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APOYO DE LOS EXPERTOS EN BIOETICA A UN FALLO QUE PERMITE INDUCIR UN PARTO
“Se privilegió la autonomía de la madre”

El Tribunal Superior de Justicia porteño autorizó a inducir el parto de un feto que padece anencefalia y no vivirá. El defensor de incapaces apeló, pero médicos y expertos lo respaldaron firmemente. Consideran que es ejemplar, ya que considera la salud psíquica de la mujer.

�La mujer tiene la facultad y el derecho a decidir sobre su cuerpo�, consideró José Alberto Mainetti.

Por Mariana Carbajal

“Es un fallo trascendental porque es la primera vez que a nivel de una Corte Suprema de una ciudad se acepta el derecho de la mujer a la salud en el sentido integral que establece la OMS, que abarca la salud psíquica y mental, además de la física”, subrayó la abogada y docente universitaria Stella Maris Martínez, doctorada en Genética y Derecho penal. En coincidencia con su apreciación, destacados especialistas en bioética consultados por Página/12 señalaron la importancia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia porteño por la cual se autorizó a la Maternidad Sardá a inducir el parto o eventualmente practicar una cesárea a una mujer que cursa el séptimo mes de embarazo y está gestando un feto que padece anencefalia, es decir, no presenta desarrollo de masa encefálica. Según la opinión de los expertos, el fallo es “ejemplar”, además, porque privilegia la autonomía de la madre sobre su cuerpo y tiene en cuenta la opinión de un comité interdisciplinario de bioética. Hoy, el Tribunal resolvería si ratifica la decisión o hace lugar a un recurso de apelación del asesor de incapaces y eleva el caso a la Corte Suprema de la Nación.
“Por primera vez, un tribunal de esa jerarquía ha tenido un análisis de género, al considerar qué le pasa por el cuerpo y la mente a una mujer en una situación de este tipo”, festejó la sentencia Carmen Storani, titular del Consejo Nacional de la Mujer.
La causa se inició con el pedido de un matrimonio de bajos recursos que vive en Ingeniero Budge y tiene una hija de 12 años. S.T., de 35 años, quedó embarazada después de diez años de buscar un segundo hijo. A los cinco meses, al realizarse una ecografía en la maternidad Sardá, le informaron que el bebé sufría de anencefalia, una patología terminal. De acuerdo con el dictamen que dio a la Justicia el Comité de Bioética del hospital, el feto tiene “viabilidad nula en la vida extrauterina”. Según amplió luego el subdirector de la Sardá, Ricardo Illía, médico obstetra, especializado en embarazos de alto riesgo, la separación del seno materno “supone el fallecimiento indefectible del feto al cabo de minutos u horas, menos de 12 horas”, por lo tanto, “no existe diferencia en cuanto a la posibilidad de sobrevida entre inducir el parto ahora o esperar a los 9 meses”.
“Es un fallo muy positivo. Se está privilegiando la autonomía de la madre frente al supuesto estatuto moral de un individuo que no tiene condiciones mínimas de humanidad. La mujer tiene la facultad y el derecho a decidir sobre su cuerpo”, consideró José Alberto Mainetti, director del Instituto de Bioética y Humanidades Médicas de la Fundación Mainetti.
Al conocer el diagnóstico de anencefalia el 17 de octubre, S.T. y su marido pidieron a los médicos de la Sardá que le practicaran un parto inducido. Pero la maternidad le exigió una autorización judicial para llevar adelante el procedimiento. Entonces, la mujer presentó una acción de amparo contra la Sardá “por violación al derecho a la salud y a la integridad física”. El recurso fue rechazado en primera instancia por el Juzgado en lo Contenciosoadministrativo y Tributario Nº 7 y en segunda instancia por la Sala I de la Cámara de Apelaciones. Así llegó el caso al Tribunal Superior de la Ciudad. Por cuatro votos contra uno, la Corte hizo lugar al pedido de la madre.
Sin embargo, el asesor de incapaces, Roberto Cabiche, apeló la decisión, con el argumento de que la criatura tiene derecho a llegar a una etapa de gestación normal. “La obligación de este ministerio es defender la vida desde la concepción en el seno materno hasta que la persona deje de existir. El hecho de que esté enfermo no justifica que se lo saque antes de tiempo para que muera fuera del cuerpo de su madre”, sostuvo Cabiche. Y agregó: “No debe ser agradable saber que el niño que va a dar a luz nacerá sin vida, pero no se puede agitar el problema psíquico de la mujer y la familia para sacar al niño. Si la madre tiene ese problema debe atenderla un psicólogo”, afirmó Cabiche.
Ahora está en manos del Tribunal decidir si ratifica el fallo y ordena cumplir la sentencia o concede el recurso y envía el caso a la Corte Suprema de la Nación. Se espera que la decisión se conozca hoy.
Carlos Gherardi, director del Comité de Bioética del Hospital de Clínicas salió al cruce de las expresiones del asesor de incapaces. “El derecho de la criatura no tiene ningún sentido porque está condenado a la muerte. Por su condición nunca va a tener status de persona”, replicó. “Es absurdo pensar que el feto, en esas condiciones, puede tener interés en llegar a término”, agregó Juan Carlos Tealdi, profesor universitario de bioética. Para Gherardi, el fallo del Tribunal Superior es “trascendental” para la bioética del embarazo y la procreación. “Denegar el pedido de la madre significa admitir la tortura de tener en su vientre a una criatura que se sabe va a morir”, evaluó. “Se ha contemplado el riesgo psicológico de la madre, algo que no es habitual”, destacó Tealdi.
“La decisión del tribunal es correcta desde el punto de vista bioético”, consideró Luis Niño, juez, criminólogo y profesor de posgrado de bioética y derecho penal de la UBA. Votaron a favor de la solicitud de la madre los jueces Julio Maier, Alicia Ruiz, Ana Conde y Guillermo Muñoz. En contra, José Casás.
La resolución de la Corte porteña tiene un antecedente en la Justicia de primera instancia de familia de Mendoza. El 28 de abril último, su titular, la jueza Adriana B. de Rodríguez, autorizó la inducción de un parto en otro caso de anencefalia.

 


 

LOS ARGUMENTOS DE LA MUJER PARA PEDIR EL PARTO
Historia de un caso difícil

Por M.C.

“Siento todo el tiempo al bebé y sé que va a morir”, relató a la Justicia S.T., el difícil trance que atraviesa. Desde que conoció el diagnóstico de anencefalia de la criatura que lleva en su vientre, la mujer, de 35 años, se vio condenada a “ver una panza que crece haciendo crecer, a la vez, el anuncio mismo de la muerte”, según describió en el recurso de amparo que presentó para pedir autorización para un parto inducido. “Si fuera persona de recursos, esto habría sido solucionado en el ámbito privado”, señaló su abogada, Perla Prigoshin, en la audiencia convocada por la Cámara de Apelaciones, el 27 de noviembre, para escuchar a las partes involucradas.
S.T. lleva por estos días siete meses de embarazo y no ve el momento de ponerle fin a su drama. En la misma audiencia explicó que toda la familia está sufriendo. “No he podido hablar del tema con mis familiares, no puedo salir de mi casa porque todos me traen regalos para el bebé, me acarician la panza y se vuelve una situación difícil”, relató. Hace diez años que estaba ilusionada con otro hijo. Tiene una niña, de 12. Pero, por razones de bajo peso, no podía quedar embarazada. Ahora quedó embarazada, pero no sabe cómo seguir. “No son tres meses sino todos los días”, contó. No puede olvidarse de las características de la criatura que está en su cuerpo, se mueve, lo siente todo el tiempo y para ella es muy doloroso.
Cuando los médicos le informaron el diagnóstico, “todos nuestros sueños e ilusiones se desvanecieron para darle lugar al más profundo dolor que jamás hubiésemos sentido”, explicó la mujer. “A partir de ese instante, nos encontramos siendo los protagonistas de una terrible tragedia, sin saber qué hacer con tanto sufrimiento ni cómo enfrentar a nuestra hija con esta angustiante verdad”, añadió, de acuerdo con la transcripción de su testimonio incluida en el fallo del Superior Tribunal de la Ciudad.
Al fundamentar su voto a favor, la jueza de la Corte porteña, Alicia Ruiz, consideró que la negativa de la Maternidad Sardá a acceder a realizarle el parto inducido es “ilegítima” y “discriminatoria”, y viola “derechos fundamentales de la mujer”, como el derecho a la salud y a la protección integral de la familia. “El derecho a la salud importa el completo bienestar físico, psíquico y social de la persona. Es un hecho positivo que va mucho más allá de la ausencia de enfermedad, que comprende la prevención y la obligación a cargo de distintas instituciones del Estado, incluido el Poder Judicial”, escribió Ruiz. Y al mismo tiempo, consideró que el caso “impone una resolución inmediata por el agravamiento continuado del daño que padece la madre”.

 

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