Por
Cledis Candelaresi
José
Luis Machinea corre serio riesgo de tener que afrontar en el próximo
ejercicio una erogación superior a los 120 millones de pesos, no
prevista en ningún renglón del Presupuesto. El peligro se
origina en un reciente dictamen de la Procuración General de la
Nación, que recomienda a la Corte Suprema de Justicia revocar un
fallo adverso a una ex empresa del grupo Yabrán, habilitándola
a cobrar del Estado una indemnización por aquel monto. La historia
es intrincada y el punto de partida lejano: un contrato que Encotel le
rescindió en 1985 a Villalonga Furlong, compañía
que a fines de 1997 compró el Exxel Group. Días atrás,
el procurador Nicolás Becerra hizo su aporte para que el engorroso
proceso tenga un final, en apariencia prometedor para quien haya retenido
los derechos judiciales del desaparecido Cartero. No se trataría,
en este caso, del fondo inversor que preside Juan Navarro.
Encotel, nombre que tuvo el correo estatal hasta principios de los 90,
rescindió unilateralmente un contrato con la firma postal Villalonga
Furlong para que ésta le trasladara correspondencia de un lugar
a otro del país. La decisión oficial estuvo fundada, simultáneamente,
en dos razones. Una: hubo irregularidades en la propia licitación
para adjudicar el servicio. Dos: la empresa sindicada como del grupo Yabrán
violó reiteradamente el contrato. Ambas transgresiones están
precisadas en detallados informes pertenecientes a organismos públicos
de contralor.
La rescisión del contrato fue el comienzo de una encarnizada pelea
judicial que Villalonga Furlong inició para demandar un resarcimiento,
ya que la ex empresa pública había frustrado su derecho
a realizar un negocio que aparentaba ser muy provechoso. Según
una de las principales recriminaciones oficiales, Villalonga inició
la prestación sin siquiera tener disponible la cantidad de coches
comprometidos, encareció repentinamente las tarifas y se negó
a realizar los recorridos que consideraba menos rentables aunque
había asumido la obligación de hacerlo entre otras
faltas. Incluso, la propia Sindicatura General de la Nación por
entonces Sigep y los servicios internos de control del correo constataron
una irregularidad previa, imputable no ya a la empresa sino a los funcionarios
responsables de contratarla: se había alterado una foja en el pliego
de licitación para que lo que debía ser una contratación
circunstancial se transformara en un acuerdo con una duración mínima
de cinco años.
Villalonga tuvo un aliciente cuando en 1996 la jueza Susana Córdoba
de Anderson, en primera instancia, le reconoció el derecho a ser
indemnizada, aunque no en los montos pretendidos. En agosto del 99,
cuando la empresa privada de correspondencia ya había sido comprada
por el Exxel junto a otras firmas de Yabrán, la Cámara de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal se pronunció
en sentido contrario, alimentando las esperanzas del Gobierno de eludir
un pago millonario. El tribunal rechazó las pretensiones de la
empresa y hasta le impuso pagar las costas del juicio.
Lejos de resignarse, los abogados de la ex permisionaria del Correo elevaron
un recurso de queja ante la Corte Suprema que, a su vez, demandó
una opinión del procurador de la Nación. Basado en un singular
razonamiento, Becerra cierra ahora el círculo aconsejando al Supremo
Tribunal que ordene una revisión del último fallo adverso
a Villalonga. Según el documento al que accedió Página/12,
la pretensión de nulidad del acto de adjudicación,
luego de haber defendido extensamente la legalidad de su acto de rescisión
la coloca en contradicción con sus propios actos. En otros
términos, los abogados públicos habrían cometido
el error de justificar la decisión estatal de rescindir un contrato
vulnerado, cuando, en realidad, éste no era válido porque
la licitación había sidoirregular. Ahora, la última
palabra la tienen los jueces de más jerarquía del país.
|