Desde Santa Fe

La Cámara Federal de Casación Penal (Sala 2) absolvió al financista Miguel Dubarry y a su abogado Carlos Clerc y anuló la sentencia del Tribunal Oral de Santa Fe que los había condenado en 2017 a dos años y diez meses de prisión en suspenso por supuesto "fraude al Estado" en una maniobra con títulos en default. El fallo es el que ordenó profundizar la pesquisa "para determinar la presunta participación de otras personas en el hecho" y en 2018, derivó en un pedido de indagatoria al juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez, que después dejó sin efecto su colega Marcelo Bailaque y luego, la Cámara Federal de Rosario ratificó esa decisión, en mayo de 2019.

Dubarry y Clerc fueron absueltos por el beneficio de la duda. Según el primer voto de la jueza Ana María Figueroa -al que adhirieron sus pares Alejandro Slokar y Diego Barroetaveña- la resolución del Tribunal de Santa Fe se apartó de las "constancias comprobadas en la causa", omitió el "tratamiento de cuestiones sustanciales" y sus "contradicciones" y "valoraciones sesgadas" impiden "considerarla como un acto jurisdiccional válido". Por lo tanto -agregó la magistrada- "no cabe sino la absolución de los acusados" por el principio del "in dubio pro reo".

"Era elemental llevar adelante una rigurosa

pesquisa respecto de esa falsificación

para conocer la verdad de los hechos".

La trama se remonta al 7 de setiembre de 2004 cuando Dubarry incorporó a su suegro de 91 años como cotitular de los títulos en default y contrató a Clerc para cobrarlos con una acción judicial. El 28 de setiembre de 2004, el abogado se presentó ante una escribana de Santa Fe para que le "certifique copia del documento nacional de identidad" del anciano y un supuesto cambio de domicilio a Rafaela y al día siguiente presentó el amparo ante el juez Rodríguez. Funcionarias del Juzgado que declararon en el juicio dijeron que el trámite "normal en todas las causas era que los abogados llevaran el DNI original y en el mismo Juzgado certificaran la copia".

El domicilio es clave para radicar la competencia. Sin embargo, el Tribunal de Santa Fe sentenció que ese "cambio de domicilio" del suegro de Dubarry fue "claramente fraguado". La jefa del Registro Civil de Rafaela confirmó la falsedad y dijo que "ni el sello ni la firma inserta en el documento eran originales". La dirección que se mencionaba correspondía a "terrenos baldíos".

Lo llamativo es que esa prueba que el Tribunal de Santa Fe consideró -entre otras- para dictar la condena a Dubarry y Clerc, la Cámara de Casación la valoró para absolverlos. "Era elemental llevar adelante una rigurosa pesquisa respecto de esa falsificación para conocer la verdad de los hechos y lograr la imputación del evento a alguno de los intervinientes. Ello no sucedió, y nada se sabe con certeza acerca de la falsificación documental, lo que perjudica severamente la hipótesis acusatoria", reprochó Figueroa.

En la sentencia ahora anulada, el Tribunal dijo que "si bien no ha sido posible acreditar los detalles de la falsificación, lo cierto es que sí luce palmaria la intencionalidad de la misma y la necesidad de Dubarry y Clerc de contar con un domicilio que les permita interponer la acción en Santa Fe".

Figueroa reprocha que "no se hubieran acreditado los detalles de la falsificación".