Por
Horacio Verbitsky
La
negociación para canjear títulos de la deuda pública
por préstamos a menor tasa de interés incluye un capítulo
secreto. El precio negro que el gobierno nacional pagará es la
liberación de toda responsabilidad a los órganos de
dirección, administración y fiscalización de
los bancos que infrinjan la ley de entidades financieras 21.526. Esto
preserva de sumarios y sanciones a los miembros del directorio, los síndicos
y los gerentes generales y descarga la responsabilidad en forma exclusiva
sobre los directamente implicados. El acuerdo consta en una
circular interna del Banco Central, firmada por el Superintendente de
Entidades Financieras, Guillermo Lesniewier, cuyo procesamiento por defraudación
a la administración pública en la causa del Banco Basel
fue confirmada por la Cámara Federal hace dos semanas.
Los sumarios del Banco Central ordenados por el artículo 41 de
la ley dan como resultado multas e inhabilitaciones, y también
sirven de base para posteriores actuaciones penales. Los sancionados pueden
recurrir a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo
Federal. La Circular firmada por Lesniewier es el codo que intenta borrar
décadas de jurisprudencia de esa Cámara y de la de Apelaciones
en lo Comercial, que una y otra vez han señalado la responsabilidad
de directores, síndicos y gerentes generales, aun cuando no hubieran
tenido una intervención personal y directa en los ilícitos.
Un anexo de la Circular, firmada el 10 de octubre, dice que no habrá
responsabilidad si no hay un acto propio o una conducta omisiva complaciente
y deberá siempre atenerse a la actuación que a cada uno
de los involucrados les cupo en las esferas de decisión, dentro
del obrar antinormativo.
La proyección de este criterio, propio del derecho penal, a una
cuestión disciplinaria en la que el Banco Central actúa
como policía administrativa, garantiza la impunidad de los principales
directivos y propietarios de los bancos y descarga cualquier responsabilidad
en quienes ejecuten sus órdenes. Otro punto del anexo sostiene
que al analizarse la responsabilidad de directores, síndicos y
gerentes generales el Banco Central tendrá en cuenta si el
propio funcionamiento del sistema impone la descentralización y
delegación de funciones. En consecuencia, no puede asignárseles
responsabilidad cuando ha mediado una razonable delegación de facultades
que por causas operativas resultaba indispensable para el funcionamiento
de la entidad. Perejiles, a temblar.
Los argumentos de la Circular de Lesniewier son los que suelen usar los
banqueros sumariados. Pero las Cámaras de Apelaciones siempre los
rechazaron, salvo que pudieran demostrar que existieron circunstancias
exculpatorias. En 1977, por ejemplo, la sala D de la Cámara de
Apelaciones en lo Comercial sostuvo en que el director de una sociedad
es responsable con independencia sus funciones efectivas, ya que ese cargo
no es una sinecura, se elige al director por la confianza que merece
a los accionistas. La misma sala dijo al año siguiente que
todos los directores son corresponsables de la vigilancia.
También especificó que si un director ha absorbido
la conducción de la empresa con exclusión de los demás,
esto no excusa la responsabilidad de éstos. Sus omisiones
pueden deberse a ignorancia, imprevisión, negligencia o imprudencia,
lo cual revela la falta de aptitud para la empresa, pero no excluye su
responsabilidad.
En 1998 la Sala 2 de la Cámara Contencioso Administrativo agregó
que el incumplimiento del deber de supervisión genera responsabilidad,
con prescindencia de la participación personal y deliberada
en las infracciones a la ley. La sala 4 sostuvo que esto no obedece al
principio de la responsabilidad objetiva sino a que las infracciones
las cometen las sociedades, cuya conducta no es más que la
resultante de la acción deunos y de la omisión de otros
dentro de sus órganos representativos. En 1999 la sala 2
añadió que los síndicos son responsables aun
cuando los hechos los hayan cometido otros.
Antes de asumir la Superintendencia de Entidades Financieras, Lesniewier
fue su Subgerente General. En 1995 participó en el otorgamiento
de dos millones de pesos al Banco Basel, cuya autorización para
funcionar fue suspendida al día siguiente. A cambio, el Basel entregó
en garantía el boleto de compraventa de un edificio que no le pertenecía
y del que el Banco Central no pudo tomar posesión. A raíz
de eso Lesniewier fue procesado por defraudación a la administración
pública por la jueza María Servini. El procesamiento también
alcanzó a Roque Fernández y Pedro Pou, quienes eran presidente
y vice del Banco Central. El 26 de octubre la sala II de la Cámara
Federal de la Capital, por el voto de Martín Irurzun, Horacio Cattani
y Eduardo Luraschi confirmó la decisión de Servini.
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