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LA REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A OPERACIONES BANCARIAS DEJA DUDAS
La aspiradora se enciende el martes

En su complejidad, el decreto reglamentario del impuesto a los débitos y créditos bancarios deja abierta su aplicación a casi cualquier pago, incluso en efectivo. Exenciones y tasas diferenciales.

Alícuota: La tasa general del impuesto será inicialmente del 2,5
por mil y determinados contribuyentes gozarán de una tasa preferencial del 0,75 por mil.

En un texto de confuso articulado, que dará lugar a más de una interpretación, el Poder Ejecutivo reglamentó el impuesto a las transacciones en cuentas corrientes, que entrará en vigencia a partir del 3 de abril y también alcanzará a determinadas operaciones que se realicen en efectivo. A la exención a las acreditaciones y retiros por pago de remuneraciones de sueldos, jubilaciones o pensiones, se le agregan las correspondientes a operaciones de los mercados de valores y cereales, las transferencias entre cuentas de un mismo titular, el pago de las prestaciones de las AFJP, operaciones específicas de los fondos comunes de inversión y de las empresas de servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas, y los créditos en cuenta corriente originados en préstamos bancarios y adelanto de fondos por descuento de valores (pagarés, facturas, cheques al cobro, etc.).
La definición del alcance del impuesto, establecido en el artículo 2º del anexo al decreto reglamentario, es tan amplia que prácticamente no dejaría operación de pago sin estar gravada. El artículo mencionado establece, en su inciso b), que se considerarán alcanzados por el gravamen “todos los movimientos o entregas de fondos, propios o de terceros –aun en efectivo– que cualquier persona, incluidas las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, efectúe por cuenta propia o por cuenta y/o a nombre de otra, cualesquiera sean los mecanismos utilizados para llevarlos a cabo, las denominaciones que se les otorguen y su instrumentación jurídica”. Resulta difícil imaginar alguna operación de pago o de cobro que no quede abarcado por esta definición amplia, que sólo se salvaría del impuesto si estuviera incluida en las exenciones (detalladas más abajo).
Conforme a este texto, ni los depósitos y retiros en caja de ahorro quedarían al margen del impuesto, como tampoco el pago de la cuenta en el almacén. Antes del martes 3, la reglamentación seguramente será sometida a revisión y corrección.
El decreto reglamentario ratificó lo ya adelantado 24 horas antes por el secretario de Hacienda, Jorge Baldrich: la tasa general del impuesto será inicialmente del 2,5 por mil y determinados contribuyentes gozarán de una tasa preferencial del 0,75 por mil. Estos serán:
Corredores y comisionistas de granos y consignatarios de ganado;
Entidades que operen sistemas de cuentas electrónicas por Internet o sistemas de tarjetas de crédito y/o compra (emisores), pero en este caso únicamente por los pagos a los establecimientos (comercios) adheridos;
Las entidades financieras, agentes de bolsas, corredores y casas de cambio por los débitos y créditos en cuentas corrientes a su nombre, por el pago o cobranza derivados de sus operaciones de intermediación y servicios.
En tanto, se declaran exentos en el decreto las operaciones siguientes:
Débitos y créditos en cuentas utilizadas exclusivamente en su actividad específica por los mercados de valores y de cereales, cajas de valores, entidades de liquidación y compensación de operaciones autorizadas por la CNV y por los fondos comunes de inversión;
Transferencias de fondos efectuados por cualquier medio, excepto mediante cheques, con destino a otras cuentas corrientes del mismo titular de la cuenta de origen;
Débitos y créditos en cuentas utilizadas exclusivamente en su actividad específica por empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios;
Débitos y créditos en cuentas utilizadas exclusivamente en su actividad específica por las AFJP para el pago de sus prestaciones, las abiertas a nombre de los respectivos fondos y las utilizadas en igual forma por las compañías de seguro de vida y de Retiro.
Débitos y créditos en cuenta corriente por las remuneraciones de los empleados en relación de dependencia, jubilados o pensionados;-
Créditos en cuenta corriente originados en préstamos bancarios y adelantos de fondos por descuento de pagarés, facturas, cheques recibidos en cobro, etc.;
La transferencia electrónica de fondos, en tanto no genere débitos o créditos en cuenta corriente bancaria;
Cuentas utilizadas en forma exclusiva por la empresa Correo Argentino SA para realizar pagos por cuenta y orden de las AFJP, Ministerio de Trabajo y la Anses.
El decreto establece que las rendiciones de gestiones de cobranza de cualquier tipo, las rendiciones de recaudaciones y los pagos realizados por las entidades financieras a los establecimientos adheridos a los sistemas de tarjeta de crédito y/o de compra (salvo que sean acreditadas en cuentas corrientes a nombre del beneficiario, en los tres casos) tributarán el 5 por mil.
Según aseguraron fuentes bancarias, “el requisito mínimo de liquidez del dinero que se recaude por el impuesto será muy alto y los bancos deberán liquidarle la recaudación al Estado dos veces por semana, con lo cual no hay un potencial negocio para las entidades, que no cobrarán comisiones por prestar este servicio”. Conforme a los trascendidos, el encaje sobre lo recaudado por el tributo será del 80 por ciento, por lo cual sólo una quinta parte podría ser aplicado como capacidad prestable de los bancos.
La aclaración del sector apunta a desalentar las versiones que indicaban que los bancos podrían hacer un jugoso negocio con fondos del Estado que tendrían a sus arcas sin pagar intereses y podrían colocar, por ejemplo, en el “call” a una tasa altamente atractiva (ayer superaba el 20 por ciento). Por más que las entidades deban liquidar periódicamente la recaudación al fisco, las características del impuesto hace que el fondo se realimente constantemente y, en consecuencia, tenga las características de un recurso de disponibilidad permanente. En cambio, una tasa del 80 por ciento de encaje le impondría una alta inmovilidad.

 


 

LA BOLSA REACCIONO A LA BAJA AL RECORTE DE PODERES
El mercado le puso fin al idilio

Si los movimientos positivos de “los mercados” en el comienzo de la semana se debieron al apoyo al nuevo ministro de Economía y no al tradicional carácter especulativo de los operadores, ayer quedó claro que el idilio con Domingo Cavallo terminó abruptamente. El índice MerVal de las acciones líderes cayó el 2,33 por ciento y el riesgo país se elevó en un 5,1 por ciento. La tasa interbancaria, en tanto, volvió a ubicarse en el 30 por ciento.
El habitual manejo de las tendencias ejercido por los directivos de las calificadoras de riesgo, con su reciente baja de calificación de la deuda local, estuvo entre las explicaciones. Pero como era de esperar, a la hora de las interpretaciones los hombres del mercado atribuyeron los signos “a un plan económico que prioriza el aumento de la carga impositiva por sobre el recorte de gastos y los temores ante un eventual levantamiento de la exención de Ganancias sobre transferencias de títulos y acciones”. Es decir que –según estas peregrinas argumentaciones y a diferencia de lo que ocurre en las principales bolsas del mundo, donde los datos que marcan las tendencias son los de la evolución de la economía real– para los operadores locales todo movimiento que se aparte de la ortodoxia liberal repercute en forma negativa en los indicadores. Esto, a pesar de que los volúmenes transados son prácticamente marginales. Ayer se negociaron apenas 18,2 millones de pesos en acciones y 12,6 millones en bonos.
Así, siempre según los operadores, la anulación del decreto de desregulación de obras sociales y el recorte a la delegación de facultades al Poder Ejecutivo también influyeron en la baja acumulada del 3,63 por ciento en dos jornadas. Sobre 42 acciones operadas, se registraron 3 alzas, 14 sin cambio y 25 bajas.
Los títulos públicos también cotizaron en baja. El índice MBA registró una caída del 1,09 por ciento, con un retroceso del 4,08 por ciento en marzo y del 1,99 por ciento en lo que va del año. Tampoco fueron buenas las noticias en el costo del dinero. La tasa interbancaria volvió a subir hasta ubicarse en el 32 por ciento en pesos y 12 por ciento en dólares.
En tanto, en Wall Street, el índice Dow Jones de las principales firmas industriales, ganó 13,71 puntos, equivalente al 0,14 por ciento, y quedó en 9799,06 y el Nasdaq, mercado electrónico que agrupa a las empresas tecnológicas, bajó 33,56 puntos, el 1,81 por ciento, hasta los 1820,57.

 

Un guiño más desde el Norte

El presidente del Banco Mundial (BM), James Wolfensohn, dijo que es optimista acerca de que las reformas económicas de Argentina y Turquía ayudarán a ambos países a superar sus crisis. “Creo que Cavallo es un hombre muy bueno”, aseguró el australiano que comanda la institución. Wolfensohn se deshizo en elogios a las autoridades turcas, que por estos días acordaron un nuevo programa con el Fondo Monetario con el objetivo de salir de la crisis financiera que golpea al país desde diciembre pasado. Y en particular afirmó que las medidas tomadas por el ministro de Economía turco, Kemil Dervis, fueron “muy positivas”. Consultado por Argentina, respondió: “Yo les daría la misma respuesta sobre Argentina, pero cambio el nombre (del ministro) a español”.

 

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