La jueza Marta Yungano dio a conocer los fundamentos del fallo por el que condenó el 28 de junio pasado, el día del Orgullo Gay, a un año de prisión en suspenso a Mariana Gómez, la joven detenida por besar a su esposa en el domo vidriado de la estación de subte de Plaza Constitución en 2017. La titular del Tribunal Oral Criminal N°26 eligió la vía administrativa, sin lectura presencial, para notificar al abogado defensor los argumentos de la sentencia. Con este trámite judicial, la magistrada cuestionada por la militancia Lgbti, evitó a las jóvenes que se manifestaron en apoyo a Gómez con pancartas y banderas, como lo hicieron durante el juicio.

En tanto el defensor, Lisandro Teszkiewicz, dijo a Página/12 que, en una primera lectura, "hay una selección sesgada de la prueba. Divide los hechos de una manera que entendemos arbitrarias y centra la lupa en las acciones que realiza Mariana para defenderse de una agresión sin mirar que todo esto comienza con una agresión abusiva policial, discriminadora y lesbofóbica".

Pasadas las 13, en la puerta de los Tribunales Orales en lo Criminal, en la calle Paraguay 1536, el nutrido grupo del colectivo de la diversidad, que se había dado cita para manifestar su solidaridad con Gómez, cantaba "Olé, olé, olé, olá / a Marian Gómez absuelvan ya”, "vamos a tirar esta justicia patriarcal". En uno de los carteles, con la foto de la jueza, se leía: "abajo el fallo lesbo-odiante de Yungano". A esa hora, algunas esperaban poder presenciar la lectura con los argumentos de la magistrada, verle la cara, y hacerle llegar el rechazo de tantas y tantos "por aplicar una justicia sin perspectiva de género", como dijo una de las activistas.

Pero no hubo lectura, solo un trámite formal administrativo. Un secretario del juzgado le entregó a Teszkiewicz el escrito en un pendrive, quien, tras unas firmas, se retiró del despacho del cuarto piso. Al salir, el letrado comunicó el trámite a las manifestantes.

"Se nos entregó y notificó de los fundamentos de la sentencia. No hay grandes modificaciones. Nos encontramos con una sentencia arbitraria que es la culminación de un proceso que no tuvo ninguna perspectiva de lo que sucedió el 2 de octubre de 2017. Que no dio cuenta de la agresión a Mariana Gómez y su esposa, que fueron víctimas ese día", explicó el letrado. Y remarcó que el fallo demuestra "lo necesario y urgente de la aplicación de la ley Micaela en el Poder Judicial".