Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


LA CRIMINALIZACION DE LA PROTESTA
“Primero hacen acuerdos, después viene un fiscal”

Tres abogados del Comité de Acción Jurídica adherido a la CTA explican por qué los casi 3000 acusados por los piquetes deberían ser desprocesados. Y hablan de la estrategia oficial de criminalizar el activismo social.

Por Laura Vales

El pedido por la libertad de quienes están presos por cortar rutas o haber encabezado pedidos de comida figura al tope del reclamo por el cual los piqueteros volverán esta semana a las rutas. En diálogo con Página/12, los abogados Juan Carlos Capurro, Horacio Meguira y Horacio R. González (del Comité de Acción Jurídica adherido a la CTA) explicaron de qué se habla cuando se habla de criminalización del conflicto social. Y sostuvieron que Emilio Alí, Raúl Castells, Emilio Barraza y sus compañeros salteños deberían estar en libertad, “sin necesidad de ninguna amnistía, por el simple procedimiento de cumplir las leyes”.
–¿En qué momento las detenciones y procesamientos de piqueteros dejaron de ser episodios aislados?
Capurro: –Con el menemismo; en esa época se empezaron a abrir cada vez más causas contra quienes hacían piquetes o participaban en manifestaciones. Menem llegó a publicar, incluso, una solicitada en la que sostenía que quienes cortaran rutas o ocuparan municipalidades debían ser tratados como delincuentes, es decir perseguidos penalmente.
–¿Esa solicitada tuvo efectos concretos?
C: –Marcó un momento culminante de esa política; a partir de allí se comenzó a procesar de manera masiva a los que participaban de los cortes o en las manifestaciones contra el ajuste. Sobre todo en las provincias.
Horacio Meguira: –Simultáneamente, el Estado se fue retirando, fue dejando de mediar en los conflictos sociales y sindicales. Es decir que tomó partido para que la resolución de los conflictos quedara en manos del más fuerte.
–¿Cuántos procesados sociales hay hoy?
C: –Según lo que nosotros tenemos registrado, un poco más de dos mil ochocientos. Pero es probable que la cifra sea aún más alta; hay que tener en cuenta que en promedio, por cada corte u ocupación de municipios hubo una decena de procesados. Es una situación en la que se dan altas y bajas. En Neuquén, por ejemplo, sobre un universo de 600 procesados en los últimos meses se bajó a 60. Pero todos son dirigentes.
–¿Ven en esa selectividad una nueva tendencia?
C: –En principio, es claro que centrarse en los dirigentes tiene el objetivo de frenar los conflictos. Por eso hablamos de criminalización de la protesta social.
–¿Hay características repetidas, algún leitmotiv, en las causas judiciales abiertas?
M: –Es muy frecuente encontrarse con casos en los que el Estado o una empresa privada firma un acuerdo con los peticionantes, pero después aparece un fiscal que los denuncia.
C: –Ese el caso de Emilio Alí (condenado por haber encabezado un pedido de comida a un supermercado). En los videos utilizados en el juicio se ve claramente que el supermercado accedió a darles las bolsas de alimentos. Posteriormente, sin que la empresa haya presentado denuncia alguna, un fiscal tomó intervención y lo acusó de oficio.
–Ocurrió lo mismo con Raúl Castells y el pedido de comida a Wall Mart.
C: –Y ahora Castells está acusado de coacción por encabezar otro reclamo de desocupados. Con un detalle llamativo: él y las autoridades firmaron un acuerdo, un convenio en el que se comprometieron a darle a la gente planes Trabajar. Por lo tanto, no se debería alegar que hubo un delito. Si fuera así, habría que considerar a las autoridades como cómplices de ese delito.
M: –Existe un ejemplo más: el que ocurrió en La Matanza, donde se firmó un acuerdo entre el gobierno nacional, el provincial y los desocupados. Posteriormente la ministra de Trabajo Patricia Bullrich pidió el procesamiento de Luis D`Elía. Primero firmó el acuerdo, después hizo la denuncia ante el fiscal.
–Hablemos de los otros tres presos por los que se están haciendo los cortes de ruta, los de Salta. ¿Cuál es su situación?
C: –De acuerdo al delito que se les imputa, tienen derecho a ser excarcelados. Pero el juzgado lo negó con el argumento de que si los liberaban, seguirían con el corte de ruta. En materia penal, no existe un delito “de potencialidad”. Lo que se puede juzgar es la conducta anterior, no la del futuro. Es decir que estamos ante irregularidades, ante violaciones a las normas procesales del derecho penal en todos los casos, tanto en el de Alí como en el Castells, Barraza, Ranieri y Gil.
–En general, son casos que no tuvieron demasiada atención en los medios.
C: –Es cierto. Creo que ocurre, en parte, porque se trata de nuevos dirigentes y de una situación nueva. Es muy significativo que haya sido el presidente de la asociación de Bancos, Eduardo Escasany, y el de la Sociedad Rural, Enrique Crotto, los que están insistiendo con la idea de que es necesario reprimir las protestas sociales.
–¿Qué es lo significativo?
C: –Que se trata del mismo sector que representaba Martínez de Hoz durante la dictadura. Acá hay un intento similar al que impulsó la dictadura, cuando se quería poner por encima de la Constitución Nacional al Estatuto de Reorganización Nacional. Hoy se pretende poner por encima de la constitución los intereses económicos de estos sectores.
Horacio R. González: –Es un razonamiento que se expresa con más claridad en el principio de déficit cero elevado a norma fundamental que debe ser acatada. Y que llevó incluso a que el Congreso sancionara una ley prohibiendo a la Justicia a hacer lugar a medidas cautelares. Fue una forma de decir: no se puede acceder a la justicia para defender estos derechos, porque hay un principio superior (el déficit cero) y hay que cumplirlo aunque no esté en la constitución. Desde este punto de vista, es importante la ligazón que se está dando entre las luchas de desocupados y trabajadores, en las que las reivindicaciones son comunes. Los desocupados han asumido como propia la lucha contra el ajuste, mientras que los trabajadores están defendiendo a su vez, el derecho a trabajar, a la salud, a la educación, de quienes no tienen trabajo. Lo que reivindican son prestaciones que el Estado está obligado a dar. Esos derechos tienen que primar sobre cualquier otra consideración de menor entidad como no poder circular por una calle.
–En los piquetes, los desocupados suelen alegar que así como los trabajadores tienen el derecho a huelga, quien está desempleado lo tiene a cortar la ruta. ¿Este razonamiento tiene cabida en el mundo jurídico?
C: –El decano de la facultad de Derecho de la UBA, Andrés D`Alessio, hizo hace unos días declaraciones en las que asimiló el derecho de los cortes de ruta al derecho de huelga. Dijo que así como en el siglo pasado el Estado y los empresarios consideraban un delito a la huelga, hoy se está considerando como delito a este tipo de petición. Los piqueteros han encontrado una forma de pedir. Están en una situación muy específica: no tienen trabajo, no tienen soluciones, no se cumple con la entrega de los planes Trabajar, el Estado no envía fondos a los comedores escolares, los docentes no pueden ir a dar clases porque no les pagan...
M: –Para seguir con el parangón: la huelga tradicional genera un daño para modificar una situación de injusticia. Las protestas de los piqueteros (la que interrumpen el tránsito, pero también las otras formas de manifestación) intentan que la sociedad se entere que existe un problema. Es decir que existe un desplazamiento de la huelga tradicional hacia otras formas de protesta que tienen como basamento constitucional el derecho de expresión. El objetivo del piquete no es lesionar el derecho de un automovilista, sino que la sociedad se entere que hay un conjunto que no tiene acceso a derechos esenciales. Está basado en el derecho de expresión, pero a la vez va creciendo lo que se llama la amplitud del concepto de huelga.
–Es decir que el tema central es la existencia de una jerarquía de derechos.
C: –En el que la Justicia ha marcado un camino. En el caso NateraGatti, el primero en el país sobre un corte de rutas en que ya se expidió la Cámara de Casación Penal, la Justicia sostuvo que protestar, manifestarse, cortar una ruta para solicitar determinadas reivindicaciones, es un derecho y no un delito. Pero al margen de este fallo, la tendencia es que ha habido un sinnúmero de irregularidades y de violaciones a las normas procesales del derecho penal en todos los casos. Es un tema sobre el que ya se hizo, junto con el CELS, un planteo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Allí se presentaron los casos en los que hubo represión y asesinatos no resueltos, como en Corrientes, además de la criminalización de quienes protestan.
–¿Qué actitud tomó el Gobierno?
C: –La CIDH nos recibió junto con el Cels el primero de marzo de este año, en una audiencia especial en la que debía participar también el Estado Argentino. Pero una hora antes de la audiencia el Estado argentino declinó participar. Así que la Comisión tomó las pruebas ahora el gobierno argentino tiene que contestar. La CIDH ha considerado que, por sus características y extensión, la Comisión considera que el de nuestro país es un leading case en lo que hace a la criminalización de la protesta social.

 

 

PRINCIPAL