Por Horacio Verbitsky
La Cámara de Apelaciones
en lo Civil rechazó la demanda por daño moral que el ex
jefe del Ejército, general Héctor Ríos Ereñú
intentó en contra del ex capitán José Luis DAndrea
Mohr, autor del libro El escuadrón perdido, sobre la desaparición
de soldados de los cuarteles del Ejército. La acción también
se dirigió en contra del mayor Federico Mittelbach, que prologó
la obra, y la editorial Planeta, que la publicó. Ríos Ereñú,
quien es mencionado en el libro como jefe del Regimiento de Infantería
de Monte 28 de Tartagal, donde desapareció el soldado José
Hernández, pretendía una indemnización de 50.000
dólares.
El fallo firmado por los jueces Luis López Aramburu, Gerónimo
Sansó y Félix de Igarzabal considera que la población
formula un reproche legítimo a aquellos oficiales que actuaron
ilícitamente en la represión y que carece de
elementos para distinguirlos de aquellos otros que se atuvieron a la ley.
Según los magistrados, DAndrea Mohr, quien falleció
este año, no incurrió en dolo ni negligencia y ni el prologuista
ni la editorial pueden ser tenidos como responsables por el contenido
del libro. De este modo, confirmaron el rechazo de la demanda que ya se
había pronunciado en primera instancia hace un año. El fallo
ahora confirmado sostuvo que debía aplicarse al caso la doctrina
de la real malicia, que preserva la libertad de prensa como una
de las máximas garantías del sistema democrático
de gobierno y que se resume en la exculpación de los
periodistas acusados por informaciones falsas, poniendo a cargo de los
querellantes o demandantes la prueba de que las informaciones falsas lo
fueron con conocimiento de que eran falsas o con imprudente y notoria
despreocupación sobre si eran o no falsas. La doctrina se
aplica cuando la información se refiere a cuestiones públicas,
a funcionarios, figuras públicas o particulares involucrados en
ella, aun si la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas.
Ríos Ereñú ni siquiera llegó a probar la falsedad
de lo escrito en el libro. Por el contrario, las constancias de la causa
lo confirmaron. El militar dijo que en el momento de la desaparición
de Hernández no estaba a cargo de la unidad, pero la propia documentación
remitida por el Ejército demostró lo contrario.
En su demanda, Ríos Ereñú volvió a negar no
ya su participación personal sino la propia responsabilidad del
Ejército en hechos atroces y aberrantes. Al absolver posiciones
en el juicio dijo que no le consta la desaparición
del cabo Hernández, ni la existencia de desaparecidos durante
la última dictadura militar, ni la apropiación de bebés
nacidos en cautiverio. Al referirse a su desempeño al frente
del Ejército, Ríos Ereñú dijo que mi
acción fue dirigida a superar las secuelas de la guerra, criticando
a aquellos camaradas que decían que todo estuvo bien, como a aquellos
que no pertenecían a la institución y decían que
todo estuvo mal, convencido que las causas externas e internas que nos
hicieron vivir el largo periodo de enfrentamiento no ha sido considerado
aún objetivamente y la mala memoria y la hipocresía han
llevado a impedir la reconciliación y el trabajo a futuro de los
argentinos.
No obstante, el fallo considera que la investigación judicial demostró
que la información contenida en el libro era correcta. El
cabo Hernández desapareció a la época en que era
jefe del regimiento donde prestaba servicios el entonces teniente coronel
Héctor Ríos Ereñú. Al referirse a las
motivaciones de DAndrea Mohr y Mittelbach, la sentencia sostuvo
que tienen profundos lazos emocionales con la institución
a la que han pertenecido, tanto ellos como sus antepasados, y no es su
criterio condenar lo que evidentemente también aman, el Ejército
Nacional, sino a los individuos que amparados en su uniforme y en su grado
militar torturaron y mataron a personas inocentes. Ninguna duda cabe que
estosexistieron, que era necesaria su sanción, tanto como una definitiva
reconciliación de los argentinos.
|