El Tribunal Oral en lo Federal Criminal 1 de Salta rechazó un nuevo pedido de prisión domiciliaria realizado por el ex juez federal Raúl Reynoso, quien cumple una condena de trece años de prisión por haber cobrado coimas para beneficiar a imputados en causas por narcotráfico.
La decisión se tomó con los votos en mayoría de los jueces Gabriel Casas y Carlos Jiménez Montilla. El juez Federico Díaz votó por el otorgamiento de la domiciliaria por el lapso de un año, basándose sobre todo en las deficiencias del Servicio Penitenciario Federal a la hora de atender los requerimientos de tratamiento médico de Reynoso, quien cumple su sentencia en el Complejo Penitenciario Federal del NOA III, en la ciudad de General Güemes.
Los jueces que votaron en mayoría también tuvieron en cuenta esta cuestión, pero para intimar al Servicio Penitenciario a que resuelva estas falencias.
Antes de tomar una determinación el Tribunal escuchó los informes de una psicóloga que asiste a Reynoso, de dos médicos del área de salud de la cárcel federal de Güemes y de un perito médico del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, este último afirmó que el ex juez puede cumplir la detención en la cárcel de Güemes.
“No se advierten razones que lleven a considerar que estamos ante una circunstancia que determine el apartamiento del criterio médico expresamente consignado por el perito oficial, el cual, en ambos informes, dictamina con meridiana claridad que el imputado Reynoso puede cumplir con su privación preventiva de la libertad de forma intramuros en la medida en que se cumplan las prescripciones médicas de forma estricta para el tratamiento médico de sus patologías”, sostuvieron Casas y Jiménez Montilla en el voto determinante.
En la reiteración del pedido de prisión domiciliaria, ya realizado y rechazado en 2018, Reynoso había invocado razones de trato igualitario, humanitario y digno. Recordó en este sentido que a la abogada María Elena Esper, condenada en la misma causa a 10 años y seis meses de prisión, se le permitió permanecer en su casa con una pulsera electrónica. Y basó su solicitud en informes de Raquel Musa, jefa médica de la División Asistencia Médica de la cárcel de Güemes, y de su psicóloga particular, María Cecilia Parra Vega, quienes recomendaron que por su estado de salud, fuera enviado a su casa.
Del otro lado, la Fiscalía General se opuso, fundándose en el informe del perito del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, José Luis Divito, quien aseguró que “en su actual estado de salud, (Reynoso) puede permanecer alojado en una unidad carcelaria, siempre que se cumplan con los controles y tratamientos médicos en forma estricta”.
Díaz había votado por conceder la prisión domiciliaria por un año, imponiéndole la obligación de “comparecer trimestralmente ante este Tribunal” a informar sobre su estado de salud.
Para este juez, el informe de Divito dejó en claro que el ex magistrado sufre de dolencias que el Servicio Penitenciario Federal no ha podido atender debidamente. “Las patologías de Reynoso no se hallan debidamente controladas en las condiciones actuales de encierro” y “en virtud de ello, cabe pues concederse el beneficio de la prisión domiciliaria (…), ya que la presente situación de tratamiento del interno le impide tratar adecuadamente sus dolencias”, sostuvo Díaz.
Emergencia penitenciaria
El TOF 1 también envió un oficio al director general del Servicio Penitenciario Federal para que “tome debidamente razón de las diversas y reiteradas falencias aludidas por su propio personal penitenciario” a cargo de la tarea médica en el penal, y “disponga, bajo su responsabilidad, de todo lo conducente para que en lo sucesivo se garantice el cumplimiento de las indicaciones prescriptas” por el médico perito de la Corte Suprema, “en particular, la provisión de los medicamentos” que requiere Reynoso.
En este aspecto el fallo en solitario de Díaz era más abarcativo, y terminante: ordenaba a las autoridades del penal informar trimestralmente al Tribunal “el estado de situación médica y farmacológica para internos que padecen de las mismas patologías” que Reynoso, “así como la disponibilidad de móviles para cumplir con los traslados para turnos médicos extramuros y con los traslados de internos en casos de emergencia médica”.
Para este juez, los informes médicos dejaron en claro que el adecuado tratamiento de Reynoso está supeditado a la “situación económica y administrativa que atraviesa el Servicio Penitenciario Federal, y que como consecuencia de la emergencia carcelaria actualmente imperante, la atención médica menguará o aumentará, lo cual resulta claramente lesivo del derecho a la salud de los internos, dado que se advierte una clara transgresión al deber de cumplimiento que asiste al Estado (Servicio Penitenciario) de proveer de la atención médica debida a los internos que allí tiene alojados”.
Precisamente, la jefa del área de salud de la cárcel, la médica psiquiatra Raquel Musa, emitió un informe revelador de las malas condiciones en que funciona el SPF y la cárcel de Güemes particularmente.
La médica recordó que el SPF estaba en estado de emergencia penitenciaria y que Reynoso “no recibía adecuadamente la medicación por falta de recursos para adquirirla, asimismo que no era trasladado a los controles (extramuros) por falta demóvil; que en casos de urgencia médica no se contaba con ambulancia, ni cardiodesfibrilador; que esa División Médica no contaba con los insumos o con la instalación necesaria para sostener la adecuada atención médica que debe recibir el interno, sosteniendo que los cuidados apropiados para su patología no podían sostenerse en ningún contexto de encierro”.
En agosto de este año el Ministerio Público Fiscal visitó la cárcel de Güemes y presentó una queja sobre la atención médica y el faltante de medicamentos. Entonces el SPF informó que había cambiado la dirección de esta cárcel y se estaba tratando de mejorar la situación.