Por Irina Hauser
El juez laboral Roberto Pompa
ordenó ayer la suspensión del recorte del 13 por ciento
de los salarios de los trabajadores estatales. Lo hizo en dos resoluciones
que anulan la aplicación del decreto de ajuste, sus modificaciones
y reglamentaciones, al considerar que uno de sus artículos es inconstitucional
y viola convenios colectivos de trabajo y pactos internacionales. Recuerda,
además, que la propia ley de superpoderes prohíbe al Poder
Ejecutivo disponer rebajas salariales o de jubilaciones en el ejercicio
de las facultades especiales concedidas por el Congreso.
Empleando términos en boga, no hay peor riesgo país
que el que impida a sus habitantes acceder a la Justicia en plenitud de
sus derechos y acciones, dice el texto del juez Pompa en alusión
al artículo del decreto que prohíbe al Poder Judicial dictar
medidas cautelares para interrumpir el tijeretazo. De no ser tachado
de inconstitucional, (el artículo) conlleva el peligro para los
habitantes de que se los sustraigan de la intervención de los jueces
en la protección de sus derechos, añade.
La medida cautelar dispuesta es fruto de las presentaciones judiciales
hechas por las organizaciones gremiales nucleadas en la Central de Trabajadores
Argentinos (CTA) y por representantes de la Confederación General
del Trabajo (CGT) tanto de la corriente rebelde, que lidera Hugo Moyano,
como de la oficial, que conduce Rodolfo Daer. Al tratarse de un fallo
de representación gremial y efecto colectivo, siente un precedente
importante. Hasta ahora la Justicia laboral sólo había fallado
la semana pasada a favor de una única trabajadora de la ANSeS.
Las dos resoluciones de Pompa impiden al Estado la aplicación del
decreto 896/01 que estableció la reducción de las remuneraciones,
asignaciones familiares y planes trabajar de sus empleados. Pero exigen
que quede en pie el artículo 3º, que deroga el recorte del
año pasado. También recuerdan que la ley de superpoderes
expresamente dispone que el ejercicio de las facultades delegadas
no podrá provocar despidos ni tampoco podrá utilizarse para
disponer rebajas de salarios o de haberes jubilatorios.
Lo importante es que el fallo detiene un recorte que en realidad
no es tal sino peor porque vulnera la intangibilidad salarial al atar
los ingresos a lo que recaude el Estado, señaló Horacio
Meguira, abogado de la CTA. La sentencia es trascendente también
porque las remuneraciones tienen carácter alimentario y su reducción
provocaría en los trabajadores un impacto de imposible reparación
posterior, agregó el abogado Gustavo Ciampa, de CGT. Para
ser gráfico, el trabajador que no puede comer un plato de fideos
diario, no compensa con siete platos el domingo, remarcó.
El magistrado sostuvo que el artículo 1º del decreto 896/01
de ajuste, que veda las medidas cautelares referidas al recorte, es inconstitucional
porque atenta contra: división republicana de poderes, al entrometerse
el Ejecutivo con las facultades del Judicial; el derecho a peticionar
a las autoridades de todo ciudadano; los derechos de defensa y debido
proceso; el principio de igualdad ante la ley (hay un tratamiento discriminatorio
para los trabajadores afectados por el decreto); el derecho de toda persona
a interponer una acción de amparo cuando vea restringidos o amenazados
sus derechos y garantías constitucionales; y varios pactos internacionales
con rango constitucional.
UNA
SENTENCIA CONTRA EL PAGO CON PATACONES
Ruckauf perdió el juicio
La provincia de Buenos Aires
también tuvo un fallo favorable a los trabajadores que prohíbe
el pago de sueldos con patacones, con los que el gobernador Carlos Ruckauf
quiere implementar su propio ajuste. El juez laboral Claudio Andino le
ordenó al gobierno bonaerense que se abstuviera de pagar con bonos
el sueldo de 13 empleados judiciales de la Cámara de Apelaciones
de San Isidro.
Andino, que dictó la resolución como juez de feria, hizo
lugar al pedido de no innovar alegando que el Poder Ejecutivo provincial
debe evitar toda medida que signifique privar a los empleados y
funcionarios del Poder Judicial que presentaron la demanda, de percibir
sus salarios en pesos nacionales de curso legal. También
exigió a la gobernación que, como sea, gire a las
dependencias pertinentes, en tiempo y monto, los sueldos de cada uno,
de manera íntegra hasta el dictado de la sentencia definitiva.
Los bonos vienen cosechando más resistencias que otra cosas. No
sólo de los empleados, sino de varios supermercados y cámaras
empresarias y del comercio. El fallo de ayer le pide a Ruckauf que envíe
antecedentes y fundamentos de los patacones, con documentación
vinculada con la sanción, implementación y reglamentación
de los bonos. En el texto el juez también aclara que no tiene ningún
interés directo en el proceso en trámite, ni está
asociado a asociación judicial de magistrados, ni pertenece a la
familia judicial.
El recurso fue presentado por Bernardo Hermida Lozano, Adolfo Donadío,
Liliana Mazuca, Mercedes María Olivares, Esmeralda González,
Alicia Rico Roca, Alejandra Fernández, Leonardo Morales, Adriana
Chierico, Elizabeth Mayan, Rosana Olguín, Guillermina Mendy y Diego
Magini, todos ellos auxiliares letrados y oficiales de la Sala I de San
Isidro. Uno de ellos planteó que la emisión de patacones
es una creación de dinero encubierta que se reserva en forma exclusiva
el Congreso Nacional. Señaló, además, que no hay
certezas sobre el valor de los bonos.
Escracharon a la preferida
del Presidente
Ni el hecho de ser la funcionaria preferida del presidente Fernando
de la Rúa la salvó del escrache. Paola Cocciaglia
(su nombre aparece mal escrito en el cartel de la foto) fue el eje
de la protesta que le realizaron ayer los empleados públicos
de la Secretaría de Industria y Comercio, donde la joven
ejerce el cargo de subsecretaria de Estado. Los manifestantes se
quejaron de que mientras a nosotros nos bajan el salario,
a ella, por su relación con De la Rúa, le crearon
una subsecretaría donde trabajan diez asesores, cuyos sueldos
oscilan entre 2200 y 6600 pesos, según dijeron a este
diario.
|
|