El coronel retirado José
Osvaldo Balita Riveiro fue detenido ayer por el juez Sergio
Torres. El magistrado tomó la medida a pedido de su par francés
Roger Le Loire, es decir, se trata del primer arresto preventivo por orden
de un juez extranjero luego de que el Gobierno firmara el decreto en el
que anticipa que rechazará todos los pedidos de extradición
en las causas en las que se investigan violaciones a los derechos humanos
durante la última dictadura.
Riveiro está acusado en Francia del asesinato de Jean Ives Claudet,
un joven franco-chileno que fue secuestrado en Buenos Aires el 1º
de noviembre de 1975, dentro del Plan Cóndor. La solicitud de arresto
en su contra llegó a Buenos Aires el 12 de noviembre.
Esta semana, Torres ordenó el allanamiento de una vivienda cercana
a la localidad de Bahía Blanca pero no encontró al imputado.
Ayer por la mañana Riveiro se presentó en el juzgado y quedó
detenido. En tribunales el militar admitió ser la persona buscada
pero se negó a declarar sobre la desaparición de Claudet.
De acuerdo al procedimiento judicial, Francia tiene ahora cuarenta días
para enviar la solicitud formal de extradición, que el Gobierno
ya anticipó que rechazará. Pero según establece el
decreto que se publicó el lunes en el Boletín Oficial, si
Le Loire envía documentos o antecedentes del caso, Riveiro debería
ser investigado en Argentina por la desaparición de Claudet. Sin
embargo, la medida de Torres contradice al espíritu del decreto
1581 aunque no a sus disposiciones ya que con esta norma el
Gobierno esperaba disuadir a los jueces de arrestar preventivamente a
los represores acusados en el exterior. Con Riveiro tras las rejas, los
abogados Rodolfo Yanzón, de la Liga Argentina por los Derechos
del Hombre, Horacio Méndez Carreras y Sophie Thonon, representantes
de los familiares de desaparecidos de origen francés, planean presentar
un pedido para que se declare la inconstitucionalidad del decreto.
Como oficial de inteligencia, Riveiro habría sido el contacto del
agente chileno Enrique Lautaro Arancibia Clavel, hombre de la policía
secreta pinochetista en Argentina y condenado el año pasado por
su participación en el crimen del general Carlos Prats.
En diciembre de 1974, Riveiro fue destinado al Batallón de Inteligencia
601 en calidad de oficial del Estado Mayor. A fines de diciembre pasó
a cumplir funciones en el Batallón de Inteligencia 144 de Mendoza.
Luego, fue trasladado a Bahía Blanca y le fue otorgada una misión
afuera del país: lideró la misión de argentinos que,
con acuerdo del gobierno norteamericano de Ronald Reagan, asesoraron y
entrenaron a quienes combatían al gobierno sandinista de Nicaragua.
En mayo de 1999, Página/12 reveló que Balita
estaba contratado por el Ministerio de Defensa de Jorge Domínguez
en el Instituto de Ayuda Financiera para Pagos de Retiros y Pensiones
Militares.
En los próximos días también debería decidirse
la situación de Alfredo Astiz, ya que la justicia sueca solicitó
su detención por el asesinato de la joven Dagmar Hagelin.
CONFIRMAN
PROCESAMIENTOS POR EL ASESINATO DE PRATS
La DINA, asociación ilícita
La Cámara Federal porteña
confirmó los procesamientos de cinco agentes de la policía
secreta pinochetista (DINA) por el asesinato del general Carlos Prats,
ocurrido en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974. En el escrito los
magistrados ratificaron que los miembros del Departamento Exterior de
la DINA formaban parte de una asociación ilícita cuyo jefe
era el dictador Augusto Pinochet. Y aseguraron que esa figura debe ser
considerada en este caso en el marco de la categoría de crímenes
contra la humanidad y como tal imprescriptible.
Todas las evidencias apuntan a una rama clandestina (el Departamento
Exterior de un organismo de carácter oficial (la DINA) como
el encargado de ejecutar el atentado. (..) En los hechos (la DINA) sólo
respondió directamente a quien fuera Presidente de la República,
ello es Augusto Pinochet Ugarte, afirmaron los jueces Horacio Cattani,
Martín Irurzun y Eduardo Luraschi al confirmar la medida dictada
por la jueza María Servini de Cubría con el objetivo de
lograr las extradiciones de Juan Manuel Contreras, Pedro Octavio Espinoza,
José Zara Holger y Raúl y Jorge Iturriaga.
La semana pasada la Cámara de Casación al expedirse en la
causa contra el agente Enrique Lautaro Arancibia Clavel condenado
a cadena perpetua por el asesinato de Prats y su mujer consideró
que el delito de asociación ilícita estaba prescripto. La
Cámara, al incluir esta figura como parte de un delito de lesa
humanidad, avaló el fallo del Tribunal Oral Número 6. Y
también ratificó su propia jurisprudencia, al citar el procesamiento
de Emir Yoma en la causa por el contrabando de armas, que luego fue criticado
por la Corte Suprema.
La calificación de asociación ilícita
es la que mejor describe en nuestro orden jurídico interno la conducta
de quienes han realizado de manera deliberada y consciente un ejercicio
criminal de la soberanía estatal en la perpetración
de sus crímenes, escribieron los camaristas.
Respecto de la responsabilidad de Pinochet a quien Servini pidió
que le sean quitados los fueros para poder indagarlo y procesarlo,
los jueces recuerdan que según la versión de Contreras,
a él le fue encomendado organizar y poner en marcha la DINA el
12 de noviembre de 1973 y fue designado Director Ejecutivo (máxima
autoridad) en el mes de julio de 1974. Este militar reconoció que
sólo recibía órdenes del dictador.
Se han acercado argumentos que permiten sostener que el gobierno
de facto instaurado en Chile a partir de 11 de setiembre de 1973 tenía
fundados motivos, por razones políticas y de oposición declarada
a su actuación principalmente, para pretender la eliminación
física del General Carlos Prats. También se estableció
que la DINA contaba con el Departamento Exterior clandestino cuyos integrantes
aparecen involucrados en este doble homicidio, afirmaron los jueces.
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