Domingo Cavallo utilizó,
en los días previos al anuncio de la reprogramación de la
deuda, un informe confidencial del Fondo Monetario a manera de guía
de cabecera. El documento se debatió en el directorio del organismo
en agosto pasado, durante una reunión secreta, y sus conclusiones
terminaron de convencer al ministro de la necesidad de encarar una reprogramación
de la deuda que impusiera a los acreedores menores tasas de interés
y nuevas condiciones de pago. Se trata de un análisis pormenorizado
de tres casos recientes de reprogramación de bonos, considerados
exitosos por los técnicos del Fondo: Pakistán,
Ecuador y Ucrania. Entonces, la conclusión de los directores del
organismo de la que tomó debidamente nota el ministro
fue unánime: Las dificultades de asegurar un acuerdo con
los acreedores para reestructurar las condiciones de los bonos de la deuda
pública no son tan grandes como se temía; y las
amenazas de la apertura de demandas judiciales masivas por parte de los
acreedores no se materializaron. Sin embargo, el mismo documento,
al que accedió Página/12, advierte sobre los problemas que
podrían presentarse en el caso de que algunos acreedores díscolos
del exterior entablaran juicios contra el Estado en los tribunales de
Nueva York, como le ocurrió a Perú. Justamente, para evitar
este clase de contratiempos es que en Economía estudian una fórmula
legal para cambiar las condiciones legales de los bonos emitidos en el
exterior, como utilizó en su momento Ecuador.
Hasta hace muy poco, los integrantes del equipo de Domingo Cavallo no
se cansaban de hablar del default y de una eventual reprogramación
de la deuda como sinónimo de expulsión de la Argentina del
mundo civilizado, una práctica habitual también en los equipos
de los ex ministros José Luis Machinea y Ricardo López Murphy.
Sin embargo, por lo menos, desde finales del año pasado en Washington
se venía analizando tales medidas como una solución para
países que enfrentan severas crisis de financiamiento.
A principios de agosto último, dichos estudios fueron debatidos
extensamente en una reunión especial del directorio del FMI. De
esa sesión participó activamente, sin perder detalle de
la discusión, el representante argentino ante el organismo, Guillermo
Zocalli, quien inmediatamente después envió al ministro
un resumen de lo hablado en ese ámbito. Además, le adjuntó
el documento que disparó el debate. El paper fue elaborado
por el Departamento de Desarrollo y de Legales del Fondo Monetario y se
titula: Involucrando al sector privado en la resolución de
las crisis financieras-reestructurando los bonos de la deuda pública.
Precisamente, como lo sugiere el propio título, describe la importancia
de la participación de los acreedores privados en la búsqueda
de una solución al problema de la deuda, una idea que Cavallo copió
al presentar el canje de títulos como voluntario, si
bien las condiciones fueron fijadas unilateralmente por el gobierno. Y
empezar por llevarlo a la práctica a nivel local, con bancos y
AFJP, donde hay interlocutores conocidos con los que firmar.
Ahora los mercados financieros internacionales se dan cuenta que
los bonos públicos no son inmunes a una reestructuración
y, si los deudores enfrentan una severa crisis de liquidez, probablemente
los acreedores necesiten contribuir a la resolución de esas crisis,
es una de las conclusiones extraídas por los directores del Fondo,
que seguramente entusiasmó a Cavallo para tomar la decisión.
Otra de las conclusiones en el mismo sentido son las siguientes:
Los directores destacaron
que la participación en el canje de deuda fue alto y en ninguno
de los tres casos (Pakistán, Ecuador y Ucrania) se materializaron
demandas judiciales contra el Estado por parte de los acreedores.
En cada caso fue posible
asegurar un acuerdo con una reestructuración comprensiva que proveyó
un alivio financiero inmediato sobre las cuentas públicas y contribuyó
en poner la deuda del país sobre bases consistentes y viables en
el medio plazo.
Sin embargo, el informe advierte una excepción a la regla anterior,
que podría traer complicaciones en el futuro para los Estados que
encararan un proceso de reestructuración de la deuda. Los
directores destacan que la agresiva estrategia de reclamos judiciales
empleada contra Perú podría estimular a los acreedores a
no entrar en el canje de bonos de futuras reestructuraciones, advierte.
En el caso de Perú (ver aparte), el acreedor díscolo se
prendió de una de las cláusulas del bono que lo protegen
ante cualquier cambio en las condiciones de emisión, penalizando
duramente al deudor. Por ejemplo: La llamada cesación de
pagos cruzada, que implica que si el gobierno incumple las condiciones
de un bono cualquier un acreedor sobre otro bono puede también
hacerle juicio; o la denominada aceleración, que supone
que si el gobierno incumple un vencimiento de capital o intereses como
fue acordado a la emisión del título, entonces debe pagar
en un plazo reducido todas las cuotas de interés acumulado hasta
el vencimiento.
Estas cláusulas son las que buscará abolir Cavallo si logra
antes conseguir que la mayoría simple de los acreedores sobre los
títulos emitidos esté de acuerdo, tal como hizo Ecuador,
según se explica sin ahorrar detalles técnicos en el documento
del Fondo.
El peligro de ir a
juicio
Perú, con el apoyo del FMI, inició en octubre de
1995 la reprogramación de sus bonos Brady. Si bien
la mayoría de los acreedores aceptaron el canje, unos pocos,
con baja exposición en el país, decidieron mantener
sus bonos viejos en la búsqueda de mejores condiciones,
explica el estudio del FMI. Un año y medio después,
la firma Elliot Asociados, tenedor de apenas 21 millones de dólares
en deuda peruana, planteó una demanda judicial contra el
Estado peruano ante los tribunales de Nueva York. En junio de 2000,
Elliot obtuvo un fallo favorable, por el que se obligó a
pagar al gobierno peruano 56 millones de dólares y el embargo
de los activos que Perú utilizaba con fines comerciales en
los Estados Unidos. Previamente, la tenacidad de Elliot por seguir
el juicio había llevado a embargar distintas cuentas del
gobierno peruano y sus agentes financieros. Y para no ser declarado
legalmente en default el gobierno peruano tuvo que llegar
a un acuerdo extrajudicial con la mencionada firma.
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