Por Mariana Carbajal
Buenos Aires se convirtió
en la primera provincia del país que tiene una ley que castiga
el acoso sexual en la administración pública. La norma fue
aprobada el jueves a la noche por la Cámara de Diputados y sanciona
con penas que van desde el apercibimiento hasta la exoneración
a los empleados y funcionarios del gobierno bonaerense que incurran en
esa conducta. El acoso sexual es cada vez más frecuente en
los lugares de trabajo y la ausencia de normas que lo tipifiquen y condenen
lleva a las víctimas a no denunciar los casos o a encubrirlos con
excusas, indicó el diputado radical Gustavo Ferrari, autor
de la iniciativa. La ley fue considerada como un gran avance
por la secretaria de Igualdad de Oportunidades de UPCN, Zunilda Valenciano,
y el abogado laboralista de la CGT disidente, Héctor Recalde. No
obstante, ambos especialistas señalaron ciertas críticas.
La flamante ley pena a los funcionarios o empleados públicos que
valiéndose de su posición jerárquica o de circunstancias
vinculadas con su función, incurran en cualquier tipo de acercamiento
sexual no deseado por la persona, cuando el sometimiento o rechazo
a esa conducta tenga repercusiones en la condición laboral de la
víctima (ver aparte). Las sanciones previstas van desde apercibimiento
o suspensión de hasta 60 días corridos hasta la cesantía
o exoneración, según la gravedad del hecho. Con el objetivo
de preservar la intimidad de la víctima, la norma establece que
la investigación de la denuncia deberá tener carácter
confidencial.
Según explicó a Página/12 el diputado Ferrari, la
denuncia deberá ser realizada ante la máxima autoridad del
área en la que se desempeñe la víctima. La norma
no hace distinción de sexos, de manera que puede ser hombre o mujer.
Sin embargo, el legislador reconoció que las mujeres son
las principales víctimas de estas conductas y así lo demuestran
las pocas estadísticas que se poseen, por lo que serán ellas
sus principales destinatarias.
Consultados por este diario, tanto Recalde como Valenciano aplaudieron
la aprobación de la ley, aunque hicieron algunas observaciones.
Es un gran avance, sobre todo en un contexto en el que se han ido
perdiendo derechos civiles. Pero es insuficiente. Debería contemplar
el daño moral ocasionado a la víctima y la responsabilidad
que le cabe al Estado como empleador de un acosador, consideró
el profesor de la UBA y presidente de la Comisión de Derechos del
Trabajo de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. Valenciano,
en tanto, destacó que Buenos Aires es la primera provincia con
una ley que condena el acoso sexual. Hemos presentado proyectos
en Santa Fe, San Luis, Mendoza, Jujuy, Neuquén, Tierra del Fuego
y Río Negro, pero ninguno fue aprobado todavía, cuestionó
la secretaria de Igualdad de Oportunidades de la Unión del Personal
Civil de la Nación. Para la dirigente gremial, sin embargo, con
la ley no alcanza. Es imprescindible que se haga una campaña
de difusión y sensibilización entre empleados y funcionarios.
La ley es una herramienta, pero si las personas no la conocen, no sirve
para nada. Además, debe formarse una comisión bipartita,
entre sindicato y autoridades, que controle su aplicación, de lo
contrario en un marco de precariedad laboral, la gente tiene miedo de
perder el trabajo y no denuncia, evaluó. Valenciano habla
con fundamentos. En la administración nacional rige desde 1993
un decreto que sanciona el acoso sexual, pero su aplicación ha
sido muy escasa. La norma no tuvo el éxito que esperábamos.
La experiencia de estos años nos dice que es necesario que reciban
capacitación los responsables de recursos humanos, porque existe
lo que nosotros bautizamos como solidaridad jerárquica: cuando
los jefes reciben denuncias de acoso sexual se solidarizan con el acusado,
minimizan la situación y no le dan bolilla a la denunciante. Es
evidente que no hubo compromiso del Estado Nacional para difundir esa
norma. Para que realmente funcione, estos errores no deberían repetirse
en la provincia, opinó Valenciano. En la ciudad de Buenos
Aires, el estatuto laboral prevé sanciones contra acosadores en
las oficinas públicas, pero en ese ámbito las denuncias
también han sido muy pocas. Todavía, además, no existe
ninguna ley que penalice el acoso en empresas privadas. La semana próxima
el tema será debatido en el Congreso: el martes, la Comisión
de Legislación de Trabajo de Diputados tiene previsto tratar un
proyecto de la diputada Margarita Stolbizer que castiga el acoso en
las relaciones laborales y académicas, tanto en el sector
privado como público y establece un resarcimiento económico
para la víctima y la posibilidad de optar entre continuar trabajando
en el mismo lugar o renunciar, llevándose una indemnización
como si hubiera sido despedida sin causa.
En qué casos
se castiga
La ley sancionada por la Legislatura bonaerense castiga a funcionarios
o empleados públicos que valiéndose de su posición
jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función,
incurran en conductas que tengan por objeto cualquier tipo de acercamiento
sexual no deseado por la persona a quien va dirigido, requerimiento
de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o física
de naturaleza sexual, cuando se da una o más de las
siguientes circunstancias:
- Cuando someterse a dicha conducta se convierte de forma
implícita o explícita en un término o condición
de empleo de una persona.
- Cuando el sometimiento o rechazo a dicha conducta por parte
de la persona se convierte en fundamento para la toma de decisiones
en el empleo o respecto del empleo, que afectan a esa persona.
- Cuando esa conducta tiene el efecto o propósito de
interferir de manera irrazonable con el desempeño del trabajo
de esa persona o cuando crea un ambiente laboral de abuso, intimidante,
hostil u ofensivo.
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