Por Horacio Verbitsky
Todavía bajo el impacto
nacional e internacional de la declaración de nulidad de las leyes
de Punto Final y de Obediencia Debida, la Cámara Federal de Mendoza
inició ayer las audiencias en el Juicio por la Verdad y tomó
declaración como testigo al jefe de la Brigada de Infantería
de Montaña VIII, general de brigada Mario Chretien. En estos juicios
se procura determinar el destino de las personas desaparecidas durante
la dictadura militar, en cumplimiento de obligaciones internacionales
de la Argentina. Comenzaron en la Capital y luego se fueron extendiendo
a La Plata, Córdoba, Bahía Blanca, Santa Fe, Mar del Plata,
San Martín, Tucumán y ahora Mendoza. Chretien fue instructor
en el Colegio Militar de la Nación entre 1976 y 1978, y como capitán
estuvo destinado en el Regimiento de Infantería de Montaña
16 de Uspallata de 1979 a 1980 y en la Escuela Superior de Guerra de 1981
a 1983. Durante esos siete años dijo que nunca tuvo conocimiento
de la existencia de actividades ilegales, centros clandestinos de detención
o personas desaparecidas. Tampoco vio elementos de tortura, ni supo que
se hubieran ordenado interrogatorios bajo tortura. La falta de colaboración
castrense para el esclarecimiento de los hechos ha sido una constante
en todos los juicios de la verdad. El Jefe de Estado Mayor del Ejército
Ricardo Brinzoni brindó su respaldo a los oficiales y suboficiales
que en Bahía Blanca y Córdoba incluso se negaron a declarar.
En esos casos se trataba de retirados que habían participado en
los hechos investigados, a diferencia de Chretien, quien no fue acusado
de nada.
El presidente del tribunal, Luis Francisco Miret, dijo a la prensa que
en su jurisdicción no se había recibido ninguna solicitud
de nulidad de las leyes que impidieron la continuación de los juicios
penales iniciados en 1984. En ese caso deberíamos estudiar
si somos competentes, dijo. Chretien, quien antes de ascender a
general fue secretario asistente del ex Jefe de Estado Mayor Martín
Balza, recorrió en un auto de la Cámara Federal las dos
cuadras que separan a la Brigada de los Tribunales, juró decir
la verdad y prestó declaración a la chilena: a puertas cerradas
y con una custodia de la policía federal. El abogado Pablo Salinas,
del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos de Mendoza, quien
representa a los familiares de dos docenas de víctimas, sostuvo
que Chretien no aportó nada interesante para la causa, a
la mayoría de las preguntas dijo que desconocía lo que sucedió
en la Brigada y que todas las órdenes y circulares de ese período
fueron incineradas. Agregó que la Cámara no le había
preguntado si había personal del Ejército en actividad
o con destino actual en la brigada que hubiera participado en la desaparición
forzada de personas. Según Salinas no se lo citó
porque hubiera participado en alguna actividad ilegal sino como general
de la brigada en la actualidad. También se le preguntó si
vio, escuchó, o habló en alguna reunión con algunos
oficiales sobre actividades de este tipo y dijo no tener conocimiento.
Además de Miret y de los camaristas Otilio Romano, Antonio Endeiza,
Julio Petra y Carlos Pereyra González, participaron de la audiencia
el defensor oficial Héctor Cortez y la fiscal de Cámara
Susana Balmaceda. El abogado Salinas se manifestó sorprendido
por la notificación de un día para otro de esta audiencia.
Esta es la primera citación por lo tanto se puede considerar que
se han abierto los procedimientos por el juicio por la verdad en Mendoza.
Al general se le adelantaron las preguntas que le iban a realizar y el
podía elegir presentarse o responder por escrito, agregó.
El presidente de la Cámara dijo que apreciaba la presentación
personal como un gesto, un modo de colaborar en este proceso.
El contenido de las respuestas no corrobora esta apreciación sobre
un aspecto meramente formal. Según Miret el tribunal está
tratando de hacer lo posible para encontrar los cuerpos de las personas
detenidas que luego pasaron a ser desaparecidas, definición
más bien restrictiva del objeto de los Juicios de la Verdad. Respecto
de documentación sobre la época, Chretien dijo que los reglamentos
ordenan incinerar todas las circulares cada cinco años y que él
los ha cumplido. Agregó que tampoco existen inventarios o listados
del material quemado. En cambio sí presentó documentos según
los cuales en dos inspecciones ordenadas por el Estado Mayor del Ejército
se comprobó que en la Brigada no existía ningún libro,
registro, anotación, o documento alguno que se refiera a personas
detenidas desaparecidas. La última fue el año pasado.
Lamentablemente como fuente de información el señor
general (sic) no pudo decirnos mucho, porque no ha tenido actuación
por una cuestión de edad y de grado en aquella época triste
de la llamada lucha antisubversiva o llamada también terrorismo
de estado. El no tuvo ninguna participación según nos ha
dicho bajo fe de juramento, explicó el camarista Miret. Pese
a ello se declaró satisfecho con las respuestas del general
porque declaró bajo fe de juramento y aportó lo que él
sabe. Yo creo que contestó con veracidad pero es muy poca la información
que nos puede traer respecto de cosas de las que él no ha sido
testigo. Miret explicó que prevén realizar muchas
audiencias testimoniales, citando a las personas que soliciten las
partes intervinientes, para averiguar el destino de estas
personas llamadas desaparecidos. No sé a qué vamos a llegar
pero, vamos a tratar de obtener la verdad de lo sucedido. Cuando
le preguntaron por qué la audiencia se había producido a
puertas cerradas dijo que no habían recibido ningún pedido
para que fuera pública o abierta a los medios de comunicación.
En lo posible no queremos que los militares sean sometidos a una
penuria o a algo desagradable cuando vengan a declarar para que nos digan
lo que saben.
¿A qué se refiere?
A un escrache contestó Miret.
El señor general se retiró por el ascensor de los magistrados
hasta el garage donde lo aguardaba su coche y volvió a la sede
de su Comando sin formular declaraciones.
(Informe: Emilio Vera Da Souza)
Ferviente
apoyo a Cavallo
La decisión del juez
federal Gabriel Cavallo de declarar nulas, inválidas e inconstitucionales
las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida merecerá el ferviente
apoyo del Senado de la Nación si el cuerpo aprueba un proyecto
de declaración presentado por el riojano Jorge Raúl Yoma.
Con esta decisión se rescata el principio de la universalidad
en la persecución penal de los delitos de lesa humanidad; se aporta
una dosis de aire fresco a la Justicia argentina, al descorrer el manto
de olvido establecido por esas leyes y se afianza el sistema democrático,
el cual no puede crecer sobre la impunidad de crímenes aberrantes.
Ya se había pronunciado en respaldo de la decisión de Cavallo
el presidente del bloque de diputados nacionales del PJ, Humberto Roggero.
El justicialismo fue la fuerza política más perseguida por
la dictadura militar.
Las leyes de impunidad fueron derogadas en marzo de 1998 por consenso
entre el PJ y la Alianza. Según Yoma, se cumplió entonces
con un deber moral pero sin establecer mecanismos para que se reanudaran
los juicios interrumpidos. Con sentencias como ésta,
agrega, la Justicia argentina le ha ganado al parlamento en el camino
de dar respuesta al reclamo social de poner fin a las situaciones de olvido
e impunidad construidas al amparo de la legislación cuestionada.
Esas leyes violaron el artículo 29 de la Constitución Nacional
y por lo tanto están viciadas de nulidad absoluta en su origen.
Con la consagración del derecho penal internacional, la mayoría
de los estados ha entendido que determinadas conductas, por su gravedad
y carácter lesivo de los derechos de la humanidad en su conjunto,
revisten una criminalidad sin fronteras cuya punición no puede
quedar sujeta a la ley penal del lugar en que se realizaron. El derecho
de gentes se ha consolidado con el fin de evitar la impunidad de hechos
llevados a cabo por el poder estatal o con su consentimiento, circunstancias
en que el orden legal local podía ser modificado a fin de que tal
proceder se encontrare amparado por las leyes. Compartimos pues, que el
ius cogens establece una responsabilidad penal individual que puede surgir
no sólo de normas de carácter interno sino también
de reglas imperativas para la comunidad internacional, concluye
el proyecto de Yoma.
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