Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira
KIOSCO12


Catarata de presentaciones por inconstitucionalidad del decreto

Abogados laboralistas y constitucionalistas cuestionan las facultades del Poder Ejecutivo para �confiscar� los depósitos de la gente.

Por Irina Hauser

Edgardo fue corriendo al Citibank con su empleada doméstica a abrir una caja de ahorro para pagarle el sueldo, pero después de dos horas de cola le dijeron que “no había disponibilidad de cuentas”. En otro banco, le advirtieron que si la mujer no tenía CUIL, no podía abrir caja alguna. Juan, obrero, fue al Banco Ciudad a cobrar la indemnización de la empresa que lo despidió hace dos años y recibió 250 pesos en efectivo y un cheque no a la orden que no tuvo dónde depositar: nunca en su vida supo ni lo que era una caja de ahorro. A Horacio, dueño de una fábrica de pastas, no le cierran las cuentas y más que planear el blanqueo de sus empleados empezó a pensar en despedirlos. Estas escenas del día de ayer son, según abogados laboralistas y constitucionalistas consultados por Página/12, pequeños retratos de la “inconstitucionalidad” y la “ilegalidad” del decreto que restringe la posibilidad de disponer del (poco o mucho) dinero propio.
Propiedad privada. Las nuevas medidas económicas fueron cuestionadas ayer mismo en planteos ante la Justicia. La diputada Alicia Castro, por ejemplo, solicitó una medida cautelar que le permita sacar de su cuenta la totalidad de su salario, argumentando que el decreto es “confiscatorio” y viola la ley de intangibilidad de los depósitos. El abogado Antonio María Hernández, titular de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, explica: “Hay inconstitucionalidad porque no poder disponer de los fondos obtenidos (trabajando) afecta el derecho a la propiedad”.
Blanqueo tramposo. El abogado laboralista Héctor Recalde agrega objeciones: “El decreto implica abuso de poder y viola también el derecho de igualdad de trato y todos los derechos sociales”. Está convencido de que “es una medida que dificulta el cobro y el pago, traerá recesión y aumentará el desempleo”. “No es cierto –dice– que el fin sea eliminar el trabajo en negro, sino ¿por qué (Domingo) Cavallo no lo hizo entre 1991 y 1996 o (Fernando) De la Rúa en el ‘99? Han esperado que los grandes grupos económicos se llevaran todo. La mayoría de las pequeñas empresas en vez de blanquear van a despedir.” Recalde cuestiona, además, dos afirmaciones de Cavallo: “El ministro anunció que no habrá punición para quienes blanqueen a sus empleados en negro, pero no dijo que los aportes son derechos del trabajador, no del empleador, y no se pueden regalar; también lo escuché decir que quien se lleva más de 1000 pesos al exterior comete el delito de contrabando, pero no es así”.
Adiós a las leyes. “Con la reforma de 1994 se facultó al Poder Ejecutivo a emitir decretos de necesidad y urgencia. Sobre esa facultad se emitió este nuevo decreto 1570 que no sólo lesiona el derecho de propiedad sino que altera el objetivo y la naturaleza de la moneda de curso legal. El Ejecutivo la ha sustituido obligando a hacer cancelaciones con otros instrumentos de pago como cheques y débitos, una atribución que en realidad es exclusiva del Congreso”, sostiene el jurista Gregorio Badeni. Sostiene, además, que “estamos viviendo en un clima de alta inseguridad jurídica”. “La duda que queda –añade– es si no hay otras soluciones: ignoro por qué no se tocan las jubilaciones de privilegio, que se calcula que son unos 400 millones de dólares por año.”
El jurista Humberto Quiroga Lavié considera que los decretos de necesidad y urgencia “se están convirtiendo en un sustituto del Congreso como organismo de control”. Según Recalde, “el abuso y reiteración” de medidas económicas a través de este tipo de decretos “ponen una nota de riesgo institucional para el país y soslayan el principio de legalidad ya que a nadie le importa cuáles son exactamente las facultades que le ha delegado el Congreso al Ejecutivo”.
Indemnizaciones trabadas. En la Asociación de Abogados Laboralistas se encontraron con un problema inédito. Muchos de sus clientes, trabajadores que ganaron juicios por indemnizaciones o despidos y que tenían que ir ayer a cobrar lo que les correspondía, se toparon con que el Banco Ciudad les daba 250 pesos en efectivo y el resto con un cheque no a la orden. Másallá de que tuvieran o no una caja de ahorro donde guardarlo, “el problema es que han asimilado las cuentas judiciales a una cuenta corriente, cuando en realidad las libranzas judiciales no son cuentas bancarias sino fondos que se depositan en expedientes judiciales”, advierte el abogado Luis Ramírez, titular de la entidad, que también hizo planteos de inconstitucionalidad e ilegalidad del decreto ante la Justicia. Para todo trabajador, dice Ramírez, se ve afectado el “derecho a una remuneración digna y su falta de disponibilidad causa un perjuicio mayor”. “No todos los ciudadanos están en igual posición frente a esta situación, y están obligando a los trabajadores a contratar una caja de ahorro o cuenta corriente cuya gratuidad no está garantizada”, agrega.
Oscuro horizonte. Para el jurista Daniel Sabsay, lo miren por donde lo miren el decreto es “inconstitucional”, viola el Pacto Universal de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y “es un avance irrazonable sobre los derechos”. “La realidad –señala– es que confrontado con los antecedentes en materia de emergencia que se han producido en Argentina, con corolarios tan serios como el Plan Bonex o el fallo de la Corte del caso (Liliana) Guida que permitió la amputación del salario, es mucho menos grave. A la Corte Suprema le va a resultar muy fácil justificar este nuevo marco de emergencia cuando le toque hacerlo”.

 

 

PRINCIPAL