La historia de M. es una de las que llegan al Instituto Municipal de la Mujer, de parte de mujeres que encuentran una muralla cuando acuden a la justicia. "El peor maltrato es la impunidad del ofensor pero también la impunidad de quienes tienen la obligación de impartir justicia haciendo a la víctima también objeto de malos tratos", consideran desde el Instituto.
Para sus profesionales existe "una revictimización de parte de las instancias judiciales a las que se acude en busca de que garanticen sus derechos, siendo estos vulnerados. Es de público conocimiento que la ley Nº 13.348 adhiere a la ley nacional Nº 26.485, en donde su decreto Reglamentario refiere a la no revictimización como derecho protegido, al establecer 'un trato respetuoso de las mujeres que padecen violencia, evitando toda conducta, acto u omisión que produzca revictimización'.
Se entiende por revictimización las demoras injustificadas en el despacho de medidas administrativas y/o judiciales, y a toda práctica que implique un trato inadecuado, sea en el ámbito policial, judicial o de la salud".