Los muros de la impunidad
militar se siguen agrietando en el Cono Sur y pareciera que cuaja de manera
inorgánica un contraCóndor judicial. Un juez de la
Corte Suprema chilena acepta el requerimiento del juez argentino Rodolfo
Canicoba Corral y ordena la prisión preventiva del siniestro ex
jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras. La jueza argentina Servini
de Cubría da curso al pedido de prisión preventiva del no
menos siniestro Alfredo Astiz formulado por un juez italiano. El juez
Canicoba Corral solicita la extradición de un policía y
tres militares uruguayosinvolucrados en la tortura y desaparición
en la Argentina de decenas de sus conciudadanos. Todos los indiciados
han cometido crímenes de lesa humanidad y delitos imprescriptibles
como la desaparición forzada de personas. Los gobiernos civiles
conosureños ocultan su intención de impedir que los asesinos
sean juzgados.
El gobierno argentino ha sido claro. El ministro de Defensa, Horacio Jaunarena,
no ha vacilado en mostrarse convencido de que (no extraditar a Astiz)
es la manera de preservar el principio esencial de soberanía.
Es curioso este aserto en boca de quien forma parte de una administración
que obedece puntualmente las exigencias de organismos extranacionales
como el FMI y el Banco Mundial. Juan Pablo Baylac, vocero del gobierno
De la Rúa, enarboló el principio de territorialidad
de la ley penal. Como señaló en estas páginas
el especialista en derecho internacional Alberto Zuppi: Es una burrada
decir que Argentina no reconoce la extraterritorialidad, tiene convenios
firmados en que reconoce la extraterritorialidad. Algunos de esos
pactos son la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención
y Sanción del Delito de Genocidio y la Convención Interamericana
de la OEA sobre la Desaparición Forzada de Personas. El ordenamiento
jurídico interno de un Estado firmante de tales convenciones en
ningún caso puede contravenir las obligaciones que ha contraído
por ellas.
El gobierno del Uruguay ha mostrado más prudencia declaratoria
luego de que Daniel Borrelli, ministro del Interior interino, afirmara
que la Ley de Caducidad que ampara a los represores uruguayos aprobada
en diciembre de 1986 y ratificada por plebiscito nacional los cubre
incluso por delitos cometidos fuera del país. Nuevamente,
curioso: he aquí una ley uruguaya que tendría alcance extraterritorial
para evitar la justicia que se moteja de extraterritorial. En momentos
de escribirse estas líneas se esperaba la declaración oficial
del ministro del Interior, Guillermo Stirling, rechazando el pedido de
prisión preventiva elevado por el juez Canicoba. Curioso otra vez:
se supone que el Ministerio a su cargo debe limitarse a girar el requerimiento
a la Justicia para que ésta se expida. Según fuentes oficiales
que cita el diario montevideano La República, el presidente Jorge
Batlle ya había informado el miércoles 4 a los ex presidentes
Julio María Sanguinetti y Luis Alberto Lacalle, los otros dos líderes
del grupo gobernante, que desestimará además el pedido de
extradición.
Conviene repasar brevemente la calaña de los tan protegidos mílites
uruguayos que el juez Canicoba acusa de participar en un plan criminal
para la comisión de ilícitos con la característica
sistemática de desaparición forzada de personas.
Coronel (R) Jorge Silveira
Quesada, que en aquellos años acumuló los alias de Pajarito,
Siete Sierras, Sierra y Chimichurri:
torturador visto y sufrido en el centro clandestino de detención
Automores Orletti, Buenos Aires, y en el local del Servicio de Información
de Defensa (SID) ubicado en Bulevar Artigas y Palmar, Montevideo; en actividad
hasta hace un año como asesor personal del comandante en jefe del
ejército; fue uno de los dos que depositaron la canasta con una
beba robada de dos meses ymedio mi nieta en el umbral de la
casa de quienes la criaron; el otro fue el policía Ricardo Medina
Blanco. Indultado por Menem.
Teniente coronel (R) José
Nino Gavazzo Pereira, jefe operativo del personal militar uruguayo que
se desempeñó en Orletti: comandó el secuestro, tortura
y desaparición de 140 compatriotas en la Argentina; actuaba a cara
descubierta, decía su nombre a los prisioneros y a veces les mostraba
un encendedor de oro con sus iniciales que le regaló la CIA; encabezó
el operativo de secuestro en Buenos Aires de la ciudadana uruguaya Sara
Méndez en que le robaron el hijo Simón, de 20 días
de edad. Indultado por Menem.
Mayor (R) Manuel Juan Cordero
Piacentini, miembro del SID: torturador, secuestrador, visto en Orletti;
fue uno de los dos que se llevaron de Orletti a mi nuera embarazada de
más de 8 meses para trasladarla al local del SID; el otro fue el
capitán (R) José Ricardo Arab Fernández. Indultado
por Menem.
Comisario (R) Hugo Campos Hermida,
miembro de la Dirección de Inteligencia y Enlace del Ministerio
del Interior cuando la dictadura cívicomilitar uruguaya;
torturador y algo más, visto en Orletti. Indultado por Menem.
Cabría agregar otros nombres, claro, como el del coronel Ernesto
Avelino Rama Pereira y el del entonces capitán Gilberto Vázquez,
que habrían estado involucrados en el asesinato de mi nuera en
cumplimiento de directivas generales acuñadas por Cóndores
argentinos como los generales Carlos Otto Paladino, Albano Harguindeguy
y Guillermo Suárez Mason, y por Cóndores uruguayos como
el general Amaury Prantl.
Estos son los señores que defendió ayer el gobierno de Julio
María Sanguinetti y hoy abriga el gobierno actual.
Es entendible, aunque repugnante y aun innecesaria, la solidaridad de
cuerpo que lleva a una mayoría de jefes y oficiales no comprometidos
con la represión a cobijar a un grupo de camaradas, sí,
torturadores y asesinos también. Lo que no se entiende es la actitud
de los gobiernos elegidos en las urnas que dan continuidad al cobijo.
En nuestras tierras los presidentes civiles son comandantes en jefe de
las fuerzas armadas: ¿creen que deben ser solidarios con el cuerpo
armado y no con el cuerpo de la Nación? Y luego: un presidente
es ante todo un ser humano. ¿O no? Los represores cometieron crímenes
contra la humanidad. ¿O no? Esos crímenes lastiman la humanidad
de un presidente. ¿O no?
REP
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