo
agotado las reservas de grasas del organismo, comienzan a consumir
masa muscular y otras proteínas. Pero el caso más
delicado es el de Miguel Aguirre, producto de un cuadro infeccioso
y febril (39 grados) como consecuencia del uso permanente del suero
a lo largo de ocho días. Witemberg anunció también
que el Estado italiano asumirá los costos de la defensa de
otro de los detenidos, Roberto Felicetti. El abogado Carlos José
Díaz, que promovió una causa para que se garantice
la salud y la vida de los ayunantes, recusó ayer a seis ministros
de la Corte Suprema que rechazaron un hábeas corpus presentado
por otro letrado.
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OPINION
Por Leopoldo H. Schiffrin *
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Errores y excesos
Hasta hoy, todas las puertas de la judicatura (no las de la Justicia)
se han cerrado obstinadamente al reclamo de quienes purgan penas
por el asalto al cuartel de La Tablada, ocurrido el 23 y 24 de enero
de 1989.
Sin duda, el hecho en sí fue, a mi parecer cualquiera
fuese la intención de sus autores, una aventura irresponsable,
que debilitó aún más al gobierno constitucional.
Sin embargo, ello no excusa la salvajería de la represión
desatada, reiterando los métodos del terrorismo de la dictadura:
torturas, fusilamientos de prisioneros, desapariciones y la falta
de cualquier investigación seria respecto de esos crímenes
(todo ello comprobado en el informe de la CIDH referente al caso).
Por otra parte, las sentencias dictadas contra los participantes
fueron de un rigor draconiano: en dos casos reclusión perpetua
junto con reclusión por tiempo indeterminado, en otros once
reclusión perpetua, una pena de veinte años y otras
cuatro que van de quince a diez años.
Esto contrasta con las penas impuestas por la rebelión militar
del 4 de diciembre de 1990: un caso de reclusión por tiempo
indeterminado, tres penas de veinte años, dos de diez y ocho,
una de quince, una de doce, cuatro de diez, dos de siete, una de
cinco, tres de cuatro y tres de tres.
Esta diferencia extraordinaria de penas proviene de que, con total
olvido de la tradición jurisprudencial y legislativa argentina
en la materia (resumida por el procurador general Dr. Enrique Carlos
Petracchi, en el caso Lezcano, dictamen del 24 de mayo de 1974),
según la cual, los delitos conexos a la rebelión (muertos
en combate, daños, etc.) sólo se castigan por separado
si asumen el carácter de actos de barbarie odiosa o
repudiable vandalismo, la Cámara Federal de San Martín
sumó a la rebelión todos los hechos conexos.
Además, mientras los intervinientes en la rebelión
militar (que no fueron torturados y gozaron de ventajosas condiciones
de prisión) tuvieron oportunidad de revisión ante
un tribunal superior, los atacantes de La Tablada no obtuvieron
tal derecho, pese a que está garantizado por el art. 8.2.h)
del Pacto de San José de Costa Rica.
Esta privación de justicia no ha sido reparada, invocando
diversos tecnicismos formales cuyo escaso valor para estas situaciones
han puesto de relieve prestigiosos juristas y también en
los últimos días los votos emitidos por dos ministros
de la Corte Suprema.
La Justicia, los principios de humanidad, el respeto a la igualdad
hacen imperioso que la judicatura argentina asuma la responsabilidad
de corregir sus propios errores y excesos cometidos a lo largo de
once años.
* Juez de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.
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OPINION
por Hernán Ons
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Otra inseguridad jurídica
Estamos asistiendo estos días a la práctica más
perversa de la política de los últimos tiempos. El
aprovechamiento de la situación de salud de los presos por
el asalto al cuartel de La Tablada para la obtención de réditos
políticos es uno de los hechos más lamentables de
los que se tenga memoria.
La actitud irresponsable y especulativa de muchos legisladores,
que han eludido la responsabilidad -.que les es exclusiva-. de adecuar
el derecho interno a las recomendaciones de la CIDH, emanadas de
tratados internacionales que el país está obligado
a honrar, no hace más que seguir aumentando el descrédito
de la clase dirigente del país y sus instituciones.
Hemos cumplido hace poco 17 años de vida en democracia y
parece mentira que no hayamos aprendido la importancia del respeto
por la Constitución y los tratados internacionales en materia
de Derechos Humanos. Es aún más triste observar cómo
la inoperancia de unos pocos y no tantos puede causar la muerte.
Es por eso que junto a otros dirigentes políticos juveniles
y estudiantiles acabamos de exhortar al presidente de la Nación
a que haga pública su voluntad de ejercer su facultad de
conmutar las penas de aquellos presos que no han gozado de las garantías
del debido proceso e inicie de inmediato las acciones que correspondan
a fin de investigar las violaciones a los Derechos Humanos cometidas
durante la recuperación de las instalaciones del Regimiento
de Infantería Mecanizada N 3 durante el 23 de enero de 1989,
que la CIDH consideró bien documentadas.
La inacción criminal del entonces presidente Menem, quien
ignoró sin pudores el Informe 55/97 de dicha Comisión,
cumplió con su avieso cometido de transformarse en una brasa
caliente en manos de su sucesor. Al mismo tiempo, logró provocar
una situación de urgencia que hace que sólo estemos
discutiendo la situación de privación de la libertad
de los huelguistas, dejando de lado que las recomendaciones de la
CIDH tienen otro alcance y que el incumplimiento de los términos
de la misma pone a la Argentina en una situación de ilegalidad
(¿no es esto también inseguridad jurídica?)
en el marco del derecho internacional. Una segunda instancia para
los presos debería haber sido al mismo tiempo, en un país
sano, la oportunidad de poner en tela de juicio, también,
la cuestión de la violencia ejercida con fines políticos.
La acción que reclamamos a Fernando de la Rúa no sólo
impedirá la muerte de aquellos prisioneros en huelga por
el referido incumplimiento, sino que además servirá
para ratificar la voluntad de cambio que ha llevado a la Alianza
a ejercer la primera magistratura de la nación en pos de
un país más justo y solidario.
* Secretario general, Federación Universitaria de Buenos
Aires.
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