La Cámara de Diputados podría aprobar un proyecto de Ley para la adecuación del Código Procesal Penal de Salta con el fin de que se incorpore la figura de pretenso querellante, que posibilita la participación de las víctimas en los procesos penales de forma previa a la imputación formal.
La iniciativa fue presentada por el diputado provincial de Planifiquemos Salta, Arturo Borelli, que explicó que en la Comisión de Legislación General, que oficia de cabecera para el análisis del proyecto, los diputados no plantearon objeciones, pero propusieron enviarlo a la Procuración General y al Colegio de Abogados para que emitan opinión al respecto.
Justamente esta semana consiguió que el procurador general Abel Cornejo remita su apoyo "categórico" a la Legislatura. El viernes el legislador se reunirá con el Colegio de Abogados para conocer su opinión.
También se remitió copia a la defensora oficial general María Inés Diez y al Colegio de la Magistratura.
El presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, Humberto Pedro Burgos dijo a Salta/12 que el próximo lunes emitirá opinión después de que evalúe el proyecto con Borelli el viernes.
En tanto el diputado Guillermo Martinelli, integrante de la Comisión de Legislación, manifestó su apoyo al proyecto porque consideró que “amplía derechos en favor de las personas que han sufrido algún tipo de delito y que les va a dar la posibilidad de producir mejores funciones en el proceso judicial”. Aclaró que las instituciones a las que se les ha requerido opinión tienen que contestar a la Comisión, y que “siempre es conveniente” conocer sus puntos de vista. Al proyecto “lo valoraremos el martes que viene cuando vuelva a reunirse la Comisión”, afirmó.
El martes Borelli y su asesor legal Luis Segovia se reunieron con el procurador Cornejo, quien remitió a la presidencia de la Cámara un documento en el que expresó su “categórico apoyo” al proyecto que propone modificar quince artículos del Código Procesal Penal. “En virtud de que dicha reforma redundará en un claro mejoramiento del acceso a la justicia y una ampliación de los derechos de las víctimas de delitos”, fundamentó el procurador.
“El próximo martes estará en el acta de labor. Vamos a ver si obtenemos dictamen”, sostuvo Borelli ante Salta/12. Contó que el motivo que impulsa su propuesta es “garantizar un verdadero acceso de las víctimas a los procesos judiciales” que en Salta viene "bastante vedado" con casos de impunidad y donde la justicia "ha defendido privilegios y no ha llegado a estamentos medios o bajos de la sociedad".
El legislador también manifestó que lo que propone no es una innovación, sino que ya está establecido en el Código Procesal Penal de la Nación y que la incorporación del pretenso querellante implicará que haya una adecuación de la normativa provincial.
El actual Código Procesal Penal de Salta solo posibilita la constitución en querellante con un abogado o abogada como representante legal después de que la Fiscalía realiza la imputación.
La figura contempla “en términos generales que familiares o víctimas (según los casos) puedan solicitar trámites, colocar peritos de parte, hacer requerimientos al fiscal, ser parte de la investigación”, sostuvo Borelli.
Quiénes podrían ser querellantes
El legislador expresó que hay apertura para discutir el proyecto con distintos sectores. Las modificaciones propuestas plantean que tendrá derecho a constituirse como querellante "toda persona definida como víctima, en las condiciones que ella fije. Podrá actuar en conjunto con el Ministerio Público Fiscal, pero en ningún caso se podrá subordinar su actuación a directivas o conclusiones de éste".
Se considerará como víctima a la persona ofendida directamente por el delito, al cónyuge, conviviente, herederos, tutores o guardadores en los delitos cuyo resultado sea la muerte de una persona o cuando el ofendido haya sufrido una afectación psíquica o física que le impida ejercer sus derechos.
La reforma posibilitará a las comunidades indígenas constituirse en querellantes "en los delitos que impliquen discriminación de uno de sus miembros, genocidio o afecten de un modo directo sus derechos colectivos reconocidos constitucionalmente".
También reconoce como víctimas a los socios en el caso de los delitos que afecten a la sociedad "cometidos por quienes la dirigen, administren, gerencien o controlen" y a cualquier asociación o persona, que acredite interés, cuando se trate de hechos que involucren la violación a los derechos humanos fundamentales y hayan sido cometidos por funcionarios públicos en el "ejercicio de sus funciones o en ocasión de ellas". También cuando impliquen actos de corrupción pública o abuso del poder público y conlleven graves perjuicios patrimoniales para el Estado.
El proyecto prevé garantizar a las víctimas la protección de la integridad física y moral, y de su familia; que puedan examinar documentos, actuaciones y ser informadas verbalmente o por escrito cuando soliciten información sobre las causas; recusar funcionarios; solicitar la revisión de las decisiones de archivo, desestimación, y de toda decisión que niegue sus solicitudes.
También que niños, niñas o adolescentes o "incapaces" puedan estar acompañados por alguien de su confianza siempre que "no coloque en peligro el interés de obtener la verdad".