La Cámara de Diputados le dio ayer media sanción al proyecto
que deroga el doble cómputo para los procesados que estén
más de dos años con prisión preventiva sin sentencia.
La eliminación de la cláusula conocida como del dos por
uno fue rápida, después de un acuerdo que involucró
a la Alianza, el PJ, el cavallismo y los partidos provinciales, y no fue
unánime sólo porque se abstuvieron los cuatro legisladores
del socialismo y la diputada Alicia Castro, del Frepaso. Los diputados
mantuvieron las garantías establecidas por el Pacto de San José
de Costa Rica, para que la detención sin sentencia no exceda plazos
razonables, y ratificaron que un procesado no puede estar más
de dos años extensible a tres con prisión preventiva
sin sentencia. Como mecanismo de control, se establece un sistema por
el cual los jueces deberán informar al Consejo de la Magistratura
los motivos de las demoras. Los jueces que incurran en demoras injustificadas
pueden ser pasibles de sanciones administrativas y hasta de un juicio
político, explicó el diputado Franco Caviglia, de
Acción por la República, impulsor de la incorporación
de ese mecanismo.
La ley 24.390, conocida como del dos por uno, fue sancionada en noviembre
de 1994. Nació como una suerte de reparación para la inmensa
cantidad de detenidos con causas demoradas y para descomprimir una situación
explosiva en las cárceles: su sanción permitió levantar
un motín que mantenían 5.000 presos en todo el país.
También pretendía acelerar los procesos judiciales.
Ninguno de esos objetivos se cumplió: hoy hay 10.000 detenidos
más que en 1994 y en la provincia de Buenos Aires según
datos del Servicio Penitenciario Bonaerense el 82 por ciento de
la población carcelaria son procesados, es decir, no tienen sentencia
firme. Y en los últimos años se hizo evidente una distorsión
que provocó la ley, al hacerse públicos casos de delitos
cometidos por personas que habían sido condenadas y recuperaron
su libertad en virtud de la aplicación del doble cómputo.
La ley, al final, terminó licuando las penas, sintetizó
Dámaso Larraburu (PJ), vicepresidente de la Comisión de
Legislación Penal.
El consenso para la sanción de la reforma se había logrado
el martes, en un encuentro entre representantes de todos los bloques con
el ministro de Justicia, Jorge de la Rúa. Pese al acuerdo, en el
debate de ayer no estuvo ausente la especulación política:
los diputados justicialistas bonaerenses intentaron capitalizar como un
triunfo propio la eliminación del doble cómputo.
La gota que rebasó el vaso fue la exposición de la diputada
Mabel Müller, cuando dijo que sería injusto que se dijera
que soy la triunfadora de la derogación. La respuesta llegó
por boca de la radical Margarita Stolbizer, quien dijo que la Cámara
se estaba haciendo cargo de un problema de la provincia de Buenos
Aires, que es la que más presos aporta a las cárceles.
El proyecto con media sanción será girado hoy al Senado
y podría convertirse en ley la semana próxima. La norma
no tendrá efecto retroactivo: se aplicará a las personas
que sean procesadas a partir de su publicación en el Boletín
Oficial. Por lo tanto, el beneficio del doble cómputo rige para
todos los que hoy están en prisión.
El justicialismo pretendía derogar toda la norma. Contaba con el
apoyo de los partidos provinciales. El Gobierno, a través de un
proyecto del secretario de Justicia, Melchor Cruchaga, quería limitar
el beneficio a los delitos con penas menores a los 15 años de prisión,
y sólo contabilizando el plazo hasta la sentencia de primera instancia.
El Frepaso desequilibró la balanza, al proponer la eliminación
del doble cómputo, que terminó distorsionando el sistema
de penas, según el diputado Ramón Torres Molina.
En el consenso se incorporó una propuesta del cavallista Franco
Caviglia: la creación de un registro de los imputados con más
de dos años cumpliendo prisión preventiva, y con los que
recuperen la libertad en virtud de esta ley. El registro será elaborado
por el Consejo de laMagistratura, a partir de los informes que deben enviar
los jueces cuando se excedan en los plazos previstos por la ley. Tendrán
un plazo de 48 horas para explicar por qué no llegaron a una sentencia
en el plazo establecido.
RICARDO
GIL LAVEDRA, EX MINISTRO DE JUSTICIA
Son medidas demagógicas
Por Mariana Carbajal
Es necesario que los gobernantes
no hagan política con el problema de la inseguridad. Proponen medidas
demagógicas sin atacar la cuestión de fondo. Lo que falta
es la implementación de una necesaria reforma judicial, opinó
el ex ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra, al ser consultado sobre
la derogación del llamado dos por uno.
¿Está de acuerdo con la derogación del doble
cómputo?
Había una gran indignación por la aplicación
irracional que hizo de la ley y en consecuencia había un fuerte
reclamo de la sociedad para derogarlo. En ese sentido, la gente se sentirá
satisfecha. Pero es engañoso pensar que a partir de la aplicación
de esta reforma van a bajar automáticamente los índices
de delincuencia. El problema de la criminalidad no sólo tiene que
ver con las dificultades económicas sino con una grave crisis del
sistema judicial. La cuestión de fondo es que los procesos judiciales
deberían terminar en un tiempo rápido.
Esta ley fue concebida para acelerar los procesos y descomprimir
la superpoblación carcelaria. ¿Por qué falló?
Falló en algunas jurisdicciones, sobre todo en la provincia
de Buenos Aires, donde se la aplicó hasta con recursos extraordinarios.
La aplicación correcta es hasta la primera instancia. La gente
está indignada con razón porque muchos delincuentes recibieron
este beneficio en forma abusiva. Al mismo tiempo los procesos siguieron
dilatándose.
¿Por qué se siguen dilatando?
Porque en nuestro país en materia criminal todas las soluciones
propuestas son parciales. Existe un derecho humano a la seguridad. El
Estado tiene la obligación de proteger a la población, pero
generalmente se hace política con eso proponiendo medidas demagógicas,
pero sin atacar la cuestión de fondo. Falta una necesaria reforma
judicial. No existe una solución mágica. Es necesario que
los gobernantes no hagan política con la seguridad.
¿Qué debería incluir una reforma judicial?
Hay que profundizar el sistema acusatorio, es decir, que la acusación
esté a cargo de los fiscales. Por otra parte, hace falta un mayor
control del rendimiento judicial.
¿La lentitud de los procesos tiene que ver con falta de presupuesto
en el Poder Judicial?
Hace falta mejorar la calidad del gasto. La provincia de Buenos
Aires realizó de modo conjunto una reforma judicial y policial
con una implementación, a mi modo de ver, inadecuada, que trajo
una situación de crisis en la aplicación de justicia. Es
paradójico, pero las estadísticas oficiales a nivel nacional
indican que mientras la tasa de criminalidad violenta ha aumentado, la
tasa de sentencias condenatorias ha disminuido.
¿Qué propone para revertir esa ecuación?
Es necesario perseguir los delitos más graves y que reciban
una sanción adecuada, dejar la investigación en manos del
ministerio público, buscar penas alternativas en los delitos menores.
Esto en relación con la cuestión criminal. Pero no se pueden
bajar los índices de delincuencia con una tasa de desempleo y un
nivel de exclusión alto, con problemas en el nivel educativo, y
una adolescencia sin contención. Las estadísticas muestran
que baja cada vez más la edad del victimario. La derogación
del dos por uno podrá calmar la indignación de la gente,
pero ninguna medida aislada solucionará el problema de la delincuencia.
LUIS
NIÑO, JUEZ Y PROFESOR DE CRIMINOLOGIA
Perjudicará a los perejiles
Por M.C.
Se podría haber
hecho un retoque más inteligente y más eficaz a la ley del
dos por uno: fijando que la sentencia de primera instancia suspenda el
cómputo doble. Esta reforma perjudicará a los perejiles
involucrados en causas complejas, pero con una participación secundaria,
consideró el juez Luis Niño, profesor de posgrado de derecho
penal, procesal y crimonología, en una entrevista con Página/12.
¿Cómo recibió la reforma de la Ley 24.390?
No estoy de acuerdo con que el hilo se corte siempre por lo más
delgado. Esa ley nació como una reglamentación de un artículo
de la Convención Americana de Derechos Humanos que tiene
jerarquía constitucional para tratar de impedir que personas
en estado de inocencia, como son todas las que no tienen una sentencia
firme, sean mantenidas bajo una prisión preventiva. ¿Qué
ocurrió? La morosidad judicial en algunas circunscripciones, en
particular en la provincia de Buenos Aires (no sólo en primera
instancia, sino también en la segunda y a nivel de la Corte Suprema
provincial), mantuvo el aletargamiento de los procesos, dando lugar a
una frecuente aplicación del doble cómputo a partir del
segundo año de prisión preventiva. Pero la solución
que acordaron la mayoría de las bancadas se limita a poner en la
cabeza del juez la obligación de comunicar al Consejo de la Magistratura
las razones por las cuales prosigue la causa en trámite, con lo
cual se corre el riesgo de que esa comunicación se transforme en
una mera formalidad, y se desvirtúe el espíritu de la cláusula
del dos por uno que es el derecho de toda persona a ser juzgada dentro
de un plazo razonable.
¿Esa obligación para los jueces no puede funcionar
como un incentivo para acelerar los procesos?
Dispositivos procesales similares ya existieron en otros códigos
procesales del país, ya derogados, y muchas veces acabaron desvirtuados
en la práctica: o no se cumplían o se cumplían como
un mero formalismo.
El espíritu del dos por uno ya se había distorsionado.
Los presos alargaban con chicanas judiciales los procesos porque les convenía
seguir procesados en lugar de tener una sentencia firme, para poder reclamar
la libertad antes del fallo.
Es cierto. Pero se podría haber hecho un retoque más
inteligente y más eficaz: que la sentencia de primera instancia
suspendiera el cómputo doble.
¿A quiénes va a perjudicar esta reforma?
A los perejiles involucrados en causas complejas, pero cuya participación
sea menor o secundaria. Si se prolonga el proceso, todo quedará
reducido a una comunicación al Consejo de la Magistratura y quedarán
detenidas personas con acusaciones menores.
¿Qué influencia puede tener en el índice de
delincuencia?
Ninguna. La única influencia para bajar la criminalidad es
el mejoramiento de las condiciones de promoción individual y social
de los ciudadanos, con políticas que tiendan al pleno empleo y
a la reactivación de la producción.
¿Cómo se puede terminar con la morosidad judicial?
Con mejores recursos humanos, técnicos y materiales. Por
una vez se debe tomar a la Justicia seriamente como uno de los poderes
del Estado. Su presupuesto suele redondear apenas el uno por ciento del
presupuesto nacional.
Un
cambio de opinión al pasar de juez a político
El ministro de Justicia de Ruckauf, Jorge Casanovas, es
un duro crítico de la ahora derogada ley del dos por uno. Pero
cuando era juez, la defendía exaltado por su �humanismo�. Aquí,
el fallo donde dejó expuesta esa postura.
Jorge
Casanovas se expidió a favor del 2x1 para un condenado.
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Por
Carlos Rodríguez
Contabilizar
en favor del penado los días que estuvo privado de su libertad
bajo el régimen preventivo más allá de los dos años
responde a exigencias de equidad que parten de los principios de igualdad
y de unidad en la respuesta punitiva del Estado. Vueltas de la vida
mediante, el exaltado párrafo en defensa de la aplicación
a rajatabla de la ley 24.390, de dos por uno, fue firmado
sin empacho por el hoy ministro de Justicia bonaerense, Jorge Osvaldo
Casanovas, devenido luego en acérrimo detractor de la misma normativa
legal. El dictamen, que data del 16 de agosto de 1995, fue producido cuando
Casanovas era juez de la Cámara Nacional de Casación Penal
y sirvió para abonar el respaldo a la aplicación del beneficio
de esa ley al detenido Roberto Carlos Molina, sobre quien para colmo
de la contradicción pesaba una sentencia condenatoria firme.
La opinión de Casanovas, compartida y suscripta juntamente con
los jueces Eduardo Rafael Riggi y Guillermo José Tragant, fue emitida
en ocasión de un plenario de la Cámara Nacional de Casación
Penal, convocado precisamente para determinar si el dos por uno debía
aplicarse también a los condenados con sentencia firme. Trece jueces,
entre ellos Casanovas, declararon por mayoría, aunque con distintos
argumentos jurídicos, que la ley 24.390 resulta también
de aplicación a las personas que se hallan privadas de libertad
en virtud de sentencias condenatorias firmes.
La opinión conjunta de Casanovas, Riggi y Tragant está transcripta,
en forma completa, en los Cuadernos de Doctrina y Jurisprudencia
Penal, Año II, números 1 y 2, publicado por Editorial
Ad-Hoc. El dictamen conjunto, por partir del plenario de jueces de la
Cámara de Casación, tuvo una enorme significación,
ya que fijó jurisprudencia en su momento sobre la extensión
del beneficio a los condenados con sentencia firme.
El ministro que hoy dice que el dos por uno les dio las llaves de
los calabozos a los presos, opinaba lo contrario cuando era juez.
En definitiva decía en 1995, se trata de un beneficio
consistente en la compensación que hace el Estado a todos aquellos
sujetos que sufrieran detención o prisión preventiva, sin
distinción, por el hecho de haber permanecido privado de su libertad,
sin sentencia firme, más allá del plazo en que razonablemente
debió haberse puesto fin al encarcelamiento provisorio.
Casanovas criticaba también la morosidad de la Justicia: Estos
retardos perjudican no sólo al detenido sino también y
singularmente a la eficacia de la administración de Justicia
en su conjunto. Y todavía iba más lejos en el cuestionamiento:
El abuso de una prisión provisional ilegítima por
su prolongación exagerada opera funcionalmente como una pena anticipada,
como una sanción previa al juicio en un modo de realización
directa del Derecho Penal.
Para ese ejercicio abusivo de la prisión preventiva,
el hoy ministro exigía una compensación adecuada como
la señalada, en alusión al dos por uno. Y recalcaba
con referencia a la norma legal: No vulnera el principio de seguridad
jurídica con que se argumenta en esbozo de refutación
a su aplicación efectiva. Así aludía a los detractores
de entonces, con los que hoy comparte tribuna. Casanovas defendía
la aplicación del cómputo especial si es que no se
quiere punir doblemente, con cristalina afectación al principio
de legalidad.
RECHAZARON
DURAMENTE DECLARACIONES DEL GOBERNADOR
La Corte se enojó con Ruckauf
A partir de sus
declaraciones altisonantes, Carlos Ruckauf sigue cosechando repudios:
la Suprema Corte de Justicia bonaerense, en una acordada de los nueve
jueces que la integran y el procurador general, se pronunció en
contra de la propuesta del gobernador de remover a jueces y fiscales a
través del voto popular y consideró al mecanismo extraño
a la forma representativa de gobierno vigente en el país,
además de hacer un llamado de atención para que las
instituciones de la democracia no sean expuestas a la liviandad de proyectos
y manifestaciones apresuradas.
Todo comenzó el primero de marzo, cuando en la apertura del parlamento
provincial, Ruckauf propuso remover con el voto popular a jueces
y fiscales que, por actitudes excesivamente garantistas, permiten la libertad
de los delincuentes. La reacción desde el Poder Judicial
no se hizo esperar: al otro día, el Colegio de Magistrados bonaerenses
hizo público su enérgico repudio y consideró
injusta la imputación de atribuirles (a jueces y fiscales) la
defensa de los delincuentes, siendo que la política criminal es
de resorte exclusivo del Poder Ejecutivo.
La Corte provincial se sumó al rechazo, a través de una
acordada unánime de todos los jueces y del procurador general:
Este Tribunal considera que la provincia tiene suficientemente organizados
los modos de enjuiciamiento de magistrados, conforme las exigencias, responsabilidades
y garantías del sistema republicano, dice el comunicado,
y sostiene que la revisión y control de las decisiones judiciales
está sujeta a mecanismos constitucionales y legales correspondiendo
a las instancias propias del Poder Judicial.
La Corte dijo que juzgar la eficacia de la actividad jurisdiccional
mediante mecanismos de control popular es extraño a la forma representativa
de gobierno vigente en el país.
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