Por David Cufré
Uno de los puntos más
controvertidos y más audaces del paquete económico que presentó
ayer el Gobierno es el rescate del sector privado por el Estado. Fernando
de la Rúa firmó un decreto que posibilita a todas las empresas
con deudas impositivas y previsionales incorporar al Estado como socio.
Tal como adelantó ayer Página/12, Domingo Cavallo implementó
un sistema de capitalización, por el cual los privados tienen la
chance de saldar sus pasivos con el fisco mediante la entrega de acciones.
Igualmente, para las compañías que no les guste este mecanismo,
se abrió otra alternativa: el Gobierno también dispuso una
amplia moratoria impositiva y previsional para empresas, autónomos
y monotributistas. La otra pata de este plan es que las compañías
endeudadas con los bancos pueden ponerse al día entregando títulos
públicos, que comprarán en el mercado, a un valor bajísimo,
pero que será reconocido por las entidades financieras a su valor
nominal.
La intención de Cavallo es que el sector privado, exánime
por cuatro años de recesión, pueda recomponerse. Al limpiar
las deudas que las empresas tienen con el fisco y con los bancos, éstas
quedarían en mejor posición para volver al circuito productivo.
Claro que existe el riesgo de que las cosas salgan mal, y entonces se
producirá una enorme transferencia de ingresos en favor de las
empresas y en contra del Estado, que asumirá los costos. A continuación,
los distintos mecanismos que presentó ayer el Gobierno:
Capitalización de deudas. Todo tipo de empresas que tengan
deudas impositivas o previsionales hasta el 30 de setiembre último
podrán cancelarlas mediante la emisión y entrega de acciones
al Estado. Esto quiere decir que el Estado pasará a ser socio de
miles de compañías, sin que esté claro cómo
intervendrá en ellas. Es muy probable que el Estado sea socio de
empresas competidoras, por lo cual manejará información
privilegiada, y eso puede dar lugar a suspicacias. Ayer no se dio ninguna
precisión sobre cómo se implementará el sistema.
El secretario de Legal y Técnica de Economía, Alfredo Castañón,
sólo dijo a este diario que el Estado estará al margen de
la administración de las compañías con las cuales
se asocie. De hecho, una de las condiciones para poder capitalizar deuda
es que la empresa mantenga el gerenciamiento.
Fideicomiso. Todas las acciones que reciba la AFIP por la cancelación
de deudas serán transferidas a un fideicomiso administrado por
el Banco Nación. Este fideicomiso emitirá certificados de
participación entre las provincias. De este modo, se asocia a los
distritos del interior al mecanismo de salvataje de las empresas.
Pago de deudas bancarias con bonos. Las compañías
podrán saldar sus pasivos con los bancos entregando títulos
públicos, que serán tomados a valor nominal. Se trata de
los bonos que circulan actualmente en el mercado. Como los valores de
estos títulos están por el suelo, las empresas podrán
comprar bonos baratos, por ejemplo, al 50 por ciento de su valor nominal,
y pagar con ellos lo que adeudan a los bancos. Todas las entidades financieras
están involucradas. Pero éstas, a su vez, podrán
entregar los títulos que reciban de sus clientes a cambio de los
nuevos bonos garantizados por la recaudación, o por otros préstamos
estatales también garantizados. Cavallo dijo que la tasa de esos
nuevos títulos será de hasta el 7 por ciento.
Situación de los deudores. Con respecto al punto anterior,
el decreto aclara que las deudas que podrán ser saldadas con bonos
son aquellas que se encuentran en situación o calificación
del Banco Central 3, 4, 5 o 6. Esto es, el 13 por ciento del total
de la deuda que el sector privado tiene en este momento con los bancos.
Es decir, unos 9400 millones de dólares.
Moratoria. Se establece un sistema de facilidades de pago para
deudas impositivas y previsionales. Es para los impuestos o aportes no
pagados hasta el 30 de setiembre último. Están incluidos
los siguientes impuestos:IVA, Ganancias (salvo los anticipos no pagados),
aportes personales, previsionales y patronales, autónomos y monotributistas.
Perdón de multas. La AFIP perdona multas por impuestos y
aportes no realizados, también para el caso de los anteriores impuestos
mencionados. En los considerandos del decreto, se explica que el contexto
económico impidió que los contribuyentes cumplieran con
sus obligaciones para con el Fisco, y que merecen una nueva oportunidad.
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