Por Mariana Carbajal
Nunca pensé que
los pobres iban a llegar hasta ahí, confesó, con una
mezcla de emociones, Silvia T., la mujer de Ingeniero Budge que ayer después
de una ardua batalla legal consiguió un fallo favorable de la Corte
Suprema. En una sentencia sin precedentes, el máximo tribunal de
la Nación autorizó ayer, en medio de la feria judicial,
la realización de un parto inducido o eventualmente de una cesárea,
para adelantar el alumbramiento del feto anencefálico, sin posibilidades
de sobrevida, que Silvia lleva hace más de siete meses en su vientre.
Aunque aclara una y otra vez que no se trata de un caso de aborto,
el fallo es trascendente porque pondera el derecho de la mujer a
la protección de su salud, no sólo física sino
fundamentalmente psicológica. Como elemento esencial de esta
decisión, se ampara la salud de la madre, cuya estabilidad psicológica
ya afectada por los hechos, que hablan por sí mismos
constituye un bien a preservar con la mayor intensidad posible dentro
de los que aquí son susceptibles de alguna protección,
señala la resolución del alto tribunal.
Por seis votos contra dos, la Corte Suprema rechazó así
un recurso de apelación del asesor de incapaces de la Ciudad y
ratificó un fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño,
que había autorizado el procedimiento médico quince días
atrás. Apoyaron la petición de la mujer Eduardo Moliné
OConnor, Carlos Fayt, Augusto Belluscio, Gustavo Bossert, Guillermo
López y Enrique Petracchi. Se pronunciaron en contra el presidente
de la Corte, Julio Nazareno, y Antonio Boggiano, al considerar que si
bien la inducción del parto solicitada por la madre no configura
un aborto, vulnera el derecho a vivir (del feto en gestación)
durante todo el tiempo que la naturaleza permita. Además,
los dos ministros que votaron en disidencia resaltaron que el sufrimiento
de la madre no podía prevalecer sobre el derecho a la vida.
Moliné OConnor explicó los alcances de la resolución:
Lo que la Corte ha tratado de proteger es la salud de una madre
que sufre el drama de tener un niño gravemente enfermo en su seno
y que, inexorablemente, el momento de su máxima felicidad (el alumbramiento)
será el de su máximo dolor. Al momento de optar entre
dos seres, el máximo tribunal ha procurado el beneficio de
aquel que tiene una expectativa de 60 o 70 años de vida,
agregó Moliné OConnor, en alusión a la madre.
Los puntos principales del fallo son los siguientes:
Se autoriza la inducción
del nacimiento en una etapa avanzada de embarazo (más de siete
meses), teniendo en cuenta que adelantar o postergar el alumbramiento
no beneficia ni empeora la suerte del feto en gestación y
que su eventual fallecimiento no sería consecuencia del hecho
normal de su nacimiento, sino de la gravísima patología
que lo afecta.
Frente a la irremediable muerte
de la criatura, se prioriza la defensa del derecho de la madre a
la protección de su salud, psicológica y física,
y en fin, a todos aquellos reconocidos por los tratados que revisten jerarquía
constitucional.
Se aclara una y otra vez que
no se trata de un aborto, ni de aborto eugenésico, ni de
una suerte de eutanasia, ni de un ser que no es para excluir la
protección de su vida persona, ni de la libertad de procreación
para fundar la interrupción de su vida.
La sentencia del máximo tribunal conmovió a la abogada de
Silvia T., Perla Prigoshin. Es un fallo que sienta un precedente
muy importante. Aunque todo el tiempo está remarcando que no abre
la vía para la legalización del aborto, plantea que frente
a la inviabilidad del feto hay que priorizar la vida de la madre,
evaluó Prigoshin. Según confió la abogada a este
diario, Silvia T. recibió la noticia con una mezcla de emociones.
Lo primero que me dijo fue: Nunca pensé que los pobres
iban a llegar ahí. Ella esperaba esta decisión hace
tiempo. Pero el hecho de concretarse le significa ir despidiéndose
de la panza. Por eso no está contoda la alegría. No obstante,
ya tiene la mirada puesta en la inducción del parto, detalló
Prigoshin, quien hoy se comunicará con el Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad y con los médicos de la Maternidad Sardá,
que atienden a la mujer, para ultimar los detalles de la intervención
médica.
La historia de Silvia
T.
Por M.C.
Siento todo el tiempo el bebé y sé que va
a morir, relató ante la Justicia Silvia T, de 35 años,
al fundamentar el recurso de amparo que presentó en noviembre
solicitado la autorización para que en la Maternidad Sardá
le practicaran un parto inducido a fin de terminar con el tormento
de estar gestando una criatura sin cerebro ni calota craneana ni
posibilidades de vida extrauterina, según dictaminó
el Comité de Bioética del mismo hospital.
Silvia, su marido y la hija de ambos de 12 años viven en
un barrio humilde de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora.
Hacía diez años que la mujer buscaba un nuevo embarazo.
Pero la alegría del hijo en camino se empañó
cuando el 17 de octubre, a través de una ecografía,
le diagnosticaron la malformación congénita de la
criatura y su pronóstico terminal. A partir de ese
instante nos encontramos siendo los protagonistas de una terrible
tragedia, sin saber qué hacer con tanto sufrimiento ni cómo
enfrentar a nuestra hija con esta angustiante verdad, contó
en una audiencia convocada por la Cámara de Apelaciones de
la Ciudad, el 27 de noviembre, para escuchar a las partes involucradas.
Cuando Silvia pidió a los médicos de la Sardá
que le adelantaran el alumbramiento, teniendo en cuenta que irremediablemente
la criatura moriría, le exigieron una autorización
judicial. Presentó el recurso de amparo, pero en primera
y segunda instancia se lo denegaron. La esperanza de poner fin a
su drama renació con un fallo del Tribunal Superior de Justicia
porteño que, priorizando el daño psicológico
que estaba padeciendo, hizo lugar a su pedido. Pero un nuevo escollo
se presentó. El asesor general de incapaces de la Ciudad,
Roberto Cabiche, apeló la sentencia con el argumento de que
el hecho de que esté enfermo no justifica que se lo
saque antes de tiempo para que muera fuera del cuerpo de su madre.
Así el caso llegó a la Corte Suprema, que resolvió
habilitar la feria para tratarlo. En su decisión, los ministros
del máximo tribunal tuvieron en cuenta un dictamen del procurador
general de la Nación, Nicolás Becerra, que le dio
la razón a la madre.
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Decisiones diferentes
El fallo de la Corte trajo a escena la historia de otras dos familias,
con historias similares a la de Silvia T., pero con decisiones diferentes.
Una de ellas es la de Mariana y José Luis, a cuya hija le
diagnosticaron anencefalia durante el cuarto mes de gestación.
Eligieron seguir con el embarazo, para poder conocerla y disfrutar
de ella, aunque sólo fuera por un rato. Era una
beba que en la panza se movía y pateaba, como cualquier otra
argumentó José Luis. Murió en nuestros
brazos, pero estábamos preparados.
También Silvio y María del Carmen transitan un embarazo
con diagnóstico idéntico. Aunque saben que el bebé
no sobrevivirá, han decidido continuar con la gestación,
para donar los órganos a otros chiquitos. Es una opción
absolutamente posible desde el punto de vista médico,
señaló a este diario el doctor José Alberto
Mainetti. A pesar de la elección que hizo con su esposa,
Silvio admite que la situación es bastante dura.
Legalmente debería estar contemplada la posibilidad
de interrumpir el embarazo, para que cada uno elija la opción
que quiera, reflexionó.
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Qué es la anencefalia
La anencefalia es una malformación congénita que
se desarrolla en el feto durante los primeros meses de gestación.
Los médicos la describen como un defecto en el cierre o la
formación del sistema nervioso, que desemboca en el desarrollo
de un feto sin masa encefálica y sin calota craneana. Aunque
estos embarazos llegan a término, el niño carece de
posibilidades de sobrevida: muere durante el alumbramiento, o bien
en las primeras horas que siguen al parto. El doctor Claudio Chillik,
director del CEGyR y especialista en reproducción humana,
explicó a Página/12: La ciencia aún no
ha podido determinar fehacientemente las causas exactas por las
cuales se produce la anencefalia. Existen medios para reducir el
riesgo de gestar una criatura anencefálica, a través
del tratamiento de la madre con ácido fólico, pero
no existe modo de predecir una malformación de este tipo.
Lo importante es realizar un diagnóstico precoz señala
Chillik, y acompañar a la pareja sea cual sea su decisión.
Para el especialista, el fallo de ayer es éticamente
correcto, aunque considera que puede resultar ambiguo,
ya que habla de inducir el nacimiento para evitar tocar
el tema del aborto. Y lo fundamental es que se garantice el derecho
de la mujer a tomar esta decisión en cualquier momento de
la gestación.
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El
debate abierto en torno al fallo
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Maria Jose Lubertino*.
Madurez
Me parece una medida sumamente auspiciosa, porque es la
primera vez que la Corte Suprema se expide sobre los derechos sexuales
y de reproducción de la mujer. Lo que se debe destacar es
la prioridad que se le otorga a la salud de la mujer, como un derecho
humano básico. Sobre todo, considero ejemplar el fallo del
Tribunal Superior de Justicia de la Capital Federal, donde no sólo
se hace lugar al pedido de esta mamá, sino que también
se señala que es innecesario que los médicos pidan
una autorización judicial para actuar en estos casos. Creo
que la sociedad argentina hace rato que está madura como
para discutir sobre el aborto, pero antes me parece que sería
adecuado trabajar desde los ámbitos médico, legal
y político para que las leyes ya existentes sobre embarazo
riesgoso y aborto terapéutico se cumplan.
*Titular del Instituto Social y Político de la Mujer.
Alicia Oliveira*.
Concientizar
Estoy totalmente de acuerdo con el fallo, considero que
lo que se está privilegiando es no sólo la salud de
la madre, sino también la salud de toda una familia. No es
justo que en los tiempos que corren, con todos los avances de la
ciencia, una mujer tenga que soportar semejante tortura física
y psíquica. Esto también es un tema de procreación
responsable: si los riesgos de gestar un embrión con anencefalia
se reducen tomando ácido fólico, entonces es un deber
del hospital público proveer de este recurso a todas las
embarazadas, además de concientizar a las mamás y
a los profesionales sobre la necesidad de un diagnóstico
precoz.
*Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
Juan Carlos Tealdi*.
Es positivo
Considero que el fallo es positivo, tanto desde el aspecto
jurídico como desde el aspecto ético. Se han considerado
los derechos del niño y los de la madre como los de dos entidades
autónomas, favoreciendo la libre autonomía de la madre.
Hubiera sido absurdo que el Estado fallara a favor de proteger los
derechos de un feto que no tiene ninguna posibilidad de vida. Ahora
bien, en este caso hay un trasfondo fundamental: es necesario un
diagnóstico precoz de los casos de malformación congénita,
para que la embarazada pueda tomar cuanto antes una determinación
sobre la continuidad o no de una gestación que pone en riesgo
su salud física y, sobre todo, psíquica.
*Coordinador del programa de bioética del Hospital de
Clínicas.
Presbitero Claudio Sanahuja*.
Es aceptable
Desde el punto de vista de la moral cristiana, el fallo
es aceptable, porque la Corte autorizó un procedimiento médico
que se usa en casos graves, tanto para la madre como para el hijo.
A mi criterio, preserva la vida desde el momento de la concepción,
y eso es lo importante, ya que además deja sentado que no
se trata de un aborto ni de un aborto eugenésico. He escuchado
ya algunas voces que afirman que el fallo sienta precedentes para
discutir, en un futuro, la despenalización del aborto: nada
más lejano a eso. El fallo opta simplemente por el recurso
médico de inducción del embarazo, aceptado por la
moral cristiana, con el objetivo de evitar graves daños a
la madre o al hijo.
*Especialista en bioética de la Iglesia.
Haydee Birgin*.
Gran avance
El fallo representa un avance increíble, creo que
es la primera vez que se toman en cuenta los derechos humanos de
la mujer. Habría que revisar la conducta de todos los jueces
que, en distintas instancias, fallaron en contra, porque ¿quién
le compensa a esta mujer todo este tiempo de sufrimiento físico
y, sobre todo, emocional? Lo importante es que los magistrados han
decidido respetar la autonomía de la madre; la independencia
de la vida de la madre en relación a la vida del hijo. Sin
embargo, me parece que aún estamos muy lejos de que se instale
una discusión sobre la legalización del aborto; creo
que esta discusión pone en juego otros temas, tal vez más
cerca de las discusiones que plantea la eutanasia.
*Abogada especialista en temas de la mujer.
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CARMEN
STORANI, TITULAR DEL CONSEJO DE LA MUJER
Consideran la salud mental
Por M.C.
Es la primera vez que
un fallo de la Corte Suprema tiene en cuenta la salud psíquica
de la madre, destacó ante Página/12 Carmen Storani,
abogada y titular del Consejo Nacional de la Mujer. Someter a la
mujer a ser una mera incubadora hubiera profundizado la tortura psíquica
que está viviendo, opinó al celebrar la decisión
del máximo tribunal de la Nación.
¿Considera que la sentencia abrirá la discusión
para la legalización del aborto?
No tengo esa sensación, porque en el fallo los ministros
han tenido mucho cuidado de aclarar que no autorizan un aborto (sino la
inducción de un parto) y que se oponen a una intervención
quirúrgica de ese tipo. Lo que sí puede abrir la sentencia
es el debate público de lo que está ocurriendo en el país
con los abortos sabemos que se practican alrededor de 500.000 al
año, muchos de ellos en condiciones que ponen en riesgo la salud
de la mujer, para ver cómo se fortalecen los programas de
salud reproductiva y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
Conociendo las posiciones conservadoras de la mayoría de
los miembros de la Corte, ¿esperaba una decisión favorable
al pedido de la madre?
El fallo del Tribunal Superior de la Ciudad, ratificado por la Corte,
está muy bien fundamentado. Por esa razón, estaba casi segura
de que la posición de la Corte sería favorable.
¿Cuáles aspectos destaca de la sentencia?
Por primera vez la Corte pondera derechos humanos y fundamentalmente
tiene en cuenta la salud de la mujer, para evitar un mayor daño
psíquico equiparable a la tortura. Ponderar el sufrimiento psíquico
es muy importante, porque la Corte considera a la salud mental de la mujer
como un bien jurídico a tutelar. Este aspecto es transformador.
A partir de este fallo, otra mujer que esté gestando un feto
anencefálico ¿podrá solicitar la inducción
al parto en los hospitales públicos sin necesidad de recurrir a
la Justicia?
Vamos a ver qué pasa. Pero sería importante que las
autoridades sanitarias de la Ciudad tenga en cuenta este fallo y dicten
normativas más claras relacionadas con la anencefalia, para que
los médicos no exijan la autorización judicial.
¿Si en lugar de siete meses, la mujer que presentó
el amparo estuviera en el cuarto o quinto mes de embarazo, la decisión
de la Corte hubiera sido la misma?
No lo sé. Tengo dudas.
A raíz de este caso, se conoció otra situación
semejante en la que el matrimonio decidió llevar a término
el embarazo para donar los órganos de la criatura anencefálica.
¿Qué opina al respecto?
Es profundizar la tortura psíquica de la mujer. Someterla
a ser una mera incubadora para que simplemente esa criatura salga de su
panza y se donen sus órganos no me parece lo más adecuado.
Sería sumamente cruel obligarla a llevar a término un embarazo
de un feto anencefálico. No me parece ético y se estarían
vulnerando sus derechos humanos.
STELLA
MARTINEZ, ABOGADA ESPECIALISTA EN BIOETICA
Es un fallo trascendente
Por M.C.
El fallo es muy prudente.
Ni siquiera abre el debate para la legalización del aborto en los
casos de embriones anencefálicos, algo que a nivel internacional
está bastante aceptado, analizó, en un reportaje con
Página/12, Stella Maris Martínez, profesora de bioética
de la UBA y miembro de la comisión directiva de la Asociación
Argentina de Bioética. Para la abogada, la sentencia sienta un
importante precedente: Al hacer lugar al amparo (presentado por
la madre) está diciendo que en casos como éste los médicos
deben actuar sin necesidad de pedir autorización judicial alguna,
evaluó.
¿Qué trascendencia puede llegar a tener la sentencia
de la Corte?
Se va a reconocer el derecho de la mujer como persona y no como
mera gestante. Es una perspectiva interesante de género. No se
va a entender que la mujer está obligada a aceptar el embarazo
con todas sus consecuencias aún más allá de todo
razonamiento lógico. Hasta este momento, automáticamente
cuando una mujer estaba embarazada se convertía en una máquina
reproductora que perdía todos los derechos frente al niño
por nacer. Incluso se cuestionaba el derecho de la madre a un aborto eugenésico,
cuando su vida corría peligro. Haciendo uso de los documentos de
derechos humanos que reconocen la prohibición de discriminar a
la mujer por su condición de tal, se la ubica en una posición
también de sujeto de derecho.
¿Sienta jurisprudencia con relación al aborto?
De ninguna manera. Técnicamente ningún juez va a permitir
un aborto sobre la base de este fallo. La sentencia ni siquiera abre el
debate para la legalización del aborto de los embriones anencefálicos,
algo que a nivel internacional está bastante aceptado. Tal vez
permita avanzar teóricamente en supuestos semejantes, pero en estadios
más tempranos. Pero nadie va a apoyarse en este caso para el aborto
de anencefálicos.
Desde el punto de vista bioético, ¿cuál es
la importancia de la sentencia?
Es trascendente porque es la primera vez que un tema de esta magnitud,
que es el nudo de la bioética, se llega a discutir en la Corte
Suprema. Afortunadamente ganan espacios cuestiones que tienen que ver
con temas elementales de la vida: el embrión, la vida, la muerte.
Más allá de que creo que no deben ser cuestiones judicializables,
es muy positivo que ante un caso que se judicializó desde
mi punto de vista innecesariamente, el máximo tribunal de
la Nación haya resuelto como lo hizo. Pero hay otro aspecto importante.
Un amparo se presenta cuando una persona reclama porque un órgano
del Estado no está cumpliendo con una prestación. Al hacer
lugar a este amparo, la Corte está diciendo que en casos como éste,
los médicos deben actuar sin necesidad de pedir autorización
judicial alguna.
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