La Justicia confirmó el procesamiento de Leonardo Bugliani, el ex profesor de teatro que daba clases en el Centro Cultural Sabato de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Leonardo Bugliani había sido denunciado penalmente por siete jóvenes a fines de 2017. La causa avanza hacia la elevación a juicio oral.
El miércoles pasado la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento que había dictaminado el 17 de mayo, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 36, a cargo de Alejandro Ferro, y que había sido apelado por la defensa de Bugliani.
Los camaristas Carlos Alberto González e Ignacio Rodríguez Varela confirmaron el procesamiento por los delitos de “abuso sexual por haber mediado abuso coactivo de una relación de dependencia, autoridad o poder, agravado por haber configurado sometimiento sexual gravemente ultrajante reiterado” en cinco hechos –delito cuya pena va de cuatro a seis años de prisión–, “en concurso real por abuso sexual por haber mediado abuso coactivo de una relación de dependencia, autoridad o poder, agravado por haber mediado acceso carnal” en un caso, delito cuya pena va desde los 6 a los 15 años. El concurso real establece la suma de las penas de los distintos hechos.
Además también confirmaron el embargo de un millón quinientos mil pesos contra Bugliani y fallaron que este dictamen y el pronunciamiento del juez Alejandro Ferro sean remitidos al rector de la Universidad de Buenos Aires, al decano de la Facultad de Ciencias Económicas y al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación a fin de que se analicen las posibles “responsabilidades administrativas” en las áreas donde se desempeñó Bugliani.
El fallo acuerda con el juez Ferro y se apoya en sus argumentos para confirmar el procesamiento. “La posición de guía benefactor, mentor o adalid que adoptaba frente a los (sic) adolescentes, sumado a los ribetes de seriedad de sus enseñanzas, dado que las había inciado en el ámbito de la Universida de Buenos Aires (Centro Cultural Sabato) y la diferencia etaria y el grupo que comandaba y moldear la voluntad de su seguidores para que respondieran a sus designios, excediendo la mera persuasión que alega la defensa”, dicen los camaristas. Y encuadran los hechos, como el juez de grado, en el artículo 119 del Código Procesal Penal de la Nación que se refiere al abuso coactivo o intimidatorio de una situación de autoridad, dependencia o poder como una forma de anular la posibilidad de las víctimas de consentir libremente la acción.
La cuestión del consentimiento es el nudo central de las argumentaciones. Mientras la defensa no discute los hechos, sino el consentimiento, los camaristas señalan que no hay consentimiento posible cuando hay asimetría, dependencia y coacción. El fallo habla de que Bugliani forzaba los límites del consentimiento de las víctimas a través de distintos mecanismos: presión, manipulación, aislamiento, separación de las personas que se revelaban. La exigencia de secreto también era una estrategia de sometimiento: “La exigencia del secreto, tanto entre los propios compañeros respecto de las actividades llevadas a cabo individualmente o en grupos pequeños, así como también y fundamentalmente con las personas ajenas a las enseñanzas propuestas por Bugliani, resultó fundamental para entrampar a los adolescentes y lograr la anulación de la capacidad crítica para negarse o efectivizar una oposición activa a las prácticas de tipo sexuales a las que fueron inducidos y se vieron inmersos, aun contra su voluntad”, dicen los camaristas.
El objetivo último de todo esto era “la concreción de encuentros de carácter lúbrico ya fuera en pareja, actos promiscuos o directamente orgiásticos”. El juez Ferro se ocupó de aclarar en su escrito de procesamiento con fecha 17 de mayo, que el cuestionamiento de estos actos no tienen que ver con inmiscuirse en las preferencias sexuales o cuestiones morales, sino a que la conducta de Bugliani provocó un “flagrante menoscabo al bien jurídico de la integridad sexual” de las víctimas.
Al momento de la declaración indagatoria, Bugliani negó los hechos y dijo que esto estaba perjudicando la salud de su madre y su tía. Luego, explicó su situación ante la justicia como resultado de una persecución política, impulsada por la ex fiscal a cargo Mónica Cuñarro. También habló de una supuesta campaña mediática en su contra encabezada por PáginaI12 e Infobae.
La causa se remonta a 2017. Este diario reveló el 24 de diciembre de ese año que Leonardo Bugliani, un profesor que daba un taller en el Centro Cultural Sabato de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, había sido denunciado penalmente por presunto abuso sexual a siete exalumnas. Bugliani, según la acusación, captaba a las chicas a través de un espacio llamado Ágora Teatral, que funcionaba en ese Centro, para luego llevarlas a su casa, donde habría cometido los abusos. Algunas eran adolescentes menores de edad al momento de comenzar el taller, que se presentaba como espacio de teatro y –según la denuncia– terminaba en orgías y abusos sexuales, después de un largo proceso de manipulación y sometimiento.
Desde el 18 de junio de este año, las víctimas se constituyeron como querellantes en la causa, con el patrocinio jurídico a cargo de Ezequiel Kleiner y María Valeria Onetto, en representación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad; primer organismo al que acudieron las víctimas a pedir ayuda.