La Justicia aceptó la constitución en querellante de una de las víctimas que permanece en grave estado de salud, tras el choque de dos colectivos de Monticas, que terminó con la vida de 13 personas, en febrero de 2017, en la ruta 33. Sin embargo, rechazó el mismo pedido de la Universidad Nacional de Rosario, la Coad y la Municipalidad de Casilda. El juez Pablo Pinto entendió que esas entidades "no tienen calidad de ofendido" y que "no se trata de delitos que afectan intereses colectivos o difusos, aún teniendo en cuenta la trascendencia, el impacto y la sensibilidad que generó el hecho no solo para las entidades, sino para la sociedad toda". No obstante, agregó que "pueden coadyuvar a la investigación del fiscal aún sin asumir el rol de querellante. Nada impide que asuman un rol activo de colaboración para con la investigación".

El expediente que lleva adelante el fiscal Walter Jurado tiene a cinco directivos de la empresa imputados por su "conducta negligente e imprudente" y "por omisión del deber de vigilancia, control y supervisión de las adecuadas condiciones de seguridad del servicio". El delito al que se enfrentan es homicidio culposo agravado y lesiones.

En una audiencia oral realizada hace dos semanas, el representante de la familia de María Belén Genga, quien se encuentra en estado vegetativo tras el siniestro, fue el primero en presentar el petitorio de ser parte en la investigación, y apuntó que se llegue más allá en las acusaciones, con los responsables de los organismos que podrían tener responsabilidad con el hecho que conmocionó a ciudadanos de varias localidades de la región.

Los abogados de la UNR también pidieron ser querellantes, tras las instrucciones que recibieron por parte del Rectorado y el Consejo Superior. El motivo fue que consideran que la UNR "es damnificada directa porque hubo personal no docente que falleció en el siniestro y eso golpeó a la comunidad universitaria. Nuestro personal tenía que trasladarse desde Rosario a localidades como Casilda y Pérez en la empresa que prestaba un servicio cuasi monopólico" y en "condiciones deficientes", situación de la que "ya se había alertado desde la universidad, mediante notas, sobre los potenciales riesgos". "La UNR quiere colaborar en la acusación para incorporar importantes elementos tendientes a esclarecer los hechos", aseguraron.

Desde Coad plantearon que la situación "es de interés para el conjunto de las y los trabajadores de la universidad, docentes y no docentes". La abogada Gabriela Durruty dijo en aquella audiencia que "el objetivo es deslindar responsabilidades, frente a las condiciones de traslado". Según dijeron, unos 300 docentes viajan ese trayecto. Ayer, tras el rechazo, la letrada destacó que "se evaluará la resolución con el gremio. Desde lo personal, lamentamos el rechazo, pero sabíamos que es un camino que no todas las asociaciones gremiales emprenden".

La Municipalidad de Casilda, cuyos ciudadanos fueron directamente afectados por el uso diario de los servicios, también reclamaron ser parte.

Sin embargo, para el juez Pinto "los hechos bajo investigación fueron calificados y subsumidos en figuras penales que afectan bienes jurídicos individuales, concretamente, la vida y la integridad física de las personas. No se trata de delitos que afectan intereses colectivos. Tampoco justifica la facultad de asumir la calidad de ofendido o damnificado directo por lo acontecido. Las preocupaciones evidenciadas por cada parte en la audiencia son legítimas, pero ello no implica acordarles una legitimación procesal para actuar como querellantes", expresa el fallo.

El fiscal Jurado imputó al entender que mecánica del siniestro se centra en la explosión del neumático delantero izquierdo del interno 145, que circulaba de Pérez a Zavalla y que se cruzó de carril cuando el chofer perdió el control y dio de frente con la unidad 105, que viajaba en sentido contrario. La rueda que se reventó era usada (databa de 2011) y había sido colocada el 24 de noviembre de 2016 en el ómnibus, aunque su uso no estaba recomendado.