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EL FALLO A FAVOR DEL COBRO SALARIAL
Sin restricciones

Ajuste: El juez Luis Alberto Catardo dictó una medida cautelar que consagra la �intangi-bilidad del salario� de los trabajadores aeronáuticos.

El secretario general de
la CGT oficial, Rodolfo Daer.
A partir del fallo de Garretón
esperan cobrar todo el sueldo.

Por A.M.

A pesar de la apelación que seguramente presentará el Gobierno, la semana próxima la Justicia podría obligarlo a dejar sin efecto las restricciones para el cobro de dinero correspondiente a salarios. Así lo estimó el abogado de la CGT rebelde Héctor Recalde, consultado por Página/12. Los líderes de las dos CGT, Hugo Moyano y Rodolfo Daer, se notificaron ayer del fallo del juez en lo contencioso administrativo federal Martín Silva Garretón, que ordenó al Poder Ejecutivo nacional dejar sin efecto “los decretos que restringen la libre disponibilidad de los salarios de los trabajadores”. Por otra parte, el juez laboral Luis Alberto Catardo dictó una medida cautelar que consagra la “intangibilidad del salario” de los trabajadores aeronáuticos, en el marco de un intento de ajuste que intentaba realizar una empresa privada.
La resolución fue en respuesta a un recurso de amparo que había planteado la diputada nacional y dirigente de la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), Alicia Castro. Según informó la legisladora, el fallo fue en favor de los representantes de Austral porque la empresa Marsans habría intentado “reducir los salarios y aumentar la jornada laboral en forma unilateral”. Castro interpretó que “el fallo impide que las empresas privadas imiten la rebaja salarial que impuso el Estado y también protege los viáticos y las condiciones de trabajo”.
Silva Garretón había resuelto en base a la presentación que hicieron en conjunto Recalde y los abogados Noemí Rial y Alberto Tomasone, de la CGT oficial. La resolución dispuso “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia, decretar respecto de todos los trabajadores comprendidos en el ámbito territorial de la CGT, la suspensión de los decretos 1570 y 1606, en cuanto establecen restricciones a la extracción de sumas acreditadas en concepto de remuneraciones”. Tomasone precisó que “lo trascendente de la medida es que abarca a todos los trabajadores representados por la CGT, afiliados y no afiliados”. Con respecto al momento en que los trabajadores podrán percibir la totalidad de sus sueldos, el letrado cegetista sostuvo que “seguramente el gobierno va a apelar, pero el juez tiene la facultad de decidir si la medida no deja de tener efecto mientras se tramita en la Cámara”.
De hecho, a partir de ayer el Gobierno tiene un plazo de 48 horas para presentar su apelación. Cuando lo haga, Silva Garretón deberá definir dos cuestiones. Recalde había planteado la inconstitucionalidad de los artículos 50 y 51 del decreto 1357/1, que establecieron un virtual per saltum por el cual ante los planteos judiciales en contra del anterior recorte salarial el Gobierno podía acudir directamente a la Corte. El juez tiene que expedirse sobre eso y también deberá establecer cómo concede el recurso de apelación. El abogado de la CGT rebelde explicó a Página/12 que, si lo hace “a ambos efectos” no se puede ejecutar el fallo que suspende las restricciones para el cobro de los salarios. En cambio, si lo hace “a un sólo efecto (devolutivo)” el Estado tiene que cumplir la medida. “En tal caso, si no pagan sueldos y sentencias laborales en forma completa van a incurrir en el delito de desobediencia”, indicó Recalde. Y agregó que los funcionarios que no cumplan también podrían tener que responder con sus patrimonios porque piensa iniciarles una acción civil por los perjuicios que ocasionaría al trabajador. “Si el banco recibió la notificación y no paga, entonces estaría haciendo una incautación indebida de fondos”, completó Tomasone.

 

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