Por
Eduardo Videla
La
Legislatura porteña inició una carrera contra el almanaque
para cumplir con un mandato de la Constitución de la Ciudad: la
sanción de la Ley de Comunas, que dividirá a Buenos Aires
en un número aún no determinado de territorios, que serán
gobernadas por juntas elegidas por los vecinos. La propia Legislatura
dispuso que el tema fuera tratado el próximo 26 de abril, aunque
la crisis que sacudió el mapa político del país y
la ciudad promete estirar los tiempos. El tema divide al oficialismo:
mientras los radicales quieren fraccionar a la ciudad en 16 comunas, coincidentes
con los actuales Centros de Gestión y Participación (CGP),
el Frepaso está más cerca del criterio de Jorge Argüello
(Encuentro por la Ciudad), que promueve la división en ocho. Lo
cierto es que el tema ni siquiera fue tratado por la comisión respectiva,
lo que hace difícil que se cumpla con lo que establece la Constitución
de la Ciudad, según la cual, este año deben comenzar a funcionar
las juntas comunales.
La creación de las comunas apunta a descentralizar la gestión
política y administrativa, una forma de acercar a los vecinos con
sus gobernantes. Según la Constitución porteña, cada
comuna estará gobernada por una junta, integrada por siete representantes
elegidos en forma directa. Esa junta dice la ley debe estar
integrada en un plazo de cinco años a partir de la sanción
de la Constitución. Pero previamente, una ley debe establecer los
límites de cada territorio y definir sus atribuciones y competencias.
El plazo está prácticamente vencido y la Legislatura recién
se apresta a debatir el tema.
La definición del tema viene a caer en un momento de realineamiento
de fuerzas en la Legislatura. El principal bloque de la oposición,
Encuentro por la Ciudad, se fragmentó: los cinco cavallistas, ahora
identificados con el oficialismo, se abrieron, lo mismo que tres justicialistas,
que armaron su propio bloque.
En la Legislatura hay, por el momento, dos proyectos en carrera: el de
la radical Gabriela González Gass y el del peronista Jorge Argüello.
El Frepaso todavía está consensuando su iniciativa y el
Ejecutivo no se ha pronunciado.
La principal diferencia entre las dos posturas está en el número
de comunas en que se dividirá la ciudad. El proyecto de González
Gass propone la creación de 16 comunas, cuyos límites coinciden
con los actuales CGP. Estos centros, a su vez, han sido conformados respetando
la geografía de las circunscripciones electorales y en algunos
casos agrupan a dos o tres de esas parroquias. La iniciativa de Argüello,
en cambio, agrupa los 48 barrios porteños en ocho territorios diferentes.
Para González Gass, la división en 16 comunas apunta a capitalizar
toda una tarea realizada en cuanto a la búsqueda de consensos políticos
y sociales en cada CGP, argumentó la diputada a Página/12.
Cada distrito debe tener una población no menor a los 150 mil habitantes
y no mayor a los 200 mil.
La de las ocho comunas se sustenta en el criterio de reducir el aparato
burocrático y de agrupar los barrios con similares características
urbanísticas, históricas, sociales y culturales, explicó
Argüello. Para integrar las comunas se aplicó además
un criterio poblacional: cada una tendrá en promedio unos 350.000
habitantes. Es el mismo proyecto que presenté hace 10 años
en el Congreso y que fue apoyado por el entonces diputado Fernando de
la Rúa, agrega el legislador.
El Frepaso, en tanto, aún no ha definido su proyecto. La iniciativa
presentada por el ex legislador Marcelo Escolar proponía la creación
de 14 comunas. En 2000 con la anterior composición de la
Legislatura, González Gass y Liliana Chiernajowsky (Frepaso)
consensuaron un proyecto que delineaba 14 comunas, pero ese acuerdo caducó
con la renovación legislativa. Hoy el Frepaso está más
cerca del proyecto de Argüello: el bloque trabaja sobre un mapa que
contemple entre 8 y 10 comunas. Peronistas y frepasistas coinciden en
que la división en 16 favorece al radicalismo, cuyo aparato partidario
está organizado de acuerdo con las antiguas parroquias. No
quieren desarmar el tejido de punteros, argumentan. Los radicales,
en tanto, despotrican contra el desinterés frepasista por el tema,
en especial, el del propio jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra. Sostienen
que, como el Frepaso no tiene estructura en los barrios, una elección
los dejaría en desventaja, con la consiguiente pérdida de
poder del titular del Ejecutivo.
Ocho o dieciséis, la ciudad tendrá una nueva geografía
y serán los vecinos los que les pongan a las comunas los nombres
que las identifiquen. La ley que les dé origen debe ser aprobada
por los dos tercios de la Legislatura. En esa norma, además de
los límites, deberá establecerse qué competencias
y atribuciones tendrán los gobiernos comunales, así como
qué presupuesto manejarán. Otro punto a discutir es cómo
se conformará su estructura administrativa, para no crear una nueva
burocracia.
Hay coincidencias en que debe haber una redistribución del
personal del gobierno de la ciudad, para no incrementar la planta, y que
las juntas no deben designar más que un par de secretarios o asesores,
dijo a este diario la diputada Delia Bisutti (Alianza), titular de la
Comisión de Descentralización, que tiene a su cargo el estudio
de los proyectos.
Para que las juntas comunales puedan ser elegidas en octubre, con las
elecciones legislativas, la ley debería estar sancionada, a más
tardar, en junio. Además de los partidos tradicionales, estaría
abierta la posibilidad para que se presenten partidos comunales o vecinales,
pero para eso, también debe reformarse la Ley Electoral. Por lo
pronto, el diputado Eduardo Valdés (Frente Justicia-lista) propone
que, "para lograr una mayor participación de los vecinos",
la elección se haga el año próximo. La competencia
contra el almanaque es, en definitiva, una verdadera carrera de obstáculos.
El
proyecto de Jorge Argüello (Encuentro por la Ciudad) mantiene la geografía
de los barrios y los agrupa en ocho comunas, de acuerdo con sus características
urbanísticas, históricas, sociales y culturales.
La
iniciativa de la radical Gabriela González Gass divide a la ciudad en
dieciséis comunas. Se apoya en la experiencia acumulada por los actuales
Centros de Gestión y Participación, con cuyos límites coinciden.
Las
funciones de la junta comunal
¿Para
qué sirve dividir la ciudad de Buenos Aires en comunas? El
objetivo es descentralizar funciones de gobierno para poder gestionar
mejor las necesidades cotidianas de los vecinos. Así, para
el Gobierno de la Ciudad quedarán el manejo de los grandes
temas, como la educación, la salud, las obras públicas
de envergadura y el mantenimiento de los espacios verdes más
importantes, mientras que las comunas deberán ocuparse del
mantenimiento de plazas y calles secundarias, la fiscalización
de habilitaciones a comercios y la defensa del consumidor, entre
otras atribuciones.
Las comunas estarán gobernadas por un cuerpo colegiado integrado
por siete miembros, denominado Junta Comunal. Sus integrantes serán
elegidos en forma directa, y de acuerdo con el régimen de
representación proporcional. Su mandato será de cuatro
años y podrán ser reelegidos una vez. La junta estará
presidida por el primer integrante de la lista que obtenga más
votos, quien tendrá el cargo de alcalde.
Los proyectos en danza prevén además la constitución
de un Consejo Consultivo de la Comunidad, con representantes de
entidades intermedias, cuyos miembros no recibirán remuneración
y tendrán la misión de asesorar a la junta. Las mayores
incógnitas a resolver son las vinculadas con el presupuesto
que tendrán las comunas y el personal que tendrán
a su cargo. Los proyectos coinciden en que no debe aumentarse el
presupuesto general sino derivar los montos correspondientes a las
funciones que les fueron derivadas a las comunas, y que no se aumente
la planta de personal municipal sino que se redistribuya a los existentes.
No será una tarea fácil: ¿como reubicar a los
obreros que reparan las calles o a los inspectores municipales,
hoy centralizados en una dependencia?
Entre las competencias que se delegan en las comunas, estarán
además la ejecución de obras y servicios públicos
de impacto local, la fiscalización del cumplimiento de las
normas de uso del espacio público, la evaluación de
demandas y necesidades sociales, y la ejecución de programas
de esa área con alcance local.
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