Desde 1974 hasta poco después del golpe de Estado, la Concentración Nacional Universitaria (CNU) de La Plata protagonizó más de sesenta secuestros y asesinatos amparada en la impunidad que le garantizaban la policía bonaerense, las Fuerzas Armadas y la ocupación de puestos clave en el gobierno provincial. Cuarenta años más tarde, el Tribunal Oral Federal 1 platense condenó a prisión perpetua al líder de la banda, Carlos “El Indio” Castillo, y absolvió a su lugarteniente Juan José “Pipi” Pomares, que en democracia se había reciclado en el PJ local. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó en abril último la condena pero anuló la absolución de Pomares por considerar errónea la valoración de la prueba que hicieron los jueces Alejandro Esmoris y Pablo Vega, que declararon nulos los reconocimientos fotográficos realizados por dos testigos. La misma cámara, integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, acaba de rechazar el recurso extraordinario de Pomares ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que el tribunal platense deberá ahora dictar una nueva sentencia.
La CNU nació en 1967 en el Instituto Cardenal Cisneros de La Plata, conducido por Carlos Disandro, y se nutrió en sus orígenes con militantes del Movimiento Nacionalista Tacuara y la Unión Nacionalista de Estudiantes Secundarios, según reconstruyeron los periodistas Daniel Cecchini y Alberto Elizalde Leal en su libro La CNU. El terrorismo de Estado antes del golpe. En agosto de 1971 tuvo su lanzamiento oficial en Mar del Plata con la presencia del sindicalista José Ignacio Rucci y en diciembre saltó a la fama cuando una patota encabezada por los policías Héctor Oscar Corres y Juan Carlos Gómez entró a los tiros en una asamblea en la universidad provincial y mató a la estudiante Silvia Filler. Para 1974 la CNU se había transformado en un grupo de tareas parapolicial con zonas liberadas para secuestrar y matar.
La banda de Mar del Plata es la excepción a la regla de la impunidad. En base al trabajo del Tribunal Oral Federal en el marco del Juicio por la Verdad cuando aún regían las leyes de impunidad, ideólogos y ejecutores fueron juzgados y condenados, incluido el fiscal que se encargaba de paralizar las causas por los asesinatos, Gustavo Demarchi. Por estos días son juzgados Corres, todavía en libertad, y Eduardo Salvado Ullúa, que fue detenido en 2017 luego de nueve años prófugo.
La mayor parte de la patota platense, que cometió más de sesenta crímenes entre agosto de 1974 y abril de 1976, nunca fue juzgada. La excepción es Castillo, condenado por siete secuestros y cuatro homicidios, y Pomares, absuelto por el “beneficio de la duda”. El 29 de noviembre de 2017, cuando el juez Germán Castelli leyó la decisión de “disponer su inmediata libertad”, a los gritos y llantos de las víctimas siguieron festejos y provocaciones de los allegados a los victimarios, que fueron desalojados de la sala.
Pomares fue jugado por el secuestro y homicidio de Néstor Dinotto y Graciela Martini, y por el secuestro de otra pareja que sobrevivió porque un miembro de la patota, Patricio Errecarte Pueyrredón, conocía a la familia de la mujer. Fue en la noche del 3 de abril de 1976 y las víctimas militaban en la izquierda peronista. El plus de impunidad del que goza Pomares se explica por el voto de Esmoris y Vega, quienes les quitaron valor probatorio a los reconocimientos realizados por medio de un álbum de fotos de la época. Walter Martini, de apenas diez años, fue quien le abrió la puerta de su casa de Villa Elisa a la patota que esa noche secuestró a su hermana Graciela. Cuarenta años después le mostraron un álbum con 109 fotos y señaló tres: dos eran retratos de Pomares. Daniel Pastorino fue uno de los secuestrados que sobrevivió y que vio a la banda a cara descubierta cuando los llevaban a la casa operativa de la CNU. Cuando la Justicia le mostró una docena de fotos, también señaló la de Pomares.
La absolución votada por mayoría fue apelada por las querellas de la Unión por los Derechos Humanos de La Plata, Ex Detenidos Desaparecidos, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y las secretarías de Derechos Humanos de Nación y Provincia, entre otras. Casación les dio la razón. Hornos, Borinsky y Carbajo remarcaron que el reconocimiento fotográfico es un medio de prueba válido y que resulta idóneo, apropiado y razonable para este tipo de causas, y ordenaron la prohibición de salir del país a Pomares. Ahora rechazaron su recurso ante la Corte, por lo que el TOF 1 platense debe dictar una nueva sentencia.