Por Mariana Carbajal
El procurador general de la
Nación, Nicolás Becerra, recomendó a la Corte Suprema
de Justicia autorizar la inducción del parto o, eventualmente,
la realización de una cesárea a una mujer que acaba de ingresar
al octavo mes de embarazo y está gestando un feto sin cerebro ni
calota craneana, que indefectiblemente morirá al nacer. El caso
será tratado hoy por los miembros del máximo tribunal, que
ante un pedido de la abogada de la madre, Perla Prigoshin, y debido al
avanzado grado de gestación, resolvieron habilitar la feria judicial.
En manos de los ministros está la posibilidad de poner fin al tormento
que padece la mujer desde hace casi tres meses, cuando conoció
el diagnóstico de anencefalia de la criatura. Desde entonces, S.T.,
de 35 años, espera un permiso judicial para acelerar el nacimiento
y dejar de ver una panza que crece haciendo crecer, a la vez, el
anuncio mismo de la muerte, según sus propias palabras.
El caso llegó a la Corte Suprema luego de que el asesor general
de incapaces de la Ciudad de Buenos Aires, Roberto Cabiche, interpuso
un recurso extraordinario contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia
porteño que autorizó la inducción del parto. En su
dictamen, al que tuvo acceso Página/12, el procurador general de
la Nación aconsejó a los ministros de la Corte no
hacer lugar a la apelación de Cabiche. El escrito, de 21
páginas, llegó en los primeros días de esta semana
a las oficinas del máximo tribunal. S.T. tiene fecha probable de
parto para el 10 de marzo. Con su marido y una hija de 12 años
vive en un barrio humilde de Ingeniero Budge, partido bonaerense de Lomas
de Zamora.
Ante el altísimo porcentaje de riesgo en el feto, sólo
se debe reducir al máximo el riesgo de lesión a la integridad
física de la madre, consideró Becerra en su dictamen.
Al respecto, descartó de plano que el hecho de adelantar el parto,
para poner fin al padecimiento psicológico de la mujer de llevar
en sus entrañas un feto que no tiene posibilidades de sobrevida,
constituya un aborto, como sostuvo Cabiche. Para decirlo en términos
absolutamente claros: no se trata de un supuesto de aborto indicó
Becerra, ya que de producirse la muerte del producto de la
gestación la totalidad del riesgo que desemboca en el curso lesivo
provendrá de causas naturales ajenas al propio adelantamiento.
Finalmente concluyó: Todo ello permea de racionalidad, ética
y jurídica, a la solicitud de la madre y legitima la autorización
judicial para el adelantamiento del parto. El procurador general
se mostró partidario de contemplar la objeción de
conciencia a los médicos que deban llevar adelante el procedimiento.
El acuerdo extraordinario de la Corte se celebrará hoy a partir
de las 10. Según confirmaron dos fuentes del máximo tribunal
a Página/12, con excepción de Adolfo Vázquez, los
restantes ministros emitirán su voto a pesar de la feria judicial.
Algunos de ellos dejaron su posición escrita ayer. Espero
que la Corte respete el derecho a la salud consagrado en el artículo
20 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, entendido en
el sentido integral que establece la Organización Mundial de la
Salud, que abarca la salud psíquica y social, además del
bienestar físico; y que respete el fallo del Tribunal Supremo de
Justicia porteño, sostuvo la abogada Prigoshin. Nunca antes
el máximo tribunal tuvo que resolver sobre un caso similar, de
acuerdo con la memoria de varios juristas consultados por este diario.
S.T. está muy, muy angustiada y expectante ante la inminente
resolución de la Corte, contó Prigoshin. La batalla
legal de la mujer comenzó casi tres meses atrás, luego de
que el 17 de octubre en la Sardá le informaron que el feto que
gestaba no tenía cerebro ni calota craneana y viabilidad
nula en la vida extrauterina. La mujer pidió entonces a los
médicos que le realizaran un parto inducido para poner fin a la
situación altamente traumática que experimenta
por el hecho de seguir adelante con el embarazo, sabiendo que indefectiblemente
la criatura no vivirá. En la maternidad porteña se negaron
a realizar el procedimiento sin unaautorización judicial. S.T.
presentó un recurso de amparo. Su solicitud fue rechazada en primera
y segunda instancia. Apeló y el 26 de diciembre obtuvo un fallo
favorable del Tribunal Superior de la Ciudad, que fue considerado ejemplar
por especialistas en bioética por contemplar la salud psíquica
de la mujer.
OPINION
Por Dr. Carlos R. Gherardi *
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El derecho de la madre
Una madre embarazada que cursa el octavo mes sabe hace tres meses
que lleva en su útero un feto anencefálico, que por
definición nacerá muerto o morirá inmediatamente
luego de nacer o al cabo de unas horas después. En este tiempo
no ha logrado aún que se atienda a su solicitud de interrupción
del embarazo a pesar del dictamen favorable del Comité de
Etica de la Maternidad Sardá, donde se atiende, que privilegió
el principio de autonomía de la madre. La judicialización
de la decisión médica motivada por ciertas dudas en
la norma jurídica y cierta tendencia a la práctica
de una medicina defensiva no alcanzan a explicar ni a justificar
la tortura psicológica que significa saber el final anunciado
de este embarazo y la imposibilidad hasta hoy de efectuar su interrupción
en un hospital público.
Después de dos primeras instancias desfavorables, el Tribunal
Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires autorizó
la práctica solicitada por la madre (inducción anticipada
del parto), en un fallo ejemplar que marca un punto de inflexión
en la historia de los derechos de la madre embarazada, cuando se
privilegia el derecho a la protección de su salud física
y psíquica evitando la condena de proseguir una gestación
con un feto inviable en su vida extrauterina. Aquí hay una
sola vida y una sola salud que privilegiar, y es la de la madre,
que ya bastante sufrimiento tiene con saber que éste, su
segundo embarazo, muy buscado, terminará infedectiblemente
con un feto muerto.
No obstante, inexplicablemente, se apeló la medida y el caso
está en la Corte Suprema de la Nación que se reunirá
para un fallo definitivo. Esperamos con confianza la ratificación
del derecho de la madre de proteger al menos su salud psico-física
en medio del infortunio de gestar un feto anencefálico. Si
no fuera así, asistiríamos, como tantas veces, a la
discriminación de quienes por su situación socio-económica
deben atenderse en el hospital público.
* Director del Comité de Etica del Hospital de Clínicas
(UBA) y docente de Bioética de la Facultad de Medicina (UBA).
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