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LA CORTE AUTORIZÓ A INDUCIR
PREMATURAMENTE EL PARTO DE UN FETO QUE PADECE ANENCEFALIA
Cuando los derechos de la mujer son un bien a proteger

Silvia T. reclamó no seguir padeciendo la tortura de su embarazo, ya que el feto que gesta hace siete meses no tiene posibilidad alguna de sobrevida. Ayer la Corte Suprema aceptó que se induzca el parto. Consideró así que la salud mental de la mujer es un bien que merece ser protegido. Especialistas en bioética, médicos y dirigentes políticos analizan el fallo.
El presidente de la Corte, Julio Nazareno (der.), que votó en contra y Moliné O’Connor, que lo hizo a favor. El fallo prioriza el derecho de la madre “a la protección de su salud, psicológica y física”.

Por Mariana Carbajal

“Nunca pensé que los pobres iban a llegar hasta ahí”, confesó, con una mezcla de emociones, Silvia T., la mujer de Ingeniero Budge que ayer después de una ardua batalla legal consiguió un fallo favorable de la Corte Suprema. En una sentencia sin precedentes, el máximo tribunal de la Nación autorizó ayer, en medio de la feria judicial, la realización de un parto inducido o eventualmente de una cesárea, para adelantar el alumbramiento del feto anencefálico, sin posibilidades de sobrevida, que Silvia lleva hace más de siete meses en su vientre. Aunque aclara una y otra vez que “no se trata de un caso de aborto”, el fallo es trascendente porque pondera el derecho de la mujer “a la protección de su salud”, no sólo física sino fundamentalmente psicológica. “Como elemento esencial de esta decisión, se ampara la salud de la madre, cuya estabilidad psicológica –ya afectada por los hechos, que hablan por sí mismos– constituye un bien a preservar con la mayor intensidad posible dentro de los que aquí son susceptibles de alguna protección”, señala la resolución del alto tribunal.
Por seis votos contra dos, la Corte Suprema rechazó así un recurso de apelación del asesor de incapaces de la Ciudad y ratificó un fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño, que había autorizado el procedimiento médico quince días atrás. Apoyaron la petición de la mujer Eduardo Moliné O’Connor, Carlos Fayt, Augusto Belluscio, Gustavo Bossert, Guillermo López y Enrique Petracchi. Se pronunciaron en contra el presidente de la Corte, Julio Nazareno, y Antonio Boggiano, al considerar que si bien la inducción del parto solicitada por la madre no configura un aborto, vulnera “el derecho a vivir (del feto en gestación) durante todo el tiempo que la naturaleza permita”. Además, los dos ministros que votaron en disidencia resaltaron que el sufrimiento de la madre no podía prevalecer sobre el derecho a la vida.
Moliné O’Connor explicó los alcances de la resolución: “Lo que la Corte ha tratado de proteger es la salud de una madre que sufre el drama de tener un niño gravemente enfermo en su seno y que, inexorablemente, el momento de su máxima felicidad (el alumbramiento) será el de su máximo dolor”. Al momento de optar entre dos seres, el máximo tribunal “ha procurado el beneficio de aquel que tiene una expectativa de 60 o 70 años de vida”, agregó Moliné O’Connor, en alusión a la madre.
Los puntos principales del fallo son los siguientes:
Se autoriza la inducción del nacimiento en una etapa avanzada de embarazo (más de siete meses), teniendo en cuenta que “adelantar o postergar el alumbramiento no beneficia ni empeora la suerte” del feto en gestación y que “su eventual fallecimiento no sería consecuencia del hecho normal de su nacimiento, sino de la gravísima patología que lo afecta”.
Frente a la irremediable muerte de la criatura, se prioriza la defensa del derecho de la madre “a la protección de su salud, psicológica y física, y en fin, a todos aquellos reconocidos por los tratados que revisten jerarquía constitucional”.
Se aclara una y otra vez que “no se trata de un aborto, ni de aborto eugenésico, ni de una suerte de eutanasia, ni de un ser que no es –para excluir la protección de su vida– persona, ni de la libertad de procreación para fundar la interrupción de su vida”.
La sentencia del máximo tribunal conmovió a la abogada de Silvia T., Perla Prigoshin. “Es un fallo que sienta un precedente muy importante. Aunque todo el tiempo está remarcando que no abre la vía para la legalización del aborto, plantea que frente a la inviabilidad del feto hay que priorizar la vida de la madre”, evaluó Prigoshin. Según confió la abogada a este diario, Silvia T. recibió la noticia con “una mezcla de emociones”. “Lo primero que me dijo fue: ‘Nunca pensé que los pobres iban a llegar ahí’. Ella esperaba esta decisión hace tiempo. Pero el hecho de concretarse le significa ir despidiéndose de la panza. Por eso no está contoda la alegría. No obstante, ya tiene la mirada puesta en la inducción del parto”, detalló Prigoshin, quien hoy se comunicará con el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y con los médicos de la Maternidad Sardá, que atienden a la mujer, para ultimar los detalles de la intervención médica.

 

La historia de Silvia T.
Por M.C.

“Siento todo el tiempo el bebé y sé que va a morir”, relató ante la Justicia Silvia T, de 35 años, al fundamentar el recurso de amparo que presentó en noviembre solicitado la autorización para que en la Maternidad Sardá le practicaran un parto inducido a fin de terminar con el tormento de estar gestando una criatura sin cerebro ni calota craneana ni posibilidades de vida extrauterina, según dictaminó el Comité de Bioética del mismo hospital.
Silvia, su marido y la hija de ambos de 12 años viven en un barrio humilde de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora. Hacía diez años que la mujer buscaba un nuevo embarazo. Pero la alegría del hijo en camino se empañó cuando el 17 de octubre, a través de una ecografía, le diagnosticaron la malformación congénita de la criatura y su pronóstico terminal. “A partir de ese instante nos encontramos siendo los protagonistas de una terrible tragedia, sin saber qué hacer con tanto sufrimiento ni cómo enfrentar a nuestra hija con esta angustiante verdad”, contó en una audiencia convocada por la Cámara de Apelaciones de la Ciudad, el 27 de noviembre, para escuchar a las partes involucradas.
Cuando Silvia pidió a los médicos de la Sardá que le adelantaran el alumbramiento, teniendo en cuenta que irremediablemente la criatura moriría, le exigieron una autorización judicial. Presentó el recurso de amparo, pero en primera y segunda instancia se lo denegaron. La esperanza de poner fin a su drama renació con un fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño que, priorizando el daño psicológico que estaba padeciendo, hizo lugar a su pedido. Pero un nuevo escollo se presentó. El asesor general de incapaces de la Ciudad, Roberto Cabiche, apeló la sentencia con el argumento de que “el hecho de que esté enfermo no justifica que se lo saque antes de tiempo para que muera fuera del cuerpo de su madre”. Así el caso llegó a la Corte Suprema, que resolvió habilitar la feria para tratarlo. En su decisión, los ministros del máximo tribunal tuvieron en cuenta un dictamen del procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, que le dio la razón a la madre.

 

Decisiones diferentes

El fallo de la Corte trajo a escena la historia de otras dos familias, con historias similares a la de Silvia T., pero con decisiones diferentes. Una de ellas es la de Mariana y José Luis, a cuya hija le diagnosticaron anencefalia durante el cuarto mes de gestación. Eligieron seguir con el embarazo, “para poder conocerla y disfrutar de ella, aunque sólo fuera por un rato”. “Era una beba que en la panza se movía y pateaba, como cualquier otra –argumentó José Luis–. Murió en nuestros brazos, pero estábamos preparados.”
También Silvio y María del Carmen transitan un embarazo con diagnóstico idéntico. Aunque saben que el bebé no sobrevivirá, han decidido continuar con la gestación, para donar los órganos a otros chiquitos. “Es una opción absolutamente posible desde el punto de vista médico”, señaló a este diario el doctor José Alberto Mainetti. A pesar de la elección que hizo con su esposa, Silvio admite que la situación “es bastante dura”. “Legalmente debería estar contemplada la posibilidad de interrumpir el embarazo, para que cada uno elija la opción que quiera”, reflexionó.

 

Qué es la anencefalia

La anencefalia es una malformación congénita que se desarrolla en el feto durante los primeros meses de gestación. Los médicos la describen como un defecto en el cierre o la formación del sistema nervioso, que desemboca en el desarrollo de un feto sin masa encefálica y sin calota craneana. Aunque estos embarazos llegan a término, el niño carece de posibilidades de sobrevida: muere durante el alumbramiento, o bien en las primeras horas que siguen al parto. El doctor Claudio Chillik, director del CEGyR y especialista en reproducción humana, explicó a Página/12: “La ciencia aún no ha podido determinar fehacientemente las causas exactas por las cuales se produce la anencefalia. Existen medios para reducir el riesgo de gestar una criatura anencefálica, a través del tratamiento de la madre con ácido fólico, pero no existe modo de predecir una malformación de este tipo”.
“Lo importante es realizar un diagnóstico precoz –señala Chillik–, y acompañar a la pareja sea cual sea su decisión.” Para el especialista, el fallo de ayer es “éticamente correcto”, aunque considera que “puede resultar ambiguo, ya que habla de ‘inducir el nacimiento’ para evitar tocar el tema del aborto. Y lo fundamental es que se garantice el derecho de la mujer a tomar esta decisión en cualquier momento de la gestación”.

 

El debate abierto en torno al fallo

Maria Jose Lubertino*.
“Madurez”

“Me parece una medida sumamente auspiciosa, porque es la primera vez que la Corte Suprema se expide sobre los derechos sexuales y de reproducción de la mujer. Lo que se debe destacar es la prioridad que se le otorga a la salud de la mujer, como un derecho humano básico. Sobre todo, considero ejemplar el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Capital Federal, donde no sólo se hace lugar al pedido de esta mamá, sino que también se señala que es innecesario que los médicos pidan una autorización judicial para actuar en estos casos. Creo que la sociedad argentina hace rato que está madura como para discutir sobre el aborto, pero antes me parece que sería adecuado trabajar desde los ámbitos médico, legal y político para que las leyes ya existentes sobre embarazo riesgoso y aborto terapéutico se cumplan.”

*Titular del Instituto Social y Político de la Mujer.


Alicia Oliveira*.
“Concientizar”

“Estoy totalmente de acuerdo con el fallo, considero que lo que se está privilegiando es no sólo la salud de la madre, sino también la salud de toda una familia. No es justo que en los tiempos que corren, con todos los avances de la ciencia, una mujer tenga que soportar semejante tortura física y psíquica. Esto también es un tema de procreación responsable: si los riesgos de gestar un embrión con anencefalia se reducen tomando ácido fólico, entonces es un deber del hospital público proveer de este recurso a todas las embarazadas, además de concientizar a las mamás y a los profesionales sobre la necesidad de un diagnóstico precoz.”

*Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.


Juan Carlos Tealdi*.
“Es positivo”

“Considero que el fallo es positivo, tanto desde el aspecto jurídico como desde el aspecto ético. Se han considerado los derechos del niño y los de la madre como los de dos entidades autónomas, favoreciendo la libre autonomía de la madre. Hubiera sido absurdo que el Estado fallara a favor de proteger los derechos de un feto que no tiene ninguna posibilidad de vida. Ahora bien, en este caso hay un trasfondo fundamental: es necesario un diagnóstico precoz de los casos de malformación congénita, para que la embarazada pueda tomar cuanto antes una determinación sobre la continuidad o no de una gestación que pone en riesgo su salud física y, sobre todo, psíquica.”

*Coordinador del programa de bioética del Hospital de Clínicas.


Presbitero Claudio Sanahuja*.
“Es aceptable”

“Desde el punto de vista de la moral cristiana, el fallo es aceptable, porque la Corte autorizó un procedimiento médico que se usa en casos graves, tanto para la madre como para el hijo. A mi criterio, preserva la vida desde el momento de la concepción, y eso es lo importante, ya que además deja sentado que no se trata de un aborto ni de un aborto eugenésico. He escuchado ya algunas voces que afirman que el fallo sienta precedentes para discutir, en un futuro, la despenalización del aborto: nada más lejano a eso. El fallo opta simplemente por el recurso médico de inducción del embarazo, aceptado por la moral cristiana, con el objetivo de evitar graves daños a la madre o al hijo.”

*Especialista en bioética de la Iglesia.


Haydee Birgin*.
“Gran avance”

“El fallo representa un avance increíble, creo que es la primera vez que se toman en cuenta los derechos humanos de la mujer. Habría que revisar la conducta de todos los jueces que, en distintas instancias, fallaron en contra, porque ¿quién le compensa a esta mujer todo este tiempo de sufrimiento físico y, sobre todo, emocional? Lo importante es que los magistrados han decidido respetar la autonomía de la madre; la independencia de la vida de la madre en relación a la vida del hijo. Sin embargo, me parece que aún estamos muy lejos de que se instale una discusión sobre la legalización del aborto; creo que esta discusión pone en juego otros temas, tal vez más cerca de las discusiones que plantea la eutanasia.”

*Abogada especialista en temas de la mujer.

 

CARMEN STORANI, TITULAR DEL CONSEJO DE LA MUJER
“Consideran la salud mental”

Por M.C.

“Es la primera vez que un fallo de la Corte Suprema tiene en cuenta la salud psíquica de la madre”, destacó ante Página/12 Carmen Storani, abogada y titular del Consejo Nacional de la Mujer. “Someter a la mujer a ser una mera incubadora hubiera profundizado la tortura psíquica que está viviendo”, opinó al celebrar la decisión del máximo tribunal de la Nación.
–¿Considera que la sentencia abrirá la discusión para la legalización del aborto?
–No tengo esa sensación, porque en el fallo los ministros han tenido mucho cuidado de aclarar que no autorizan un aborto (sino la inducción de un parto) y que se oponen a una intervención quirúrgica de ese tipo. Lo que sí puede abrir la sentencia es el debate público de lo que está ocurriendo en el país con los abortos –sabemos que se practican alrededor de 500.000 al año, muchos de ellos en condiciones que ponen en riesgo la salud de la mujer–, para ver cómo se fortalecen los programas de salud reproductiva y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.
–Conociendo las posiciones conservadoras de la mayoría de los miembros de la Corte, ¿esperaba una decisión favorable al pedido de la madre?
–El fallo del Tribunal Superior de la Ciudad, ratificado por la Corte, está muy bien fundamentado. Por esa razón, estaba casi segura de que la posición de la Corte sería favorable.
–¿Cuáles aspectos destaca de la sentencia?
–Por primera vez la Corte pondera derechos humanos y fundamentalmente tiene en cuenta la salud de la mujer, para evitar un mayor daño psíquico equiparable a la tortura. Ponderar el sufrimiento psíquico es muy importante, porque la Corte considera a la salud mental de la mujer como un bien jurídico a tutelar. Este aspecto es transformador.
–A partir de este fallo, otra mujer que esté gestando un feto anencefálico ¿podrá solicitar la inducción al parto en los hospitales públicos sin necesidad de recurrir a la Justicia?
–Vamos a ver qué pasa. Pero sería importante que las autoridades sanitarias de la Ciudad tenga en cuenta este fallo y dicten normativas más claras relacionadas con la anencefalia, para que los médicos no exijan la autorización judicial.
–¿Si en lugar de siete meses, la mujer que presentó el amparo estuviera en el cuarto o quinto mes de embarazo, la decisión de la Corte hubiera sido la misma?
–No lo sé. Tengo dudas.
–A raíz de este caso, se conoció otra situación semejante en la que el matrimonio decidió llevar a término el embarazo para donar los órganos de la criatura anencefálica. ¿Qué opina al respecto?
–Es profundizar la tortura psíquica de la mujer. Someterla a ser una mera incubadora para que simplemente esa criatura salga de su panza y se donen sus órganos no me parece lo más adecuado. Sería sumamente cruel obligarla a llevar a término un embarazo de un feto anencefálico. No me parece ético y se estarían vulnerando sus derechos humanos.

 


 

STELLA MARTINEZ, ABOGADA ESPECIALISTA EN BIOETICA
“Es un fallo trascendente”

Por M.C.

“El fallo es muy prudente. Ni siquiera abre el debate para la legalización del aborto en los casos de embriones anencefálicos, algo que a nivel internacional está bastante aceptado”, analizó, en un reportaje con Página/12, Stella Maris Martínez, profesora de bioética de la UBA y miembro de la comisión directiva de la Asociación Argentina de Bioética. Para la abogada, la sentencia sienta un importante precedente: “Al hacer lugar al amparo (presentado por la madre) está diciendo que en casos como éste los médicos deben actuar sin necesidad de pedir autorización judicial alguna”, evaluó.
–¿Qué trascendencia puede llegar a tener la sentencia de la Corte?
–Se va a reconocer el derecho de la mujer como persona y no como mera gestante. Es una perspectiva interesante de género. No se va a entender que la mujer está obligada a aceptar el embarazo con todas sus consecuencias aún más allá de todo razonamiento lógico. Hasta este momento, automáticamente cuando una mujer estaba embarazada se convertía en una máquina reproductora que perdía todos los derechos frente al niño por nacer. Incluso se cuestionaba el derecho de la madre a un aborto eugenésico, cuando su vida corría peligro. Haciendo uso de los documentos de derechos humanos que reconocen la prohibición de discriminar a la mujer por su condición de tal, se la ubica en una posición también de sujeto de derecho.
–¿Sienta jurisprudencia con relación al aborto?
–De ninguna manera. Técnicamente ningún juez va a permitir un aborto sobre la base de este fallo. La sentencia ni siquiera abre el debate para la legalización del aborto de los embriones anencefálicos, algo que a nivel internacional está bastante aceptado. Tal vez permita avanzar teóricamente en supuestos semejantes, pero en estadios más tempranos. Pero nadie va a apoyarse en este caso para el aborto de anencefálicos.
–Desde el punto de vista bioético, ¿cuál es la importancia de la sentencia?
–Es trascendente porque es la primera vez que un tema de esta magnitud, que es el nudo de la bioética, se llega a discutir en la Corte Suprema. Afortunadamente ganan espacios cuestiones que tienen que ver con temas elementales de la vida: el embrión, la vida, la muerte. Más allá de que creo que no deben ser cuestiones judicializables, es muy positivo que ante un caso que se judicializó –desde mi punto de vista innecesariamente–, el máximo tribunal de la Nación haya resuelto como lo hizo. Pero hay otro aspecto importante. Un amparo se presenta cuando una persona reclama porque un órgano del Estado no está cumpliendo con una prestación. Al hacer lugar a este amparo, la Corte está diciendo que en casos como éste, los médicos deben actuar sin necesidad de pedir autorización judicial alguna.

 

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