Por Victoria Ginzberg
La jueza María Servini
de Cubría ordenó ayer por la tarde la detención del
ex marino Alfredo Astiz, de acuerdo con un pedido de la Justicia italiana.
El fiscal Francesco Caporale y el juez Claudio Tortora habían reclamado
el miércoles al Angel Rubio y al capitán de
fragata Jorge Vildoza prófugo desde mediados de la década
del 80 por el secuestro y la desaparición de tres ciudadanos
italianos en Argentina durante la última dictadura militar. El
paso dado por la magistrada reedita el debate acerca de la extraterritorialidad
de la Justicia y podría hacer que el juez español Baltasar
Garzón desempolve la solicitud de captura contra casi una centena
de represores.
Servini recibió el pedido de Interpol y en seguida dispuso que
la policía busque al ex marino que en 1977 marcó con un
beso a los familiares de desaparecidos que se reunían en la Iglesia
de la Santa Cruz. Esa fue la contraseña para que secuestraran,
entre otros, a la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Azucena Villaflor.
A pesar de haberse convertido en un símbolo de la represión
ilegal, Astiz nunca fue condenado en el país por los crímenes
que cometió como miembro del grupo de tareas de la Escuela de Mecánica
de la Armada (ESMA). Sólo recibió una sanción por
apología del delito luego de que se ufanara ante la revista 3puntos
de ser el hombre mejor preparado para matar a un político
o a un periodista. En cambio, fue el primer represor juzgado en
el exterior, cuando en 1990 recibió cadena perpetua en Francia
por el asesinato de las monjas Alice Domon y Leonie Duquet. El juez español
Baltasar Garzón también ordenó su detención
junto con la de otros 97 militares pero el juez Gustavo Literas
-ahora colaborador de la defensa de Carlos Menem y el gobierno de
Fernando de la Rúa se encargaron de que no prosperara. En Suecia
existe otra causa contra el ex marino por el asesinato de la joven Dagmar
Hagelin.
Astiz y Vildoza están acusados en Roma por la desaparición
de tres ciudadanos de ese país en Argentina, Angela María
Aieta madre del dirigente peronista Juan Carlos Dante Gullo
y Juan Pegoraro y su hija Susana, que parió en la maternidad clandestina
que funcionó en la ESMA. En esa causa también están
imputados el dictador Emilio Eduardo Massera y los represores Antonio
Vañek, Jorge El Tigre Acosta y Héctor Febres.
El fiscal Caporale sólo reclamó el arresto del Angel
Rubio y de Gastón porque consideró que
en esos casos había peligro de fuga. Los otros cuatro
represores no pueden huir, están arrestados por su responsabilidad
en el robo de bebés. Aunque el Angel Rubio no sea llevado
a Italia, de cualquier manera será juzgado en ausencia. El año
pasado fueron condenados con ese procedimiento el ex general Carlos Guillermo
Pajarito Suárez Mason, el general Santiago Omar Riveros,
el ex jefe de la Prefectura Alejandro Puertas y los oficiales Luis Porchetto,
Alejandro Puertas, Roberto Rossin y Héctor Maldonado.
Angela María, Juan
y Susana
Angela María nació en Italia y llegó a Argentina
cuando tenía cinco años. Fue secuestrada en su casa el 5
de agosto de 1976. Varios sobrevivientes de la ESMA la vieron en ese lugar
pero recién este año la familia pudo acceder a un testigo
que estuvo colchón de por medio con la mujer y que
presenció el momento en que la sacaron del campo, aparentemente,
para matarla. Angela María intuyó su destino y pidió
que denunciaran que había estado prisionera en la ESMA.
El 18 de junio de 1977 en la estación de Constitución fueron
secuestrados Juan y Susana Pegoraro. La mujer estaba embarazada de cinco
meses. Su esposo, Rubén Bauer, desapareció el mismo día
en La Plata. Los Pegoraro fueron llevados a la Base Naval de Submarino
y Buzos Tácticos de Mar del Plata y en octubre fueron trasladados
a la ESMA, donde Susana dio a luz y escribió una carta para que
su mamá cuidara de su beba. La niña no llegó con
su familia. Las Abuelas de Plaza de Mayo suponen que es la jovenque fue
anotada con el nombre de Evelyn por el marino Policarpo Vázquez,
pero como ella se niega a hacerse los análisis de sangre esto no
se pudo confirmar.
Vildoza, subjefe del grupo de tareas de la ESMA, tiene una historia conocida
por Servini de Cubría. Ella ordenó su captura en la causa
por la apropiación del hijo de la desaparecida Cecilia Viñas.
Vildoza se escapó a mediados de la década del `80 pero el
niño que había robado se conectó años después
con las Abuelas para someterse a los análisis de sangre que le
devolvieron su identidad. Por ese caso fue arrestado en 1998 el dictador
Emilio Eduardo Massera.
Luego de que Astiz esté tras las rejas, el ministro de Justicia
del nuevo gobierno conservador italiano deberá iniciar el trámite
de extradición para que el acusado sea trasladado a Roma. Servini
de Cubría deberá comprobar si están dados los requisitos
formales del procedimiento y si el delito por el que es reclamado el ex
marino es punible para la legislación argentina. Finalmente el
Gobierno tiene la posibilidad de tomar la decisión de paralizar
el trámite. Cuando llegó el pedido desde España,
el entonces ministro de Justicia y Derechos Humanos, Ricardo Gil Lavedra,
argumentó que los represores podían seguir libres porque
aquí existían las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
Pero en ese momento el juez federal Gabriel Cavallo no se había
expedido por la inconstitucionalidad de esas normas.
LA
DISCUSION SOBRE LA TERRITORIALIDAD JUDICIAL
El Gobierno tendrá que sincerarse
Por Irina Hauser
El pedido de detención
del ex marino Alfredo Astiz obligará al Gobierno a fijar públicamente
una posición, aplicable a otros casos, sobre el principio de territorialidad.
Es decir, deberá hacer lo que no hizo escudado en argumentos de
índole burocrática, cuando el juez español Baltasar
Garzón pidió la captura internacional de 48 represores argentinos
para juzgarlos en Madrid.
Es cierto que a mediados de mayo, ante un pedido de colaboración
de fiscales de Alemania para investigar en ese país la desaparición
de Pablo Armando Lepíscolo y el secuestro de Betina Ruth Erenhaus,
Argentina contestó a través de la Cancillería que
está dispuesta a amparar a los militares acusados de violaciones
a los derechos humanos en base a un curioso principio de soberanía.
Las autoridades judiciales argentinas son las competentes para pronunciarse
respecto de los delitos cometidos en su territorio, sostuvieron.
Pero nunca el Gobierno expresó nada tan contundente ante un pedido
de captura. De hecho, cuando llegó el momento de contestarle al
juez Garzón, el ex juez local a cargo del trámite, Gustavo
Literas hizo con evidentes directivas planteos tales como
que la Justicia española debía tramitar la solicitud de
detención por vía diplomática y que había
olvidado consignar las huellas digitales y las fotos de los acusados.
Resultado: a pesar de los reclamos de varios organismos, cuando llegaron
los autos de procesamiento de Garzón, Cancillería resolvió
cortar el trámite de cuajo con el argumento de que se habían
vencido los plazos de urgencia para encarcelar a los represores, tal como
lo había dicho el propio Literas.
En el caso de Astiz, todavía el Ministerio de Justicia italiano
debe hacer el pedido formal de extradición. Claro que la jueza
María Romilda Servini de Cubría podría liberar al
Angel Rubio, si le parece, durante el juicio de extradición. El
Gobierno, no obstante, deberá sentar una posición definitiva
que, como todo indica, se perfila como una protección a los genocidas
aplicando la legislación local.
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