Que el 9 de julio es feriado no hay dudas. El día que conmemora la Independencia nacional figura en el calendario oficial de feriados, el que establece el Ministerio de Interior, con estatus de feriado inamovible. La pregunta es qué pasa con el lunes 8, al que muchos identifican como feriado puente.

Entonces, ¿el próximo 8 de julio será feriado? La respuesta es no. El Gobierno fijó ese día como “día no laboral con fines turísticos” y a diferencia del feriado depende de la voluntad del empleador.

“El Poder Ejecutivo nacional podrá (…) fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”, indica el artículo 7 de la ley 27.399.

La diferencia entre los días no laborables y los feriados es que en estos últimos rigen las normas que pesan sobre el descanso dominical. En caso de ser trabajado, el empleador deberá pagar un 100 por ciento más de la remuneración habitual.

 

En los días no laborables, en cambio, “el trabajo será optativo para el empleador (…) En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple”, aclara la ley de Contrato de Trabajo.