El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer) falló a favor del decreto del gobernador de la provincia, Gustavo Bordet, que habilita que se realicen fumigaciones con agrotóxicos a 100 metros terrestres y 500 metros aéreos de escuelas rurales. Integrantes de la Coordinadora Provincial por una Vida sin Agrotóxicos en Entre Ríos se manifestaron en contra del fallo y denunciaron que el gobierno provincial modificó la ley provincial que regula los amparos para conseguir una resolución favorable. “Vamos a apelar a la Corte Suprema Nacional”, prometió a Página|12 María Fernández Benetti, una de las abogadas de la Coordinadora que llevan el caso.
Fernández Benetti señaló que el fallo del Stjer revoca el pronunciamiento del juez de la Cámara Civil y Comercial, Sala III de Paraná, Virgilio Galanti, quien a fines de septiembre había declarado inconstitucional el decreto n° 2239/19 sancionado por Bordet a principios de agosto. “Ese dictado de que el decreto era inconstitucional queda revocado, entonces queda rechazada la acción de amparo llevada adelante por las organizaciones (ambientalistas)”, lamentó la abogada.
Asimismo, Fernández Benetti sostuvo que el Tribunal "hizo lugar a la apelación interpuesta por el estado provincial en forma parcial”. En el fallo, el Stjer resolvió permitir las fumigaciones cerca de las escuelas rurales entrerrianas, pero estableció “una ‘Zona de Exclusión’ donde no se podrán realizar aplicaciones de plaguicidas”.
El decreto de Bordet habilitaba las fumigaciones con agrotóxicos a 100 metros terrestres y 500 metros aéreos de escuelas rurales, “medidas desde el centro del casco de la escuela rural”. Pero el Stjer determinó que la Zona de Exclusión deberá medirse a partir de una barrera vegetal ubicada a 150 metros de la escuela. “Las distancias no se van a contar de la forma que ellos (el Gobierno de Entre Ríos) querían, sino a partir de la barrera vegetal. Ahí ganás metros”, explicó Fernández Benetti.
La abogada ambientalista denunció que el gobierno de Bordet “nos modificó en forma exprés la ley de procedimientos constitucionales, que es la que regula los procesos de amparo”. En agosto, cuando el decreto n° 2239/19 fue publicado en el Boletín Oficial provincial, la Coordinadora presentó un recurso de amparo para pedir la inconstitucionalidad del mismo. “Sabían que en la justicia perdían con estos jueces (del Supremo Tribunal), que ya habían fallado a nuestro favor en dos ocasiones --sostuvo Fernández Benetti--. Como no podían cambiar la postura de los jueces, hicieron que (la causa) cayera en otros miembros del Tribunal”.
El enfrentamiento judicial entre el gobierno entrerriano y las agrupaciones ambientalistas comenzó cuando Bordet sancionó en enero de 2018 el decreto n° 4407. Este permitía la fumigación con agrotóxicos a 100 metros terrestres y 500 metros aéreos de escuelas rurales. El Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) presentaron un primer amparo y el juez Oscar Daniel Benedetto, y luego el Stjer, fallaron a favor de los ambientalistas.
“En la causa madre, el juez (Benedetto) determinó que se iba a poner de forma provisional (una zona de exclusión de) mil metros terrestres y tres mil aéreos”, afirmó Fernández Benetti. La abogada señaló que en ese fallo se ordenó al gobierno entrerriano a que determine una nueva zona de exclusión. “Podía poner la distancia que quisiera, pero siempre que estuviera fundamentada con un relevamiento serio, que diera cuenta del estado ambiental. Nunca hicieron esa fundamentación”, acusó la letrada.
En el caso del decreto n° 2239/19, señaló Fernández Benetti, “es idéntico al (decreto) anterior”, con la salvedad de que “(Bordet) le pone un poco más de trabajo al tema de la fundamentación”. Este nuevo decreto, explicó la abogada a este medio, “permite el uso de agrotóxicos de categorías 3 y 4, que serían los (de nivel de toxicidad) más leves”. “Nosotros estuvimos trabajando cómo se clasifican los agrotóxicos en Argentina, que lo hace Senasa, y en esas categorías (3 y 4) hay agrotóxicos de alta toxicidad”, afirmó y destacó que entre esos químicos considerados como “de toxicidad leve” se encuentra el glifosato.
Fernández Benetti contó que, en el amparo, plantearon “el déficit en el registro de agrotóxicos en Argentina” y, además, presentaron un estudio realizado por científicos del Conicet en el que se demostraba que “8 de cada 10 niños de zonas rurales ya presentan daño genético”. “Eso fue contundente para todos los jueces previos y ahora el Tribunal lo ninguneó completamente”, denunció.
La abogada destacó la necesidad de encontrar un nuevo modelo productivo para Entre Ríos que beneficie tanto a los productores agropecuarios como a los habitantes de la provincia. “Necesitamos producir de una forma agroecológica y que, a su vez, que se fortalezca la actividad ganadera y que se diversifiquen los cultivos --expresó--. Necesitamos otra forma de que ingresen dólares sin perjudicar la salud de la gente”.
Para Fernández Benetti, existe “un aval científico del riesgo indiscutible” para la salud de la población, especialmente en los niños que viven en zonas rurales. “Nosotros vamos a apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y nuestra urgencia es que estos niños con daño genético todavía están en una etapa en la que el daño es reversible”, afirmó la abogada.
Informe: Ludmila Ferrer.