Por primera vez, la titular de la Oficina Anticorrupción se tuvo que presentar en Comodoro Py para someterse a una declaración indagatoria. Tras casi cuatro años de recorrer los pasillos de los tribunales de Retiro para querellar a funcionarios del gobierno anterior, esta vez, Alonso debió caminar hasta un despacho del cuarto piso de los tribunales de Retiro para ser indagada por presunto encubrimiento de negociaciones incompatibles con la función pública por parte del ex Ministro de Energía, Juan José Aranguren. Sin responder preguntas, presentó un escrito en el que afirma que cumplió “estrictamente con todos los deberes, obligaciones y funciones” relativas a su cargo y que no hubo conflicto de intereses por parte del exCEO de Shell, con el argumento que cuando asumió ya no era presidente de la petrolera. Se trata de la funcionaria que se ocupó de perseguir y lograr encarcelar a dirigentes y empresarios relacionados con el kirchnerismo, mientras que no impulsó un solo expediente que involucrara a la gestión de Mauricio Macri.
Acompañada de su abogada Marta Nercellas, Alonso llegó a Comodoro Py quince minutos antes de la hora prevista. Como es funcionaria, tuvo la posibilidad de ingresar por uno de los accesos laterales, por lo que logró esquivar a los canales de televisión que transmitían en vivo desde la puerta principal. Sin embargo, no pudo evitar la consulta de los periodistas en la puerta del despacho del juez Luís Rodríguez, minutos antes de comenzada la indagatoria. Con anteojos de sol, camisa blanca y pantalón negro evitó hacer declaraciones, al contrario de las ocasiones en las que pisó los tribunales por causas contra ex funcionarios kirchneristas. Tras la negativa a hablar con la prensa, Alonso ingresó a la oficina del Juzgado Federal 9 donde estuvo solo media hora y, tras presentar el escrito, se fue por un ascensor interno.
Qué dijo Alonso en su escrito
En una declaración de quince páginas , Laura Alonso defendió el accionar de la Oficina Anticorrupción en el caso Aranguren y, sobre todo, afirmó que el ex Ministro de Energía no cometió ningún delito. La estrategia de defender la figura del ex funcionario tiene sentido. Es porque la suerte judicial de Alonso depende de la de Aranguren. Si él no cometió ningún delito, no hay delito posible de haber sido encubierto. En concreto, lo que tiene que demostrar la Justicia es si hubo conflicto de intereses y si esa incompatibilidad luego devino en una violación a la ley. Es decir, se tiene que comprobar que el ex Ministro artífice y férreo defensor de los tarifazos benefició directamente a Shell con sus decisiones desde la función pública.
La causa data del año 2016, cuando los Diputados Martín Doñate y Rodolfo Tailhade presentaron una denuncia penal en la que señalaban que la ex directora de Poder Ciudadano hizo caso omiso a las advertencias que habían ingresado formalmente por la ventanilla de la OA, un mes antes de la decisión de la compra de gas a Chile a la empresa Royal Dutch Shell Plc. Además, la demanda hacía hincapié en las acciones por trece millones de pesos que tenía Aranguren en la empresa de la que había sido presidente.
Conflicto de intereses
Uno de los argumentos de Alonso fue que que no hubo conflicto de intereses por parte de Aranguren porque cuando asumió ya no era presidente de la filial argentina de la petrolera. La funcionaria considera que lo que debía hacer era abstenerse de intervenir respecto de la empresa a la que perteneció, hecho que –según ella- se cumplió cuando Aranguren delegó la firma para cuestiones que involucraran a Shell en el entonces secretario de Energía Eléctrica, Alejandro Sruoga, algo difícil de comprobar teniendo en cuenta que el Secretario depende directamente de las decisiones e influencia del Ministro. Insólitamente, para la ex Diputada del PRO “no podría presumirse capacidad de influir en la voluntad” de la empresa “si el funcionario posee una participación minoritaria, no integra los órganos directivos y no tiene ninguna vinculación con los otros socios” y “el conflicto de intereses no es en sí mismo una situación irregular o intrínsecamente negativa”.
Consultado por Página/12, el denunciante Martín Doñate advirtió que la delegación de firma fue, justamente, una maniobra de encubrimiento. “La actuación de la OA a cargo de a Laura Alonso fue de clara protección. Llegamos al punto de que, frente a las evidencias indisimulables, Alonso exponía públicamente cómo debía ser el mecanismo para que se sigan ejecutando las cuestionadas operaciones y la veíamos en medios masivos explicando bochornosamente cómo Aranguren, entre otros funcionarios incompatibles, debían delegar las firmas”.
Acciones millonarias
En su declaración, Alonso dijo que Aranguren no tenía “la obligación legal de desprenderse de las acciones” que Aranguren tenía en la empresa Royal Dutch Shell Plc, pero que sí debía “excusarse de intervenir en todas aquellas cuestiones relacionadas con dicha sociedad”. En su defensa, recordó que eso fue lo que dictaminó el 09/09/2016, cuando, a pesar de que la ley no se lo exigía, le recomendaba desprenderse de la participación, lo que supuestamente sucedió el 12/09/16. De todas formas -como ya informó Página/12- la venta y quién compró ese paquete aún es materia de investigación. En concreto lo que hizo el empresario fue vender por plataforma electrónica y, según él, frente a escribano público. Sin embargo, Aranguren no acreditó la venta en el expediente. Pero además, no se puede saber exactamente quién compró esas acciones por más de trece millones de pesos, ya que cuando una compra/venta de un paquete es menor al 5% del patrimonio total de una firma no hay obligación de comunicar la operación a la Comisión Nacional de Valores. Por lo tanto, podría haber comprado una empresa en la cual Aranguren era accionista o beneficiario final.
Compra de gas
Alonso siguió la misma línea argumental de Aranguren y justificó la compra de gas a Chile, aunque se trataba de la empresa controlante de Shell. La denuncia pide investigar la adquisición de 7 cargamentos de gas oil por parte de CAMMESA -a través de YPF S.A.- a la empresa Shell Western Supply & Trading Ltd. en el mes de abril de 2016. Según consta en el escrito que ya analiza el juez Rodríguez “el proceso licitatorio responde a lo estipulado por el contrato firmado entre CAMMESA e YPF el 29 de agosto de 2012 y sus sucesivas prórrogas, y que se encuentra vigente” y “analizadas las ofertas” fue “la más conveniente”. Sobre este punto, el Diputado Doñate recordó que “han argumentado que la compra de gas vía chile a la empresa Shell -por un 128 por ciento más caro que lo que comprábamos a Bolivia- fue un gran ahorro y beneficio para los argentinos”. Yo me Pregunto qué beneficio y qué ahorro tuvieron los argentinos con el aumento descabellado de los combustibles y el 2500 % en las facturas de luz o gas".
Al señalar que la OA no tiene plazos establecidos por ley para elaborar dictámenes y resoluciones, Alonso negó haber omitido las advertencias sobre Aranguren y dijo que no existió de su parte “ninguna conducta u omisión que pueda calificarse como delictiva. Sobre este punto se excusó en que “la falta de iniciación de oficio del expediente no se produjo como consecuencia de una omisión, sino simplemente porque la denuncia fue recibida en forma casi simultánea a que comenzaran a estudiarse las declaraciones juradas de los nuevos funcionarios”.
En un pasaje que podría considerarse de tinte político, Alonso buscó refugio en uno de los aliados judiciales más fuertes del Gobierno de Macri. Recordó que Carlos Stornelli -el fiscal de la causa que ostenta fuertes lazos con el macrismo- nunca pidió su indagatoria. En ese sentido reclamó ser sobreseída y que se convoque a declarar a la coordinadora del Área de Conflicto de Intereses de la Oficina, Ana Carina Larocca, y a la subdirectora de Políticas de Transparencia del organismo, Laura Geler. Según pudo saber este diario, antes de definir la situación procesal de Alonso y Aranguren, Rodríguez podría ordenar más medidas de prueba. “La incompatibilidad de Aranguren era de una obviedad alarmante. Por eso pedimos que se investigue la complicidad de quien debía ejercer el control ante la evidente ilegalidad”, expresó Doñate.
Ahora, el juez tiene diez días hábiles para dictar el procesamiento con o sin prisión preventiva, la falta de mérito o el sobreseimiento de los imputados.