Referentes de las asociaciones de consumidores alertan sobre los riesgos que supondrá haber autorizado a las empresas de medicina prepaga a limitar los servicios que prestan a sus clientes. Según la resolución publicada esta semana por la Superintendencia de Servicios de Salud, las empresas de medicina prepaga podrán ofrecer planes parciales de cobertura ambulatoria o de internación, lo que equivale a que dejarán de garantizar la cobertura del ciento por ciento de las prestaciones médicas como establece la ley del Programa Médico Obligatorio (PMO), advierten la entidades de consumidores consultadas. Es un viejo anhelo de estas compañías y una discusión que viene desde 2011, cuando se amplió el alcance del PMO y las prepagas buscaban evitar dar cobertura a lo que se denominan prestaciones de alto valor y baja incidencia (enfermedades costosas de escasa probabilidad de ocurrencia). “Es como contratar un seguro para el auto pero que la compañía te diga que, si el choque es muy grave, no se van a hacer cargo de los daños”, ejemplificó el director de la Unión de Usuarios y Consumidores, Claudio Boada, en diálogo con PáginaI12.
El mes próximo habrá un nuevo aumento en las cuotas de las prepagas. Se trata de un ajuste de 17,5 por ciento que autorizó el Gobierno de manera escalonada en tres tramos no acumulativos: 5,5 por ciento en julio, 6 por ciento a partir de agosto y otro 6 por ciento desde septiembre. Hasta este mes los valores de la medicina prepaga acumulan respecto de junio del año pasado un aumento de 42,2 por ciento. Los constantes incrementos ante salarios y jubilaciones que pierden mes a mes contra la inflación llevaron a que la cuota de la medicina prepaga represente actualmente el 28,2 por ciento de un salario promedio del sector formal o un 77,01 de la jubilación media, según estimaciones de la Universidad de Avellaneda. El resultado es que crece el número de clientes que se dan de baja a estos planes. Las prepagas buscan con la limitación de sus servicios contener parte de la fuga de clientes.
“Autorízase el tipo de plan de cobertura parcial denominado Plan parcial de cobertura prestacional ambulatoria, que incluye Consultas Médicas, Medicamentos, Estudios y Prácticas de Baja Complejidad y Estudios y Prácticas de Alta Complejidad”, señala la medida publicada por la Superintendencia en el Boletín Oficial. El pedido fue hecho por Swiss Medical, a fin de incorporar nuevos tipos de cobertura parcial a los que bautizó como Ambu 1, Ambu 2 e Inter 1, aunque el alcance sería para todo el sector. “Las prepagas siempre buscaron cobertura parciales para sacarse de encima las prestaciones de alto valor y baja incidencia. Son enfermedades muy puntuales, con un grado de ocurrencia de una en ciento de miles de personas. Pero ellos quieren tener excluida esa posibilidad. Fue una discusión que quisieron instalar en 2011 cuando se actualizó el marco regulatorio”, detalló Boada.
Según el representante de la Unión de Usuarios, esta aprobación viola el alcance del PMO, el cual establece que “nadie puede esta debajo de ese piso prestacional, tanto para usuarios de obras sociales como de planes de medicina prepaga”. Boada recordó que en el caso de las obras sociales, el Estado provee de un fondo de reaseguro, al que aportan para enfrentar este tipo de casos de baja ocurrencia. “Las prepagas no tienen este seguro, porque se manejan con empresa privadas. Pero podrían optar por un esquema así para evitar recortar el servicio o hacer una verdadera apuesta a la prevención”, dijo.
“Es una nueva restricción a los derechos a los usuarios que sólo favorece a las empresas de medicina prepaga. Ya los clientes están bastante limitados frente a una Superintendencia que no da respuesta a los abusos por parte de la empresas”, señaló a este diario Pedro Busetti, presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco). El directivo de la entidad de consumidores afirmó que “desde 2015 a la fecha desmejoró mucho la atención de las prepagas, según los reclamos que nos llegan, y la respuesta de la Superintentencia de Salud generalmente no es buena y llega tarde”. “Lo que más recibimos son denuncias de incumplimientos de las prestaciones, en los cambios de las condiciones y en el cobro de los copagos que no corresponden al servicio. Cualquier organismo regulatorio tiene que tener una respuesta rápida; y con más razón cuando es desde un punto de vista sanitario”, explicó Busetti.
La ley de medicina prepaga establece que las empresas deben garantizar, como mínimo, el Programa Médico Obligatorio y el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. A su vez, la norma había dispuesto que las prepagas sólo podían ofrecer planes de coberturas parciales en servicios odontológicos; servicios de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas, abanico de opciones que a partir de ahora se ampliará. “El problema es que la fragmentación puede alcanzar a otros servicios esenciales”, agregó Boada. Por su parte, Busetti también criticó que no se cumpla con todo lo estipulado en la Ley, como la participación de representantes de asociaciones de consumidores en el consejo de la Superintendencia de Servicios de Salud que aprueba los aumentos de las cuotas.