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SE CALCULA QUE RECAUDARA 4000 MILLONES DE PESOS AL AÑO
El Mingo impuestazo está en marcha

Desde hoy, cada depósito y extracción en cuenta corriente pagarán 2,5 por mil de impuesto. Claves para no pagar de más.

Desde hoy comenzará a regir el Cavallo Tax, el impuesto a los movimientos en cuenta corriente con el que el superministro de Economía intentará recuperar los alicaídos ingresos públicos. Se estima que el gravamen generará ingresos anuales por más de 4000 millones de pesos. Es decir que transferirá del bolsillo de empresas y familias al sector público el doble de fondos que el fallido ajuste de gasto público propuesto por Ricardo López Murphy. El impuesto se potenciará con una medida adicional que también rige desde hoy, la bancarización obligatoria de todos los pagos superiores a los 1000 pesos.
Apenas asumido, Domingo Cavallo anunció su primera medida reactivadora: un generalizado impuesto a las transacciones financieras. El tributo gravará con el 2,5 por mil a la totalidad de débitos y créditos de las más de 3,25 millones de cuentas corrientes que registra el sistema financiero. Así, desde hoy, cualquier depósito o extracción, pago con cheque o débito automático realizado a través de las cuentas corrientes dejará al fisco 2,5 pesos por cada mil.
El Cavallo Tax contará con una medida adicional. Para que ningún movimiento de fondos significativo deje de ser alcanzado por la larga mano de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), todos los pagos superiores a los 1000 pesos deberán efectuarse a través de cheques, tarjetas de crédito, o mediante débitos con otros instrumentos bancarios. Los pagos que se realicen en efectivo no tendrán efecto cancelatorio legal.
La norma contará con algunas excepciones. Además de las operaciones que no se realicen por cuenta corriente, como los plazos fijos y los movimientos en cajas de ahorro, quedarán eximidos los pagos de sueldos, jubilaciones y pensiones, lo mismo sucederá con las extracciones que se realicen de estas cuentas hasta llegar al mismo monto del salario acreditado. Así, la cuenta corriente que reciba el depósito de un sueldo de, por ejemplo, 1500 pesos, estará también exenta de pagar el gravamen por extracciones hasta un importe similar. Los autónomos y monotributistas, al no estar sujetos a relaciones salariales, no podrán beneficiarse de esta exención.
Pero estos ingresos personales no serán los únicos exceptuados. El Gobierno fue permeable a la inmediata reacción de los sectores que se verían más afectados. Así, quedaron fuera de la lista las operaciones de compra y venta de títulos a través de agentes de Bolsa y las transferencias en moneda extranjera desde y hacia el exterior. Lo mismo sucederá con algunas cuentas con grandes movimientos, como las de los mercados de Valores, de Cereales y de Fondos Comunes de Inversión.
También se agregaron a las excepciones las cuentas del Estado en todos sus niveles (nacional, provincial y municipal), las transferencias de los bancos entre sí y con el Banco Central y entre cuentas corrientes de un mismo titular, aunque estén en distintos bancos. Con respecto a este último punto cabe señalar que sí pagarán el impuesto las transferencias entre cuentas corrientes y cajas de ahorro. El objetivo es evitar que las empresas realicen operaciones en caja de ahorro y luego transfieran los importes a cuenta corriente.
Para no afectar los costos de financiamiento se decidió no cobrar el tributo a las acreditaciones en cuenta corriente de los importes de los préstamos y a los adelantos de fondos por descuentos de pagarés, facturas o cheques recibidos al cobro. Tampoco pagarán el impuesto los cobros vinculados con las operaciones de crédito, como los seguros y garantías. Sin embargo, cuando los créditos se cancelen en cuotas no estarán eximidos.
Algunas firmas que por la naturaleza de sus negocios se verían también muy afectadas fueron exceptuadas total o parcialmente. No deberán pagar el tributo las empresas dedicadas al cobro electrónico de facturas de servicios públicos. Los supermercados y las estaciones de servicio abonarán una alícuota menor: el 0,75 por mil. Esta tasa también seráabonada por corredores y comisionistas que operen con entidades financieras, casas de cambio y agentes de Bolsa. Cuando las gestiones de pagos y cobranzas no se acrediten en cuentas corrientes abiertas a nombre de los beneficiarios o mandantes de esas operaciones, pagarán más, el 5 por mil.
Los bancos actuarán como agentes de retención del tributo e informarán al cliente sobre el importe pagado en el resumen mensual. Estas retenciones, en tanto, deberán ser giradas a la AFIP diariamente con tres días de retraso de la fecha de recaudación. El Estado se asegura así una caja diaria y los bancos perderán el juego monetario que les hubiera permitido disponer de estos fondos todo el mes.
Aunque Cavallo había anunciado que el pago del tributo podría descargarse de los pagos de otros impuestos, como IVA y Ganancias, ello no será posible en el corto plazo. Según el ministro: “Por ahora y por varias semanas”.

 

 

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