Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


Sarlenga, Caselli y Yofre fueron
el blanco de la defensa de Menem

Los abogados del ex
presidente, Oscar Roger y Oscar Salvi, apelaron ayer la resolución del juez Urso ante la Cámara Federal sobre la que sostienen que carece de sustento legal.

Oscar Roger, uno de los
defensores de Menem, llegando ayer a Comodoro Py con su apelación.

Por Eduardo Tagliaferro

Los defensores de Carlos Menem apelaron ayer el procesamiento del juez federal Jorge Urso contra el ex presidente, en la causa por la venta ilegal de armas. En doscientas cincuenta páginas, además de desacreditar el estilo literario del magistrado y de calificar su dictamen como “una extravagancia jurídica carente de sustento legal”, los abogados afirman que los dichos de Luis Sarlenga fueron un canje en el que a cambio de su confesión fue premiado con la libertad. Con cierto pragmatismo y con citas un tanto extravagantes, sostienen que Urso interpreta equivocadamente varios testimonios con el solo objetivo de utilizarlos como fundamentos para acusar a Menem.
Bajo el título “El Salto Mortal del Juez Urso”, los abogados Oscar Roger y Oscar Salvi, reflexionan que el magistrado malinterpretó la resolución de la Cámara Federal del pasado 4 de abril en la que le ordenó investigar “para arriba” en los escalafones más altos de la estructura oficial. Sugieren que en ningún momento los camaristas le ordenaron al juez instructor tomarle indagatoria a su imputado sino a “nuevos sujetos hasta ese momento ausentes en el escenario de las investigaciones”.
Los letrados le cuestionan al magistrado no contar con elementos serios de prueba sino ir sumando conjeturas. “Diez, cien mil sospechas, decimos al Dr. Urso, no hacen UNA (sic) verdad, a lo sumo, a una mínima parte de la verdad tal como la que se busca con necesario y obligado afán en el proceso penal. Repetir muchas veces una mentira no la convierte en verdad”, afirman en uno de los temerarias argumentaciones destinadas a rebatir la calificación que Urso le formuló a Menem de “jefe de la asociación ilícita”.
La defensa comienza planteando que el solo hecho de que en su procesamiento Urso haya afirmado que “Menem ejerció su jefatura en las sombras (...) indica lo frágil de su sustento”. Además de fundar su apelación, los abogados dejaron constancia de su posibilidad de recurrir ante la Cámara de Casación e hicieron “reserva del caso federal”, para poder acceder ante la Corte Suprema de Justicia.
La presentación judicial dedica un capítulo para rebatir los testimonios que el magistrado consideró a la hora de calificar la situación procesal del ex presidente. Así cuestionan la declaración del ex funcionario Horacio Calderón por pertenecer “al submundo de los vendedores de armas” y por que en su declaración confirmó que las enormes interferencias de Karim Yoma en su negocio le causaron “enormes perjuicios personales y económicos”.
Al momento de rebatir la declaración del ex subsecretario general de la Presidencia Esteban Caselli, la defensa de Menem coteja una contradicción entre sus dichos y los afirmados en la causa por el ex ministro de Defensa, Oscar Camilión. Mientras que Caselli aseguró que luego de que Menem le pidiera que le avisara a Camilión que no lo removiera a Sarlenga de Fabricaciones Militares, se lo encontró a éste en la Casa de Gobierno y allí le transmitió el deseo presidencial. Por contraste con esta declaración, Camilión había declarado en la causa que el pedido le fue expresado por vía telefónica.
También cuestionan los dichos del ex jefe de la SIDE y ex embajador menemista en Panamá, Juan Bautista Yofre. Tanto como los dichos del ex colaborador de Menem, ponen en duda las consideraciones que de él hizo Urso. Citan al propio juez cuando en el procesamiento de Menem dijo: “el testimonio de Yofre permite vislumbrar (?) el conocimiento que tuvo el entonces primer mandatario respecto a la situación imperante en Panamá”. Con signos de interrogación incluido, los defensores aportan cierta ironía al preguntarse no ingenuamente: “¿vislumbrar es saber?”.
Otra parte importante se lleva la presentación que el traficante de armas Diego Palleros presentó ante la Justicia federal antes de darse a la fuga. En un tramo de esa presentación, Palleros dijo que había depositado 400 mil dólares “para un alto influyente vinculado al poder político”. “De la expresión ‘el más alto nivel político’ extrae el Magistrado su no necesaria inferencia de que el trato y la vinculación era con nuestro defendido”, sostienen los letrados del ex Presidente que no dudan en que esa conclusión del juez es un “irracional silogismo”.
Pero sin duda, la principal preocupación de los testimonios rebatidos por los abogados fue el de Sarlenga, al que no dudan en definir como el “testigo estrella” de Urso. En este punto concluyen que la declaración de Sarlenga, “debe ser excluida de la causa”. También persisten en caminar un camino ya transitado, sin éxito, por la defensa de Emir Yoma. Así es que le achacan a la confesión de Sarlenga el único objetivo de mejorar su situación procesal. Esta argumentación fue desestimada por los camaristas que deben resolver la apelación. Los letrados no dudan en afirmar que Urso no fue imparcial, así es que dicen recurriendo al refranero popular “si el juez es fiscal... que te defienda Dios”.

 

OPINION
Por Héctor Pedro Recalde*

Demasiado parecidos

Sería una verdadera tropelía comparar un gobierno electo por la mayoría del pueblo con otro surgido por la fuerza de las armas y mucho peor si éste fuere el último que padecimos los argentinos.
Hecha esta salvedad sugiero recordar que la dictadura militar expulsada para siempre en 1983, entre las violaciones a los derechos laborales que cometió, derogó el art. 19 de la Ley 20.744, que decía: “Desigualdades creadas por la ley. Las desigualdades que creará esta ley a favor de una de las partes, sólo se entenderá como forma de compensar otras que de por sí se dan en la relación”.
Sin embargo, esta letra presuntamente derogada, lleva en sí el espíritu que informa el derecho del trabajo, derecho que si no genera desigualdades para corregir las que se dan en la relación entre el patrón y un obrero, entre un empleador y un trabajador, el derecho laboral no existiría.
Recientemente, el PE nacional primero con un decreto y el Congreso después, mediante la sanción de una ley, pretendieron derogar el espíritu que informa universalmente los principios generales del derecho y concretamente en nuestro derecho positivo, entre otros, los que hacen a la igualdad ante la ley o al debido proceso establecidos por la Constitución nacional en sus arts. 16 y 18. Así se desprende de la lectura del art. 1º del Decreto 896/01 y del art. 10 de la Ley 25.453.
Pese a ello, la división de los poderes que hace al sistema republicano de gobierno se alza con un formidable escollo a la intención del oficialismo de imponer a toda costa la razón de Estado.
Es función del Poder Judicial ser la última reserva en el cuidado de los derechos en su cautela, protección que el dios Mercado obligó al PE nacional a inmolar. En muchas ocasiones sentencias sabias provocaron el nacimiento de legislación, como la acción de amparo, o indujeron desaprensión a la muerte por inconstitucionalidad de actos legislativos espurios.
Derogaron un artículo. No podrán derogar el espíritu. Tampoco la letra de la Constitución es “derogable”.
Difícilmente un juez admita tamaño avasallamiento de sus atribuciones. Ya ha habido resoluciones paradigmáticas de jueces celosos de sus atribuciones y de los principios.

* Jefe Abogados CGT-Hugo Moyano Sec. Gral.

 

PRINCIPAL