La Legislatura Porteña solicitó a la jueza Liberatori que se declare incompetente y remita al Tribunal Superior de Justicia el amparo que Eduardo Joly inició para que se restituyan al colectivo de personas con discapacidad los derechos lesionados con motivo de la sanción del nuevo Código de Edificación. Para fundar su petición, afirman que el reclamo no debe tramitar como amparo, sino como una acción declarativa de inconstitucionalidad (ADI). Detrás del tecnicismo jurídico se esconde una lucha asimétrica donde el poder económico aplasta a las personas con discapacidad.
El planteo reviste suma gravedad. Como si no hubiera sido suficiente el recorte de derechos que perpetró y da origen al juicio, ahora la Legislatura va por más: recortar las garantías procesales del colectivo de personas con discapacidad.
Las garantías procesales, valladar del constitucionalismo al poder de las monarquías absolutas, están reguladas en al art. 18 de la Constitución Nacional y en los instrumentos de DDHH que la complementan. El debido proceso, en el puede ejercerse una amplia defensa ante el juez natural, es enseñado en la escuela secundaria como una lección de civismo básica, porque la inquisición y las ejecuciones sumarias son lecciones de la historia que no queremos repetir. Eso es lo que la Legislatura – patrocinada por la Procuración de la Ciudad- se propone arrebatar a las personas con discapacidad, actuando en el juicio del modo en que cabe suponer que lo haría un representante de los intereses de la especulación inmobiliaria. Debemos reforzar la conciencia cívica para sostener el último baluarte que nos queda en esta lucha: la garantía del debido proceso.
Con el retaceo del reclamo que resultaría en caso de prosperar la petición de la Legislatura, Joly no podrá solicitar medidas cautelares - vedadas en el trámite de la ADI- y entonces, mientras dure el proceso judicial, las dependencias administrativas podrán continuar autorizando obras viciadas por inaccesibilidad física. Una sentencia eventualmente favorable al colectivo actor se vería frustrada porque una ciudad excluyente nacería al amparo de una ley de ostensible inconstitucionalidad. Tenemos que parar esto.
Las personas con discapacidad, representadas por Joly, exigen que su reclamo pueda recibir una protección judicial efectiva y que se respete la garantía del juez natural.
Organizaciones no gubernamentales, Legisladores de la Ciudad en ejercicio y también con mandato cumplido, comuneros, el Ministerio Público de la Defensa, arquitectos, ingenieros, investigadores del Conicet en distintas disciplinas, reconocidos defensores de los derechos humanos, personas con discapacidad y sus familiares han acompañado el reclamo judicial de Joly presentándose como parte actora o como amigos del tribunal ante la convocatoria publicada en edictos. El consenso que no logró el oficialismo autopercibido como dialoguista, lo alcanzó la ciudadanía al ponerse codo a codo con Joly, consolidando un frente actor de tal amplitud que no registra precedentes en los tribunales locales. Los legisladores oficialistas, que desde la autosuficiencia de su número de bancas impusieron la aprobación del Código en ambas lecturas, están cada vez más solos en su torre de marfil. Nadie los acompañó en el juicio después de publicados los edictos. Aún así, con el ímpetu que les da el poder real en la Ciudad más rica del país, siguen empeñados en sostener la validez de normas que cobijan construcciones idóneas para aumentar la rentabilidad de las tierras públicas que han privatizado.
La discapacidad es política, desde que uno de los términos del binomio que lo compone es una barrera social. En este caso, esa barrera toma la forma de la permisión de un entorno inaccesible, que juega como una condición necesaria para permitir el extractivismo urbano. Como sujetos políticos hoy nos toca hacer visible la lucha por una redistribución en nuestro hábitat que lo haga inclusivo, llevando como bandera de arrastre la garantía del debido proceso.
* Master en Derecho Público. Abogada en la causa “Joly, Eduardo c/Legislatura de la CABA s/amparo. Hija de una mujer con discapacidad usuaria de silla de ruedas que habita en la CABA.