La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Tucumán decidió apartar a la fiscal Adriana Giannoni de la causa en la que se investiga a José Gigena y Cecilia Ousset, los ginecólogos que realizaron la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el caso "Lucía", la nena de 11 que quedó embarazada tras la violación de la pareja de su abuela.
De esta manera, el máximo tribunal de la provincia ratificó el fallo que había tomado la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción en el mes de agosto. En esa ocasión, Giannoni fue separada de la causa junto al juez Facundo Maggio, por "temor fundado de falta de objetividad".
Las actuaciones judiciales se iniciaron en marzo de este año cuando fueron denunciados el médico José Gigena y la médica Cecilia Ousset, quienes el pasado 27 de febrero le practicaron la ILE a la nena.
La denuncia penal por "homicidio" la hicieron el médico Jorge Ramacciotti y los abogados María Teresa Mockevich, Viviana Matar, Luciana Colombres, Constanza Del Carril, Raúl Alfredo Lezana y Angela Vittini, todos militantes "antiderechos".
Las organizaciones Andhes y Cladem cuestionarion la designación de Maggio por sus antecedentes de defensa de acusados de delitos de lesa humanidad y su vinculación explícita y reconocida con el Arzobispado de Tucumán, institución que fijó una posición pública en el caso de la menor. La fiscal, en tanto, tenía un posicionamiento político e ideológico sobre este tema marcado y manifiesto, incluso con carteles ubicados en el exterior de su despacho.
“La sentencia de la Corte es una demostración de que el Máximo Tribunal no avala la persecución ideológica en contra de lxs médicxs que garantizaron la ILE a Lucía, la niña a la cual el Estado le vulneró sus derechos durante casi un mes”, consideraron desde las organizaciones.
En este sentido, las ONG le reclamaron al Estado que “cesen los obstáculos y las violencias institucionales que enfrentan las niñas y las adolescentes con embarazos productos de violencia sexual para acceder a la interrupción legal del embarazo en Tucumán, en particular, pero en la Argentina, en general. También exigimos que se deje de criminalizar la práctica y perseguir a profesionales que garantizan derechos”.
A Giannoni le queda una instancia más de apelación, la de la Corte Suprema de la Nación. Cumplido ese paso, se debería designar una nueva fiscalía a cargo de la causa de los médicos.
Laas organizaciones que defienden a Gigena y Ousset exigen que se cierre la investigación porque no existe delito. “Ambos profesionales respondieron a un llamado del Sistema Provincial de Salud (Siprosa) para que garanticen el cumplimiento de una interrupción legal de embarazo. Esta decisión de la Justicia es una bocanada de aire y de esperanza para que en Tucumán comiencen a respetarse los derechos de las niñas”, concluyeron.
A finales de octubre, el Instituto Nacional de las Mujeres presentó ante la Corte Suprema de la Provincia de Tucumán un amicus curiae en apoyo a los médicos.
La acción judicial del INAM aporta argumentos para sostener la necesidad de apartar a la fiscal, a la vez que insta a todo el Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y de la Defensa a que se capacite en perspectiva de género. Para esto la Ley Micaela resulta fundamental.
En el escrito, firmado por la directora Ejecutiva del organismo, Fabiana Tuñez, se señala que “durante más de un mes la Provincia de Tucumán invisibilizó la voluntad de la niña T.A.S. Garantizó su derecho a ser oída para luego comenzar con maniobras dilatorias que generaron una negativa a un derecho que la amparaba. Esto se corrobora tanto al no garantizar que profesionales del Sistema Provincial de Salud llevaran adelante la práctica y al permitir la persecución penal de quienes se presentaran a garantizar tal derecho. No es admisible que se inicien actuaciones penales de oficio en forma preventiva, los deberes del Ministerio Público Fiscal se encuentran consagrados en su Ley Orgánica”.
Los ginecólogos “actuaron en el marco de la ley conforme establece el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (Resolución 65/2015 del Ministerio de Salud de la Nación). La práctica de la ILE fue en forma posterior a evaluar a la niña T.A.S. y en profundo respeto de los derechos que la amparan. (…) Por lo tanto, se solicita a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que proceda a hacer lugar a la recusación formulada por la defensa de la Dra. Cecilia OUSSET y del Dr. José Alberto GIGENA” destaca el amicus.